Dictamen 33971-2011
1.- Usted se ha dirigido a esta Superintendencia, solicitando regularizar la información
notificada por la Compañía de Seguros de Vida Chilena Consolidada S.A. por aplicación
de la Circular Nº2730, de esta Superintendencia, en orden a que debería reintegrar
dineros que habría recibido por asignación familiar, en circunstancias que ello no
es efectivo.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar a usted que el
artículo 5° del D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio el Trabajo y Previsión Social,
establece como requisitos comunes que deben cumplir los causantes de asignación familiar:
Vivir a expensas del beneficiario que los invoca y que no disfruten de una renta,
cualquiera sea su origen o procedencia, igual o superior al 50% del ingreso mínimo
mensual a que se refiere el inciso primero del artículo 4° de la Ley N°18.806, el
que regula el ingreso mínimo para fines remuneracionales (a contar del 1 de julio
de 2010 el monto del ingreso mínimo mensual es de $172.000).
Ahora bien, conforme al artículo 1 de la Ley N°18.987, los montos de la asignación
familiar regulada por el D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social, se fijan en relación al ingreso mensual del beneficiario. A la época reclamada,
de acuerdo a la modificación introducida por el artículo 2° de la Ley Nº 20.359, la
asignación familiar a contar del 1° de julio de 2009, era:
a) $ 6.500 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de
$170.000.
b) $4.830 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $170.000
y no exceda los $293.624.
c) $1.526 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los $293.624
y no exceda los $457.954.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares y cuyo ingreso
mensual sea superior a $457.954 no tendrán derecho a las asignaciones aludidas.
En la especie, al ser revisado el Sistema de Información de Apoyo a la gestión y Fiscalización
de los Sistemas de Prestaciones Familiares y Subsidio Familiar (SIAGF) que maneja
esta Superintendencia, se pudo constatar que usted registra como causante de asignación
familiar a su cónyuge, a contar del 01 de mayo de 2005, reconocimiento que fue extinguido
el 31 de marzo de 2011 por la Compañía de Seguros de Vida Chilena Consolidada S.A.
en el tramo d).
Del mismo modo, su cónyuge figura como beneficiaria de pensión por vejez en el Instituto
de Previsión Social (ex-Servicio de Seguro Social), por consiguiente, no cumpliría
con el requisito exigido en el artículo 5º del D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social, puesto que percibe una renta superior a los $82.500.
3.- En consecuencia, su cónyuge no cumple los requisitos exigidos por la normativa
legal vigente, para ser causante de asignación familiar, motivo por el cual se ha
procedido a extinguir su reconocimiento.
No obstante lo anterior, en su caso, no procede efectuar reintegro de algún monto
indebidamente percibido, puesto que usted, no ha percibido monto de asignación familiar
(tramos a,b,c), según lo informado telefónicamente a esta Superintendencia por la
Compañía de Seguros de Vida Chilena Consolidada S.A.
Por consiguiente, se considera atendida su presentación.
