Dictamen 2037-1978
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Suspende resolución de esa Superintendencia que delega la administración del Servicio
de Bienestar del personal en el Secretario General de la institución porque no se
solicitó la autorización previa para delegar las atribuciones, en cumplimiento de
lo dispuesto por el Art 5 del D.L. N° 49, de 1973 y porque solamente se pueden delegar
algunas atribuciones y no la administración total del Servicio de Bienestar
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 13/02/1996 | Dictamen 2037-1996 | Licencias médicas | D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud |