Dictamen 47345-2014
1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia, reclamando en contra de la resolución
de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, por haberle rechazado su licencia
médica N°95 otorgada por 12 días a contar del lunes 17 de febrero de 2014, por presentación
fuera de plazo a su empleador.
Acompaña fotocopia de la referida licencia y el correspondiente Recibo para el Trabajador,
en donde consta que su empleador la recibió el miércoles 19 de febrero de 2014.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que conforme al artículo
11 del D.S. N°3 citado en Ftes., usted en su calidad de trabajadora dependiente del
sector privado tenía un plazo de 2 días hábiles contados desde el inicio del reposo
para presentar la licencia médica de que se trata, el que venció el 18 de febrero
de 2014, y ella fue entregada el 19 de ese mes, fuera de dicho plazo sin que haya
acreditado alguna causa de fuerza mayor que le impidiera presentarla oportunamente.
En consecuencia, no resulta procedente acoger su apelación.