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 02/10/2012 | Circular 2871 | Asignación familiar | SISTEMA DE INFORMACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS REGIMENES DE PRESTACIONES FAMILIARES (SIAGF). INSTRUYE REGULARIZACIÓN DE RECONOCIMIENTOS INDEBIDOS DE CAUSANTES. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18020 |
| 31/07/2012 | Circular 2851 | Asignación familiar | SISTEMA DE INFORMACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS REGÍMENES DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIO FAMILIAR (SIAGF). REMITE NÓMINA DE BENEFICIARIOS Y CASUANTES FALLECIDOS AL 23 DE MAYO DE 2012, CON EDAD AVANZADA O CON RUT NO VALIDADOS POR EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18020 |
| 01/06/2012 | Circular 2832 | Asignación familiar | SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES FAMILIARES. INSTRUYE A LAS ENTIDADES PAGADORAS DE ASIGNACIÓN FAMILIAR SOBRE LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS DEL SIAGF. | D.F.L. N° 150 de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 12/04/2011 | Circular 2730 | Asignación familiar | SISTEMA DE INFORMACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS REGÍMENES DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIO FAMILIAR (SIAGF). INSTRUYE REGULARIZACIÓN DE RECONOCIMIENTOS INDEBIDOS DE CAUSANTE. | D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18020; Ley N° 18806; Ley N° 18987 |
| 29/01/2011 | Circular 2711 | Asignación familiar | SISTEMA DE INFORMACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS REGÍMENES DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIO FAMILIAR (SIAGF). REMITE NÓMINA DE CAUSANTES Y BENEFICIARIOS FALLECIDOS AL 20 DE OCTUBRE DE 2010, DE PERSONAS DE EDAD AVANZADA O CON RUT NO VALIDADOS POR EL SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18020 |
| 28/09/2010 | Circular 2682 | Asignación familiar | Asignaciones Familiares. Imparte instrucciones sobre ajustes al SIAGF relativos a los Reconocimientos Retroactivos de Causantes. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18987 |
| 30/04/2010 | Circular 2637 | Asignación familiar | Sistema de Información de Apoyo a la gestión y Fiscalización de los regímenes de Prestaciones Familiares y Subsidio Familiar (SIAFG). Remite nómina de fallecidos y de rut no validos por el servicio de registro civil de identificación. | D.F.L. N°150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18020 |
| 16/02/2010 | Circular 2614 | Asignación familiar | Sistema Único de Prestaciones Familiares. Solicita nómina de pago de Asignaciones Familiares realizadas por los Municipios y actualización de información del SIAGF. | Ley N° 16395; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 16/02/2010 | Circular 2615 | Asignación familiar | Sistema Único de Prestaciones Familiares solicita nómina de Pago de asignaciones Familiares Realizadas por las Entidades Administradoras que no operan directamente con el Fondo Único de Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía. Actualización de información de SIAGF. | D.F.L. N° 150. de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395 |
| 16/02/2010 | Circular 2616 | Asignación familiar | Sistema único de Prestaciones Familares. Solicita nómina de pago de asignaciones Familiares realizadas por las Cajas de Compensación de asignación Familiar e Instituto de Previsión Social y actualización de Información del SIAGF. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 14/05/2009 | Circular 2527 | Asignación familiar | Sistema de Información de apoyo a la Gestión y Fiscalización de los Regímenes de Prestaciones Familiares y Subsidio Familiar (SIAGF). Instruye a las Municipalidades para que operen con el Sistema. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Ley N° 19728. |
| 09/01/2009 | Circular 2503 | Asignación familiar | Sistema Único de Prestaciones Familiares. Instruye a las Entidades Pagadoras de Asignación Familiar sobre la actualización de datos del SIAGF. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 07/01/2008 | Circular 2428 | Asignación familiar | Sistema de información de apoyo a la gestión y Fiscalización de los Regímenes de Prestaciones Familiares y Subsidio Familiar. Posterga entrada en régimen del sistema SIAGF. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 11/12/2007 | Circular 2419 | Asignación familiar | "SISTEMA DE INFORMACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE LOS REGÍMENES DE PRESTACIONES FAMILIARES Y SUBSIDIO FAMILIAR". IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE POBLAMIENTO DE DATOS Y ENTRADA EN RÉGIMEN DEL SISTEMA SIAGF | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 03/01/2013 | Dictamen 549-2013 | Asignación familiar | Duplicidad - Pago | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 31/07/2012 | Dictamen 48232-2012 | Asignación familiar | Duplicidad - Extinción | Ley N°16.395; D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 06/02/2012 | Dictamen 8370-2012 | Asignación familiar | Causante - Vivir a expensas | D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 29/06/2011 | Dictamen 37933-2011 | Servicios de Bienestar |
| Título | Detalle |
|---|---|
| Artículo 1 | Ley 18.987, artículo 1 |
| Artículo 2 | ley 20.359, artículo 2 |
| Artículo 4 | Ley 18.806, artículo 4 |
Temas
Asignación familiarLegislación citada
Ley 18.806, artículo 4Ley 18.987, artículo 1ley 20.359, artículo 2