Dictamen 33460-2017
1.- La interesada se dirigió a esta Superintendencia, solicitando la reconsideración
del Ordinario N° 16121, citado en concordancias, que determinó que no procedía otorgarle
la cobertura de la Ley N° 16.744, porque no se encontraría con sus cotizaciones al
día y tampoco constaría que se encuentra registrada en el Instituto de Seguridad Laboral,
como trabajadora independiente con anterioridad a la fecha del accidente del trabajo
que sufrió el 16 de junio de 2016.
Por lo anterior, concluye el citado Oficio, las licencias médicas N°s 59 y 19, extendidas
a la interesada por un total de 15 días, a contar del 16 de junio de 2016, deberían
ser autorizadas como tipo 1.
Al efecto, la citada trabajadora acompaña a su reconsideración, copia de Formulario
de Registro de Adhesión como trabajador(a) independiente al Instituto de Seguridad
Laboral, en que se indica como fecha del mismo, el 1° de octubre de 2015 (con el timbre
y firma del funcionario de la Dirección Regional de Coquimbo del citado Instituto),
esto es, antes de la ocurrencia del accidente del trabajo en el trayecto que sufrió
en junio de 2016.
2.- Sobre el particular, esta Superintendencia sometió a un nuevo estudio los antecedentes
que constan en el expediente, así como también el nuevo aportado por la trabajadora,
llegando a la conclusión que procede otorgarle la cobertura de la Ley N° 16.744, por
el accidente que sufrió el 16 de junio de 2016.
En efecto, lo anterior, por cuanto el numeral V.1.b). de la Circular N° 3226 (citada
en CONC.) dispone, reiterando la regla del artículo 88 de la Ley N° 16.744, que tendrán
derecho a cobertura los trabajadores independientes que hayan enterado la cotización
correspondiente al mes anteprecedente a aquél en que ocurrió el accidente. Sin embargo,
agrega que también lo tendrán aquéllos que en los doce meses previos al siniestro
hayan registrado seis cotizaciones continuas o discontinuas en calidad de independientes
o dependientes.
Pues bien, la interesada ha acompañado junto a su reconsideración, copia de Formulario
de Registro de Adhesión como trabajador(a) independiente al Instituto de Seguridad
Laboral, en que se indica como fecha del mismo, el 1° de octubre de 2015 , el que
sumado a las planillas de pago de cotizaciones ante la C.C.A.F. , 11 de diciembre
de 2015, 7 de enero de 2016, 16 de marzo de 2016, 29 de marzo de 2016, 26 de abril
de 2016 y 25 de mayo de 2016, que constan en el expediente (y consignan el pago de
las cotizaciones mensuales de noviembre de 2015, a mayo de 2016, salvo enero de 2016),
acreditan que la interesada cumple los requisitos antes indicados para tener derecho
a las prestaciones de la Ley N° 16.744.
4.- Por lo tanto, de acuerdo con los antecedentes proporcionados al efecto y consignados
en el expediente, esta Superintendencia cumple con manifestar que acoge la solicitud
de reconsideración interpuesta, y modifica lo resuelto por el Oficio antes singularizado,
debiendo esa COMPIN, por ende, proceder a autorizar las licencias médicas indicadas
en el número 1.- del presente oficio, como tipo 5, dándoles la tramitación que corresponda
al efecto.
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 06/10/2017 | Circular 3321 | Seguro laboral (Ley 16.744) | CALIFICACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744. DEROGA CIRCULAR 1.967, DE 2002 | Ley N° 16395; Ley N° 16744; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20894 |
| 07/10/2016 | Circular 3250 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO AL OTORGAMIENTO Y PAGO DE LAS PRESTACIONES ECONOMICAS. | Ley N° 16744; Artículo 88 y 89, de la Ley N° 20255; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Artículo 6, de la Ley N° 19728; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 8, de la Ley N° 19454; artículo 34, de la Ley N° 18591; D.L. N° 3501, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18834; Ley N° 18883; D.L. N° 3536, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2448, de 1979, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19403; Ley N° 19539; Artículo 26, de la Ley N° 15386; Ley N° 19953; Ley N° 20255; Ley N° 20531; Ley N° 20864 |
| 18/05/2016 | Circular 3226 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DEL ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A QUE SE REFIEREN LOS ARTÍCULOS 88 Y 89 DE LA LEY N° 20.255. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LOS AÑOS 2016 Y 2017, EN VIRTUD DE LA LEY N° 20.894. DEROGA CIRCULARES N°S 24873, DE 2008 Y 2808, DE 2012. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 18095; Ley N° 19578; Ley N° 20255; Ley N° 20894; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3501, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 30/10/2015 | Circular 3170 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO A LA DEVOLUCIÓN DE COTIZACIONES PAGADAS EN EXCESO O ENTERADAS ERRÓNEAMENTE POR LAS ENTIDADES EMPLEADORAS Y LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES VOLUNTARIOS. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19578; Ley N° 19880; Ley N° 20255; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código Civil. |
| 17/08/2015 | Circular 3144 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO A LA ENTREGA DE INFORMACIÓN, COMUNICACIÓN Y DIFUSIÓN DEL SEGURO CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20584 |
| 22/06/2015 | Circular 3126 | Seguro laboral (Ley 16.744) | MODIFICA CIRCULAR N° 1681, DE 1998, RELATIVA AL FONDO DE CONTINGENCIA DE LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19598 |
| 26/06/2012 | Circular 2837 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes | MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 E INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL. SOLICITA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA SOBRE TRABAJADORES INDEPENDIENTES. | Ley N° 16744; Ley N° 20255 |
| 30/01/2012 | Circular 2808 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 88 DE LA LEY N° 20.255 | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19578; Ley N° 20255; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 23, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 57, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 03/10/2008 | Circular 2483 | Seguro laboral (Ley 16.744) - Trabajadores independientes | INCORPORACIÓN DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, QUE INDICA LA LEY N° 20.255. | Ley N° 16744; Ley N° 16395 |
| 27/01/1997 | Circular 1560 | Seguro laboral (Ley 16.744) | ENVIA MODELO DE FORMULARIO QUE DEBERAN UTILIZAR LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744, PARA EL ENVIO DE LA INFORMACIÓN ESTADÍSTICA MENSUAL A PARTIR DE ENERO DE 1997. | Ley N° 16744 |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 03/10/2018 | Dictamen 48931-2018 | Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Cálculo - Incapacidad temporal - Prescripción - Prestaciones económicas | Ley N°16.744 y D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Art. 89 D. L. N°3.500, de 1980 y art. 88 Ley N°20.255. |
| 04/07/2017 | Dictamen 31088-2017 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Trabajadores independientes | Leyes N°s 16.744 y 20.255. |
| 28/04/2017 | Dictamen 19334-2017 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes cobertura como trabajador independiente | Leyes N°s. 16.744 y 20.255. |
| 02/03/2017 | Dictamen 10551-2017 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Personas protegidas independientes | Leyes N°s. 16.744 y 20.255 |
| Título | Detalle |
|---|---|
| Ley 16.744 | Ley 16.744 |
| Artículo 88 | Ley 16.744, artículo 88 |