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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Circular 3608

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Fecha: 15 de julio de 2021

Materia: INFORMACIÓN DE LOS RESULTADOS DEL PROCESO DE EVALUACIÓN DEL D.S. N°67, DE 1999, DEL SUPERVISIÓN (GRIS), DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

Tema: Ley N° 16.744

Destinatario: Organismos administradores del Seguro de la Ley N°16.744; Administradores delegados del Seguro de la Ley N°16.744

Observación: Vigencia a partir de la fecha de su publicación.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Fuentes: Artículos 2°, 3°, 30 y 38 letra d) de la Ley N°16.395 y el artículo 12 de la Ley N°16.744; D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social estimado pertinente instruir el envío de información de los resultados de la aplicación del proceso de evaluación del Decreto Supremo N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Departamento(s): INTENDENCIA DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - REGULACIÓN

Concordancia con Circulares: Título II. Cotizaciones del Libro II. Afiliación y Cotizaciones y del Título II. Gestión de Reportes e Información para la Supervisión (GRIS), del Libro IX. Sistemas de Información. Informes y Reportes, ambos del Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Ley N°16.744

Título Detalle
Artículo 2 Ley 16.395, artículo 2
Artículo 3 Ley 16.395, artículo 3
Artículo 30 Ley 16.395, artículo 30
Artículo 38 Ley 16.395, artículo 38
Decreto 67 de 2000 del Ministerio del Trabajo DS 67 de 1999 Mintrab
Artículo 12 Ley 16.744, artículo 12