Dictamen 24627-2016
1.- La interesada recurrió a esta Superintendencia reclamando en contra de esa Caja,
porque no le paga el subsidio por incapacidad laboral derivado de las licencias médicas
de descanso pre y postnatal N°s 27 y 89, otorgadas a contar del 27 de noviembre de
2014.
Indica que la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo la desvinculó el 31 de mayo de 2014,
encontrándose con fuero maternal y que posteriormente, mediante sentencia del Tribunal
Laboral de San Miguel, de 31 de diciembre de 2014, se ordenó su reincorporación, lo
que fue confirmado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de San Miguel y la Excelentísima
Corte Suprema.
2.- Requerida al efecto, esa C.C.A.F. informó que las licencias médicas reclamadas
no fueron recepcionadas por esa entidad.
3.- Sobre el particular esta Superintendencia cumple con manifestar, que revisado
el maestro de licencias médicas de FONASA, se observa que la licencia médica de descanso
prenatal está autorizada por 42 días entre el 27 de noviembre de 2014 y el 7 de enero
de 2015 y posteriormente aparece la licencia médica de descanso postnatal a contar
del 22 de diciembre de 2014.
Conforme a los antecedentes no ha sido posible establecer fehacientemente si la interesada
está afecta a una normativa que le otorgue derecho a remuneración durante los períodos
de licencia médica, o si debe recibir pago de subsidio por incapacidad laboral durante
el período en que se le autoricen licencias médicas.
Por tanto, corresponde que esa Caja efectúe las gestiones pertinentes ante la I. Municipalidad
de Lo Espejo, que es su entidad afiliada, para establecer la normativa laboral aplicable
a la interesada y si de acuerdo a ella corresponde que le pague subsidio por incapacidad
laboral, caso en el cual deberá hacerlo a la brevedad, o si por el contrario, es de
aquellos trabajadores con derecho a la mantención de la remuneración, caso en el cual
la Municipalidad de que se trata debe pagar las remuneraciones pertinentes, sin perjuicio
de solicitar posteriormente a esa Caja el reembolso del subsidio por incapacidad laboral,
en su caso.