Dictamen 1548-1979
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Veta acuerdo de esa Caja mediante el cual el Directorio otorga poderes para abrir
cuentas corrientes bancarias a nombre de la Caja, girar sobre ellas y realizar todas
las actividades inherentes a su manejo, a las personas que indica. Señala que la facultad
de abrir y girar cuentas corrientes bancarias es del Gerente General de la Caja y
no del Directorio, de acuerdo con el Art 90 del DFL 42, de 1978, quien podrá delegaría
en empleados superiores de ese Organismo, de acuerdo con el Art 92 del mismo DFL.
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 26/02/1988 | Dictamen 1548-1988 | Asignación familiar | D.F.L. N° 3, de 1981, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |