Dictamen 1863-1979
No se requiere acuerdo del Directorio de esa Caja para que el Presidente del Directorio
pueda actuar en representación de ella, porque a él le corresponde la representación
judicial y extrajudicial de la Caja, de la Caja, de acuerdo con el art. 86 del DFL
42, de 1978. Tampoco puede el Directorio de la Caja conferir mandato al Gerente General
para que actúe en representación de ese organismo, porque ese Directorio no tiene
tal facultad sino que ella pertenece, como se ha dicho, a su Presidente. Por lo anterior
declara ilegalidad de acuerdo que confiere mandato al Presidente y al Gerente General
para vender un inmueble.