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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Beneficio en dinero para las personas jóvenes de hasta 24 años, que pertenezcan al 40% más pobre de la población y su entidad empleadora. Tiene por finalidad complementar la remuneración o renta de las personas trabajadoras e incentivar su contratación.

El subsidio al empleo joven de la Ley N° 20.338 es un beneficio pecuniario en favor de las personas trabajadoras jóvenes y de sus entidades empleadoras, que tiene por finalidad complementar la remuneración o renta de las personas trabajadoras e incentivar su contratación.

Tratándose de personas trabajadoras dependientes, la o el empleador le corresponderá 1/3 del subsidio y a la persona trabajadora dependiente 2/3 del mismo.

El subsidio al empleo de las personas trabajadoras es anual, pudiendo la persona trabajadora dependiente optar por pagos provisionales mensuales, quedando sujeta a la reliquidación anual. En el caso de la o el empleador el pago es siempre mensual.

En términos generales, el subsidio se devenga mientras la persona trabajadora cumpla con los requisitos habilitantes y hasta el último día del mes en que ésta tenga 24 años de edad o hasta el último día del mes en que cumpla 21 años de edad, si a esa fecha no hubiere obtenido la licencia de educación media.

Sin embargo, existe el derecho a un plazo adicional para percibir este subsidio en los siguientes casos:

Cuando las personas trabajadoras hayan cursado estudios regulares entre los 18 y antes de los 25 años de edad, en una Institución de Educación Superior por un período que varía según la siguiente tabla:

Tiempo de estudio Plazo adicional del subsidio
1 semestre académico 3 meses
2 semestres académicos 6 meses
3 o más semestres académicos 12 meses
4 o más semestres académicos 24 meses

En todo caso, este plazo adicional sólo se puede extender hasta el mes en que la persona trabajadora cumpla los 27 años de edad.

Por cada hijo o hija nacido vivo que la trabajadora hubiere tenido entre los 18 y antes de los 25 años de edad, el subsidio se prolongará por el tiempo correspondiente a la duración del descanso pre y postnatal.

Personas Beneficiarias

  • Las personas trabajadoras dependientes regidas por el Código del Trabajo y las personas trabajadoras independientes, que tengan entre 18 y 25 años, y que pertenezcan al 40% más pobre de la población.
  • Las y los empleadores de las personas trabajadoras dependientes, que cumplan con lo indicado en el punto anterior.

Requisitos

Personas trabajadoras dependientes

  1. Ser personas trabajadoras regidas por el Código del Trabajo.
  2. Tener entre 18 y 24 años.
  3. Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país. Esto implica tener menos de 11.735 puntos en la Ficha de Protección Social.
  4. Que sus remuneraciones brutas sean inferiores a $8.218.418 en el año calendario en que se devenga el subsidio (desde enero de 2026).

Personas trabajadoras independientes

  1. Tener entre 18 y 24 años.
  2. Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país. Esto implica tener menos de 11.735 puntos en la Ficha de Protección Social.
  3. Acrediten rentas brutas por un monto inferior a $8.218.418 en el año calendario en que se devenga el subsidio (vigente desde enero de 2026).
  4. Acreditar rentas de las señaladas en el n° 2 del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en el año calendario correspondiente al que se devenga el subsidio.
  5. Tener al día el pago de las cotizaciones obligatorias previsionales y de salud del año calendario indicado.

Entidades Empleadoras

Las personas trabajadoras dependientes por las que solicita el subsidio, deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Ser personas trabajadoras regidas por el Código del Trabajo.
  2. Tener entre 18 y 24 años de edad.
  3. Integrar un grupo familiar perteneciente al 40% más pobre de la población del país (menos de 11.735 puntos en la Ficha de Protección Social).
  4. Que las remuneraciones brutas mensuales del trabajador sean inferiores a $684.868.

Monto del beneficio

El monto anual del subsidio de las personas trabajadoras se determina sobre la base de las remuneraciones o rentas brutas, según proceda, percibidas en el año calendario anterior, conforme al cálculo establecido en el artículo 4° de la Ley N° 20.338, considerando que los límites de los tramos de renta vigentes para los subsidios que se han otorgado o se otorguen en el año 2026 son los siguientes:

Tramo de rentas o remuneraciones brutas anuales ($) Monto del subsidio anual
Desde Hasta

0

3.652.631 20% de la suma de las rentas o remuneraciones imponibles percibidas en el año calendario

3.652.632

4.565.789
20% de $3.652.631=$730.526

4.565.790

8.218.418 20% de $3.652.631=$730.526 menos el 20% de la diferencia entre la suma de las rentas o remuneraciones imponibles del año calendario y $4.565.789

El monto mensual del subsidio de las y los empleadores y de las personas trabajadoras dependientes que hayan optado por pagos mensuales, se determina conforme a lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley N° 20.338, sujeto a los siguientes límites en el año 2026.

