Dictamen 527-1980
Aprueba acuerdo de esa Caja de mantener provisoriamente el Programa de Prestaciones
Familiares en vigencia, hasta el 31-03-1980, disponiéndose que los nuevos beneficios
y sus montos se fijarán definitivamente una vez que se tengan los antecedentes estadísticos
y financieros que lo permitan, como resultado del Balance al 31-12-1979, en el entendido
que el Programa que se ha aprobado es definitivo y que será modificado en el curso
del presente año, según lo dispone el art. 7 del Decreto 94, de 1978 del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social.