Dictamen 24683-2002
Ha recurrido a esta Superintendencia una empresa reclamando en contra de esa Mutualidad,
ya que por Resolución CERL N° 18.923, de 26 de noviembre de 2001, resolvió no dar
lugar a la rebaja de la cotización adicional diferenciada, manteniéndola en un 3,40%
- más la cotización básica de la Ley N°16.744 - por el período comprendido entre el
1 de enero de este año y el 31 de diciembre de 2003.
Expone que esa Empresa ha cumplido con los requisitos y medidas de prevención que
al efecto le ha señalado esa Institución, pero ésta no lo ha entendido así y, en base,
a lo que denomina un "tecnicismo", ha procedido de la manera por la cual reclama.
Requerida esa Mutualidad, informó que, mediante su aludida Resolución CERL N° 18.923,
resolvió en la forma antes indicada, ya que la recurrente no acreditó la constitución
del Comité Paritario de Higiene y Seguridad y solamente envió una carta simple, adjuntando
una copia del Reglamento Interno.
Se tiene a la vista la Resolución en comento, la que en su Número 1° expresa textualmente:
"NO DAR LUGAR a la rebaja de cotización adicional de la empresa señalada precedentemente
debido a que no acredita constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.".
Sobre el particular, esta Superintendencia informa que la citada Resolución CERL N°
18.923, de 2001, mediante la cual esa Mutualidad mantuvo en este caso la cotización
adicional diferenciada de 3,40%, no se ajusta a las instrucciones impartidas por esta
Superintendencia en el Punto 6.5.- "Notificaciones", de la Circular N° 1.822, de 2000,
en lo que dice relación con las empresas que, producto de la aplicación de las tablas
contenidas en el citado decreto, tendrían derecho a una rebaja o exención de la cotización
adicional.
En efecto, en el tercer párrafo del citado Punto 6.5, se establece textualmente que
"Asimismo los Servicios de Salud y las Mutualidades notificarán a las entidades empleadoras
que no cumplan con alguno de los requisitos a que se refiere el artículo 8° para la
procedencia de la exención o rebaja de la cotización, la resolución que señale cuál
es el requisito no cumplido, indicándole que podrán acreditar su cumplimiento antes
del 1° de enero siguiente para los efectos de acceder a la rebaja de la cotización
en los términos señalados en el punto 7.". Sin embargo, en la Resolución en cuestión,
esa Mutualidad no le informa a la Empresa recurrente que disponía hasta el 31 de diciembre
de 2001 para acreditar el cumplimiento del requisito que en dicha Resolución se señala,
esto es, "...constitución del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.".
Con el objeto de superar la omisión señalada, se instruye a esa Mutualidad, para que
dentro del plazo de 10 días hábiles, contados desde la fecha de emisión del presente
Oficio, notifique nuevamente a la Empresa afectada con tal omisión, de los resultados
del proceso de evaluación. La notificación deberá efectuarse en la forma señalada
en el punto 6.5 de la citada Circular N° 1.822 y contener, a lo menos, la tasa efectiva
que se obtuvo de la aplicación de las tablas contenidas en el D.S. N° 67, de 1999,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y él o los requisitos específicos precisos
no cumplidos al 31 de diciembre de 2001 para acceder a la exención o rebaja de la
tasa de cotización vigente a noviembre de 2001.
Además, en dicha notificación, deberá otorgarse a la Empresa un plazo de 30 días contado
desde la fecha en que la Empresa sea notificada, para que ésta proporcione a esa Mutualidad
los antecedentes que acrediten el cumplimiento de los requisitos necesarios para acceder
a la exención o rebaja de la cotización adicional diferenciada, asesorándola respecto
de la forma de dar cumplimiento a tales requisitos.
