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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Suseso aclara que no se puede utilizar reconocimiento facial ni geolocalización para fiscalizar el reposo de las licencias médicas

La superintendencia explicó que la normativa vigente no autoriza a Compin e Isapres a utilizar tecnologías de geolocalización, reconocimiento facial o verificación biométrica para controlar el cumplimiento del reposo médico.

22 de julio de 2026

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) aclaró que las Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) y las Instituciones de Salud Previsional (Isapres) no pueden utilizar sistemas de geolocalización activa, reconocimiento facial ni otras tecnologías de verificación biométrica para fiscalizar el cumplimiento del reposo de las personas trabajadoras indicado en una licencia médica.

A través de un dictamen, la superintendencia precisó que la legislación vigente no contempla facultades que permitan utilizar estas herramientas para controlar el reposo médico, por lo que tampoco pueden usarse como fundamento para autorizar, rechazar o reducir una licencia médica.

La Compin y las Isapres sí pueden verificar el cumplimiento del reposo utilizando los siguientes datos: antecedentes de registros administrativos, bases de datos institucionales y fuentes de acceso público, siempre que estos sean pertinentes, verificables y trazables.

El dictamen, de julio de este año, también establece que el eventual consentimiento de la persona afiliada para ser monitoreada mediante GPS o someterse a sistemas de reconocimiento facial o biometría no modifica esta instrucción. Esto, porque las facultades de fiscalización de las Compin e Isapres deben estar expresamente establecidas por la ley y no pueden ampliarse con acuerdos particulares.

La fiscalización del cumplimiento del reposo médico debe realizarse sólo mediante los mecanismos establecidos en la normativa vigente. El uso de geolocalización, reconocimiento facial o biometría implica tratar datos personales sensibles y hoy no está autorizado por la ley. Esto resguarda los derechos de las personas trabajadoras y la protección de sus datos personales.

Revisa el dictamen aquí.

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