Dictamen 15345-2003
Ud. ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la C. C. A. F., por
haberle rechazado en marzo de 2002, las asignaciones familiares correspondientes a
sus dos hijos, por no tener empleador.
Requerida al efecto esa C. C. A. F., ha informado que la recurrente fue finiquitada
con fecha 30 de noviembre de 2000, por la Empresa.
En conformidad con el artículo 15 del D.F.L. N° 44 de 1978, del Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, la C. C. A. F. continuó pagándole subsidios por licencias médicas
sin solución de continuidad en el período comprendido entre el 2 de octubre de 2000
hasta el 12 de agosto de 2002.
Al continuar con licencia médica, el 2 de abril de 2001, la interesada solicitó junto
con el correspondiente finiquito el pago de las asignaciones familiares por sus dos
hijos, hasta el 31 de diciembre de 2001, las cuales fueron cobradas por el monto de
$91.816. Desde enero de 2002 hasta marzo de ese año, se pagó $10.074, solamente por
la carga de su hijo menor, considerando que la carga por la hija, venció el 31 de
diciembre de 2001.
Con fecha 30 de mayo de 2002, la recurrente presentó solicitud de asignación familiar,
adjuntando el certificado de alumna regular, para invocar como carga a su hija mayor,
por el año académico 2002. En primera instancia, se le informó que no le correspondía
autorizar como carga a su hija, por encontrarse finiquitada, sin considerar que la
interesada se encontraba haciendo uso de licencia médica sin solución de continuidad.
Al efectuar un nuevo análisis y considerando que hasta el 12 de agosto de 2002, aún
se encontraba haciendo uso de licencia médica sin solución de continuidad y finiquitada,
la C. C. A. F. procedió a rectificar, autorizando la carga de la hija, desde el 1°
de enero de 2002 hasta marzo de 2003, notificando telefónicamente a la interesada,
para que acudiera a cobrar la diferencia de $10.074, por los meses de enero a marzo
de 2002, y el monto de $29.973, por las dos cargas desde el mes de abril hasta el
12 de agosto de 2002, fecha de término de la última licencia médica autorizada por
la COMPIN del Servicio de Salud.
Con fecha 16 de diciembre de 2002, la recurrente cobró los montos por las asignaciones
familiares señaladas anteriormente.
Sobre el particular, cabe señalar que esta Superintendencia aprueba lo informado por
la C. C. A. F. en conformidad a lo dispuesto en el artículo 13 del D.F.L. N° 150,
de 1981, estimándose con ello atendida su solicitud
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 30/06/2009 | Circular 2542 | Asignación familiar | Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1°de Julio de 2009. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20359 |
| 30/05/2008 | Circular 2460 | Asignación familiar | Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte Instrucciones sobre los nuevos montos que regirán a contar del 1° de Julio de 2008. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20233 |
| 17/05/2007 | Circular 2375 | Asignación familiar | Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos montos que regirán a contar del 1° Julio de 2007. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20143 |
| 13/06/2005 | Circular 2213 | Asignación familiar | Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1 °de Julio de 2005. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 19985; |
| 03/06/2004 | Circular 2136 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRAN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2004. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19917 |
| 27/06/2003 | Circular 2060 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRÁN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2003. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19843 |
| 10/06/2002 | Circular 1999 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LOS NUEVOS MONTOS QUE REGIRÁN A CONTAR DEL 1 DE JULIO DE 2002. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19775, artículo N° 21; Ley N° 19811, artículo N° 2. |
| 14/05/2002 | Circular 1991 | Asignación familiar | PAGO DE LA ASIGNACIÓN FAMILIAR A LOS TRABAJADORES DE LA LOCOMOCIÓN COLECTIVA. (LEY N° 19.785) IMPARTE INSTRUCCIONES AL INSTITUTO DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL Y A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. | Ley N° 19785, artículo 4. |
| 12/06/2001 | Circular 1912 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY N° 19703. | DFL N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19703, artículo N° 21. |
| 04/06/1998 | Circular 1653 | Asignación familiar | Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones para la Aplicación del Artículo 3° de la Ley N° 19.564. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19564 |
| 03/06/1997 | Circular 1584 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 19.502. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19502 |
| 05/06/1996 | Circular 1496 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3 ° DE LA LEY N° 19.457. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19457, artículo N° 3 |
| 16/06/1995 | Circular 1417 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA APLICACIÓN ARTICULO 3° DE LA LEY N°19.392. | D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19392 |
| 14/01/1988 | Circular 1065 | Asignación familiar | ASIGNACIONES FAMILIARES DE SUBSIDIADOS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ENTIDADES OBLIGADAS A PAGAR EL BENEFICIO. | D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 338, de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18611. |
| 19/10/1987 | Circular 1057 | Asignación familiar | ASIGNACIÓN FAMILIAR DE SUBSIDIADOS. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE ENTIDADES OBLIGADAS A PAGAR EL BENEFICIO. | Ley N° 18611, cuyo artículo N° 12 letra c) modificó el artículo N° 33 del D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 338, de 1960, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744 |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 27/12/2018 | Dictamen 60601-2018 | Asignación familiar - Licencias médicas | Compensación | D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 25/04/2016 | Dictamen 24643-2016 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Prescripción asignación familiar | D.F.L. N°1, de 2005, del Ministerio de Salud. |
| 11/11/2015 | Dictamen 71535-2015 | Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) | Reconocimiento de causantes | D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 08/03/2012 | Dictamen 16157-2012 | Asignación familiar | Empleador - Pago - Subcontratación | D.F.L. N°150, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 06/12/2005 | Dictamen 60602-2005 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Soci; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
| 28/01/1994 | Dictamen 1181-1994 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1981 | |
| 31/05/1988 | Dictamen 4368-1988 | Asignación familiar | Ley Nº 18.611; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 16.744; D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 14.139; Ley Nº 16.575; Ley Nº 18.469; D.F.L. Nº 338, de 1960 | |
| 10/03/1988 | Dictamen 1968-1988 | Asignación familiar | D.F.L. Nº 150, de 1980; Ley Nº 18.611 |