Dictamen 5900-1987
Esa Superintendencia ha puesto en conocimiento de esta Institución Fiscalizadora que
por Oficios 1771 y 1773, de 18 de mayo de 1987, solicitó a los Ministerios del Trabajo
y Previsión Social y de Hacienda, estudiaran la posibilidad de autorizar a su Servicio
de Bienestar para invertir sus excedentes en el mercado de capitales.
Posteriormente, mediante el tercero de sus oficios indicados en antecedentes comunicó
a esta Institución Fiscalizadora que el Ministerio de Hacienda por Oficio Nº 659/649,
de 7 de julio próximo pasado, fotocopia del cual acompaña, le otorgó la autorización
solicitada hasta el 28 de febrero de 1988, fecha única de vencimiento de todas las
autorizaciones otorgadas. En base a ello solicitó a esta Superintendencia que se pronunciara
sobre el proyecto de modificación al Reglamento de su Servicio de Bienestar, remitido
por el segundo de los oficios indicados en antecedentes, que propone la incorporación
de un Título sobre Inversiones de sus Fondos.
Al respecto esta Superintendencia comunica a Ud. que ha estimado conveniente impartir
instrucciones de orden general para todos los Servicios de Bienestar sometidos a su
fiscalización que cuenten con la autorización del Ministerio de Hacienda para invertir
en el mercado de capitales, en lugar de que cada uno de ellos establezca normas particulares
en sus respectivos Reglamentos. Por tal razón, no se dará curso al proyecto de modificación
al Reglamento de su Servicio de Bienestar propuesto por esa Superintendencia.
Las aludidas instrucciones están siendo elaboradas y, a la brevedad, serán puestas
en su conocimiento.
Cabe hacer presente, que este Organismo en ejercicio de sus facultades de fiscalización
y supervigilancia requerirá a los Servicios de Bienestar sometidos a su fiscalización
que para proceder a invertir en cada caso específico le acrediten previamente que
estan otorgando un buen nivel de beneficios a sus afiliados y que, aún con la inversión
que desean efectuar, dispondrán de fondos suficientes para su financiamiento, a fin
de calificar la conveniencia de la inversión de que se trata
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 11/02/2002 | Dictamen 5900-2002 | Seguro laboral (Ley 16.744) |