Destinatario: COMISIÓN MEDICA DE RECLAMOS DE LA LEY Nº 16.744
Fuentes: Ley Nº 16.744; D.S. Nº 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social
El trabajador que se individualiza se ha dirigido a esta Superintendencia apelando
en contra de la Resolución Nº 5/8.227, de 25 de octubre de 1991, de la Comisión Médica
de Reclamos de la Ley Nº 16.744, mediante la cual se declaró que presenta una incapacidad
de ganancia ascendente a un 15% por las secuelas derivadas del accidente del trabajo
que sufrió el 3 de septiembre 1990.
Requerida al efecto la Comisión Médica de Reclamos de la Ley Nº16.744, remitió los
antecedentes clínicos y radiográficos en que fundamentó su pronunciamiento.
Por su parte, el Departamento Médico de esta Superintendencia, previo análisis de
la documentación remitida, ha manifestado que el trabajador presenta una incapacidad
de ganancias ascendente a un 35%, fundamentando su juicio en que el accidente referido
le provocó como secuelas la pérdida de un riñón y una leve rigidez de muñeca derecha.
En lo relacionado con la nefrectomía procede aplicar lo prescrito por el artículo
28ª del D.S. Nº 109 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, respecto
de invalideces no calificadas, ya que la mutilación sufrida lo expone a reacciones
imponderables, que indudablemente afectan en forma importante su salud futura y capacidad
de trabajo. En mérito de lo anterior, se obtiene el siguiente cálculo:
- Nefrectomía................................................ 30%
- Rigidez muñeca derecha (5% a 70 CFR)....... 3,5%
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Incapacidad física 33,5%.
Factores de ponderación 1,67%
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Inc. de ganancia (Art. 29 D.S. Nº 109) 35,0%