La exención o rebaja a que haya lugar, producto de este proceso excepcional para acreditar
requisitos y en armonía con lo que al efecto establece el referido D.S. N° 67, regirá
a partir del 1° de marzo del presente año
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 03/10/2016 | Circular 3247 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S.N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. EXENCIONES, REBAJAS Y RECARGOS DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA DE LA LEY N° 16.744. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES QUE INDICA. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud. |
| 22/06/2015 | Circular 3127 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. INSTRUYE SOBRE DIFUSIÓN DE REQUISITOS PARA ACCEDER A REBAJA Y MEDIOS PARA ACREDITAR SU CUMPLIMIENTO. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 40, de 1969; del Ministerio del Trabajo; D.S. N° 57, de 1969, del Ministerio del Trabajo; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo. |
| 15/06/2012 | Circular 2835 | Seguro laboral (Ley 16.744) | RESOLUCIONES DE INCAPACIDAD LABORAL. REITERA INSTRUCCIONES A LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ CONTENIDAS EN LAS CIRCULARES N°s 1822, DE 2000 Y 1928, DE DE 2001. | Ley N° 16744; D.S.N° 67, de 1999, del Ministerio del Trababjo y Previsión Social. |
| 01/07/2011 | Circular 1822 | Seguro laboral (Ley 16.744) | EXENCIONES, REBAJAS Y RECARGOS DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DIFERENCIADA DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 05/06/2009 | Circular 2529 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS SEREMIS DE SALUD, AL INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL Y A LAS MUTUALIDADES. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20255; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 01/08/2003 | Circular 2068 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 67 de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Imparte instrucciones a los Servicios de Salud, al Instituto de Normalización Previsional y a las Mutualidades. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 14/07/2003 | Circular 2065 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N°67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE SALUD Y LAS MUTUALIDADES. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 29/04/2002 | Circular 1989 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Proceso de Evaluación del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Complementa Circular N° 1973. Imparte instrucciones a los Servicios de Salud. | D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744 |
| 22/02/2002 | Circular 1973 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Proceso de Evaluación del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Instruye a los Servicios de Salud realizar Nuevas Notificaciones a Entidades Empleadoras en los casos que se indican. | Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 21/09/2001 | Circular 1934 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL COMPLEMENTA CIRCULAR N° 1822, DE 2000 y MODIFICA CIRCULAR N° 1920, DE 2001, | Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 30/08/2001 | Circular 1928 | Varios | RESOLUCIONES DE INCAPACIDAD LABORAL. REITERA INSTRUCCIONES A LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ DE LOS SERVICIOS DE SALUD CONTENIDAS EN CIRCULAR N° 1822, DE 2000. | D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744 |
| 02/08/2001 | Circular 1920 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL D.S. N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULARES N°s. 1796, 1807, 1822, TODAS DE 2000, y 1916 DE 2001. | Ley N° 16744; Ley N° 19720; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 27/06/2001 | Circular 1916 | Seguro laboral (Ley 16.744) | TRASPASO DE ANTECEDENTES ESTADÍSTICOS, EN CASO DE CAMBIO DE ORGANISMO ADMINISTRADOR DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N° 16744. D.S. N°67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. COMPLEMENTA CIRCULAR N° 1822, DE 2000. | Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y evisión Social. |
| 03/05/2000 | Circular 1807 | Seguro laboral (Ley 16.744) | COMPLEMENTA CIRCULARES N°S. 1.796 Y 1.800 DEL AÑO 2000. REMITE NUEVO FORMATO DE PLANILLA DE DECLARACIÓN Y PAGO DE COTIZACIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES. | Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 11/04/2000 | Circular 1800 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Complementa Circular N° 1796, del año 2000. Decreto Supremo N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Remite formato de Planillas de Declaración y pago de Cotizaciones a las Mutualidades de Empleadores. | Ley N° 16744; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 21/03/2000 | Circular 1796 | Seguro laboral (Ley 16.744) | RECARGOS, REBAJAS Y EXENCIONES DE LA COTIZACIÓN ADICIONAL DE LA LEY N° 16744. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DISPUESTAS EN EL DECRETO SUPREMO N° 67, DE 1999, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16744. | Ley N° 16744; Ley N° 17322; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 173, de 1970, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 04/09/2009 | Dictamen 43200-2009 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Carta certificada - Cotización adicional diferenciada - Financiamiento - Notificación - Personal - Procedimiento | Ley Nº16.744. D.S. Nº67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 20/07/2006 | Dictamen 35727-2006 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744; D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
| 24/06/2002 | Dictamen 26491-2002 | Seguro laboral (Ley 16.744) |
| Título | Detalle |
|---|---|
| Ley 16.744 | Ley 16.744 |