Dictamen 11075-2004
Usted ha expuesto que en un mismo establecimiento de administración directa del Servicio
Nacional de Menores, con una dotación de 112 funcionarios, coexisten dos Comités Paritarios
de Higiene y Seguridad; ello se produjo por cuanto se habrían fusionado dos establecimientos,
a pesar de que aún "no se concretiza el decreto que oficializa dicha fusión, situación
que se ha visto dilatada en el último tiempo, particularmente por variables externas
al Servicio...".
Precisa que, no obstante lo anterior, existe un solo Director, un Programa de Funcionamiento
común para el establecimiento y un sólo presupuesto asignado.
Al respecto, cabe hacer presente que conforme a lo dispuesto por el artículo 66 de
la Ley N°16.744, en toda industria o faena en que trabajen más de 25 personas deberán
funcionar uno o más Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Por su parte, el D.S. N°54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
establece en su artículo 1° que en toda empresa, faena, sucursal o agencia se organizarán
Comités Paritarios de Higiene y Seguridad.
Del análisis de las citadas normas fluye que en una misma empresa pueden funcionar
varios Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. La exigencia es que teniendo 25
o más trabajadores cuente con, al menos, un Comité. Asimismo en aquellas sucursales
que cuenten con más de 25 trabajadores deben contar con un Comité propio y distinto
al de la casa Matriz.
En la especie, de acuerdo a lo expuesto en su presentación, aún no se habría concretado
la fusión de los establecimientos, por lo que legalmente serían dos, y si cada uno
de ellos tiene más de 25 trabajadores, es menester que cada uno mantenga su Comité
Paritario de Higiene y Seguridad.
Con todo, cuando se produzca la fusión, podrán coexistir ambos Comités Paritarios,
si así lo decide el Jefe de Servicio.
En atención a lo precedentemente informado, esta Superintendencia estima atendida
su presentación.