Dictamen 1618-1978
Frente a consulta de esa Caja sobre el correcto procedimiento de pago de la asignación
familiar a los beneficiarios de subsidios de medicina curativa y preventiva, y las
diferentes modalidades que ha adoptado el SERMENA, se hace presente que este Servicio
uniformará en breve plazo el sistema de pago y compensación de las asignaciones de
los subsidiados afiliados a esa Caja de Compensación, para lo que requiere que esta
le proporcione la nómina de entidades empleadores adherentes y que, además, las instruye
en el sentido de informar al Sermena su condición de tales, respecto de cada beneficiario
de subsidio.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 26/02/1991 | Dictamen 1618-1991 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. Nº 173, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744 |