Dictamen 23068-2015
1.- En presentación singularizada en el N°1 de antecedentes, la interesada menciona
que el año 2012 se cambió de C.C.A.F. desde "A" a la Caja "B". La primera le había
otorgado un crédito cuya última cuota correspondía al mes de diciembre de 2014. Señala
que cuando comenzó a hacer gestiones para tomar un nuevo crédito se enteró que su
1% no había sido ingresado a C.C.A.F. "B" por lo que no pudo solicitar su devolución
ni acceder a un nuevo crédito en dicha institución. La reclamante solicita aclarar
el destino del aporte como pensionada, ya que éste ha sido descontado como acredita
mediante copia de tres liquidaciones acompañadas, indicando que desea la devolución
de dichos aportes.
2.- Al respecto, la Caja de Compensación "B" informó a esta Superintendencia que con
fecha 1° de octubre de 2012, efectivamente, la interesada se afilió a ella, presentando
los documentos requeridos y llevando a cabo el proceso en concordancia con la normativa
vigente.
En cuanto al hecho de que los aportes por concepto de 1% no habrían sido ingresados
a la Caja de Compensación "B" se constató, después de una revisión realizada por la
Caja que usted administra, que efectivamente estos aportes no aparecen registrados.
3.- Por este motivo, revisados los antecedentes tenidos a la vista, especialmente
las copias, que se adjuntan, de las liquidaciones de pensión de lainteresada, que
acreditan el descuento del aporte por la entidad pagadora, esta Superintendencia instruye
a la Caja de Compensación "B" que realice gestiones directamente con A.F.P. Capital
S.A., a fin de verificar que los aportes acreditados en los documentos mencionados
sean remitidos a la Caja de Compensación y efectúe las devoluciones que correspondan
en conformidad a lo señalado en el Oficio N°45101, de 15 de julio de 2014, de esta
Superintendencia.