Dictamen 57276-2009
1.- Por la presentación de antecedentes, doña, ha recurrido a esta Superintendencia
reclamando en contra de esa Subcomisión que no acogió por fuera de plazo su apelación
en contra del rechazo de su ISAPRE , de la licencia médica N°2-24282183, Tipo 1, extendida
por 15 días de reposo a partir del 23 de septiembre de 2008 hasta el 7 de octubre
de 2008.
Funda su reclamo en que nunca recibió la notificación del rechazo de la ISAPRE.
2.- Requerida al efecto esa Subcomisión adjuntó fotocopia de licencia reclamada, maestro
histórico de licencias médicas en que informa que hay apelaciones que se realizaron
siempre dentro de los plazos y después de varias apelaciones por rechazo de la ISAPRE
era esperable que esa entidad las siguiera rechazando.
Del mismo modo adjunta fotocopia de Resolución Exenta N°5045, fotocopia de resolución
médica y fotocopia de apelación.
3.- Sobre el particular cabe precisar que de los antecedentes tenidos a la vista,
no aparece que la referida ISAPRE haya dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
36 del D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, puesto que la fotocopia de Resolución
Médica de ISAPRE, de 30 de septiembre de 2008, sólo se limita a señalar que la fecha
de emisión de la Carta al afiliado es de 1 de octubre de 2008.
En virtud de lo anterior, esa Subcomisión deberá requerir de la ISAPRE que acredite
la fecha en que a través de la Empresa de Correos de Chile envió al interesado, por
correo certificado, la resolución recaída en la licencia médica en estudio N°2-24282183.
Con tal antecedente, deberá solicitar a la Empresa de Correos que certifique la fecha
de recepción de tal notificación por parte de la reclamante.
Con los referidos antecedentes, esa Subcomisión deberá verificar si la apelación se
presentó o no dentro del plazo de 15 días hábiles señalado en el inciso segundo del
artículo 40 del D.S. N°3 y acorde a ello, revisar su resolución pronunciándose sobre
la referida apelación en el evento que apareciere interpuesta dentro de plazo o en
caso que ella no hubiere sido debidamente notificada