Dictamen 323-1979
Declara ilegal acuerdo de esa Caja que concede un préstamo de crédito social a 30
trabajadores beneficiarios de esa entidad por un monto superior al máximo fijado para
esos efectos en el respectivo reglamento, por una sola vez y en forma excepcional.
Si bien el Decreto 91, de 1978 dió potestad a las Cajas de Compensación para regular
libremente, entre otras materias, el monto de esos préstamos, una vez que la Caja
se da esa normativa debe ajustarse a ella sin poder trasgredirla, aún a título excepcional.
Para adoptar igual acuerdo, la Caja puede modificar su Reglamento, estableciendo una
excepción de carácter general para casos como el que trata el acuerdo.