Aporte Familiar Permanente de la Ley N°20.743. Imparte instrucciones al Instituto
de Previsión Social respecto de la información a remitir a la Superintendencia de
Seguridad Social sobre los pagos realizados a beneficiarios de subsidio familiar y
de asignación familiar o maternal.
artículo 2° y 3° de la Ley N°16.395 y, artículo 5° y 6° inciso segundo de la Ley N°20.743.
BONO EXTRAORDINARIO DE APOYO A LOS INGRESOS FAMILIARES DE LA LEY Nº 21.225. IMPARTE
INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL RESPECTO DE LA INFORMACIÓN A REMITIR
A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL SOBRE LOS PAGOS REALIZADOS A LOS BENEFICIARIOS
DEL MENCIONADO BONO
Ley Nº 16.395; Artículo 4, 6, de la Ley Nº 21.225; Artículo 5, de la Ley Nª 20.379;
Decreto Exento N°101, de 09 de abril de 2020, del Ministerio de Hacienda.