Dictamen 52177-2006
Esta Superintendencia constató que el día 4 de octubre del presente año esa Caja de
Compensación, modificó en su página web las tasas de interés ofrecidas a sus afiliados.
Sobre el particular, esta Superintendencia expresa que esa Caja no ha dado cumplimiento
a lo instruido en la Circular N° 2.227, de 2005, por cuanto en ella se establece que
las Cajas deberán remitir la información sobre cambio de tasas de interés a esta Superintendencia
el mismo día en que se produzca la modificación. En esta oportunidad las tasas fueron
modificadas el día 4 de octubre del presente año, sin embargo fueron informadas a
esta Superintendencia el día siguiente, esto es, el 5 de octubre.
En consideración a lo expuesto, por una parte, se reitera que las modificaciones de
tasas de interés deben informarse a esta Superintendencia el mismo día que se produzcan
y, por otra, se solicita que se informe de dicha instrucción a las personas encargadas
de su aplicación, a fin de asegurar su cumplimiento.
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 29/07/2005 | Circular 2227 | Cajas de Compensación | MODIFICA LA CIRCULAR N° 1995, EN CUANTO A LA OPORTUNIDAD PARA INFORMAR LAS TASAS DE INTERÉS DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR C.C.A.F. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |
| 30/05/2002 | Circular 1995 | Cajas de Compensación | SOLICITA INFORMACIÓN SOBRE TASAS DE INTERÉS DE CRÉDITOS SOCIALES OTORGADOS POR LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 18833; Ley N° 16395 |