Tramo de remuneraciones brutas mensuales ($)

Monto del subsidio mensual

Desde

Hasta

0

304.386

30% de las remuneraciones sobre las cuales se hubieren realizado cotizaciones de pensiones y de salud

304.387

380.482

30% de $304.386=$91.316

380.483

684.868

30% de $304.386=$91.316 menos el 30% de la diferencia entre la remuneración bruta mensual y $380.482.

Los pagos mensuales de subsidio se encuentran sujetos a una reliquidación anual, la cual se realiza en conjunto con el proceso de pago anual de estos subsidios, oportunidad en que se calcula lo que efectivamente debió haber percibido cada persona trabajadora y sus respectivos empleadores.

Entidades Administradoras

El subsidio al empleo es administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

La fiscalización del beneficio compete a la Superintendencia de Seguridad Social.

Financiamiento

Este subsidio es de cargo fiscal.

Circulares SUSESO

Circular 3530

SUBSIDIOS AL EMPLEO. MODIFICA Y COMPLEMENTA LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°S. 2.536 Y 2.844, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA

Fecha de publicación: 25 de agosto de 2020

Circular 3186

Subsidio al empleo de la ley n° 20595. informa valores de los tramos de renta a contar de 1° de enero de 2016

Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2015

Circular 3180

Subsidio al empleo jóven establecido en la ley n° 20.338. modifica y complementa la circular n° 2536, en cuanto a la información a entregar a la superintendencia.

Fecha de publicación: 10 de diciembre de 2015

Circular 3061

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. informa valores de los tramos de renta establecidos en la ley, a contar del 1° de enero de 2015.

Fecha de publicación: 11 de diciembre de 2014

Circular 2965

Subsido al empleo de la ley n° 20.338. informa valores de los tramos de renta establecidos en la ley, a contar del 1° de enero de 2014

Fecha de publicación: 12 de diciembre de 2013

Circular 2675

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. modifica y complementa circular n° 2.536, en lo concerniente a los procedimientos para el cálculo y reliquidación anual de los subsidios.

Fecha de publicación: 20 de agosto de 2010

Circular 2673

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. imparte instrucciones a la sociedad administradora de fondos de cesantía a.f.c. chile s.a., respecto de la información a entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 10 de agosto de 2010

Circular 2668

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. complementa instrucciones relativas a la información que las administradoras de fondos de pensiones e instituto de previsión social deben entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 14 de julio de 2010

Circular 2657

Subsidio al empleo de la ley nº 20.338. complementa instrucciones relativas a la información que las instituciones de salud previsional deben entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 02 de julio de 2010

Circular 2577

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. modifica formulario de solicitud del empleador.

Fecha de publicación: 26 de octubre de 2009

Circular 2562

Subsidio al empleo establecido en la ley n° 20.338. modifica circular n° 2536.

Fecha de publicación: 08 de septiembre de 2009

Circular 2548

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. imparte instrucciones a las administradoras de fondos de pensiones y al instituto de previsión social respecto de la información a entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 23 de julio de 2009

Circular 2549

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. imparte instrucciones a las instituciones de salud previsional respecto de la información a entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 22 de julio de 2009

Circular 2537

Subsidio al empleo de la ley n° 20.338. imparte instrucciones a los organismos del seguro de la ley n° 16.744. respecto de la información a entregar sobre el pago de cotizaciones.

Fecha de publicación: 25 de junio de 2009

Circular 2536

Subsidio al empleo establecido en la ley n° 20.338. imparte instrucciones

Fecha de publicación: 24 de junio de 2009

Decretos

Dictámenes SUSESO

Dictamen O-01-S-01364-2026

Fecha de publicación: 25 de marzo de 2026

Dictamen O-01-S-00179-2026

Fecha de publicación: 14 de enero de 2026

Dictamen O-01-S-03095-2024

Fecha de publicación: 23 de diciembre de 2024

Dictamen O-01-IBS-00379-2024

Fecha de publicación: 09 de febrero de 2024

Dictamen 325-2023

Fecha de publicación: 30 de enero de 2023

Dictamen 199-2023

Fecha de publicación: 17 de enero de 2023

Dictamen 3470-2022

Fecha de publicación: 25 de agosto de 2022

Dictamen 2919-2022

Fecha de publicación: 20 de julio de 2022

Dictamen 2298-2021

Fecha de publicación: 15 de junio de 2021

Dictamen 1397-2020

Fecha de publicación: 16 de abril de 2020

Dictamen 21828-2020

Fecha de publicación: 18 de marzo de 2020

Dictamen 7236-2019

Fecha de publicación: 19 de diciembre de 2019

Leyes

Oficios

Oficio Ord.N°57.873, de 15 de diciembre de 2017, de la SUSESO, informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2018.

Informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2018.

Fecha de publicación: 14 de marzo de 2018

Oficio Ordinario N° 21/12/2016*68.780 de la Superintendencia de Seguridad Social

Informa los valores de los tramos de renta que rigen a contar del 1° de enero de 2017.

Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2016

Oficio N° 72.962 del 28/11/2011, de la Superintendencia de Seguridad Social

Modifica fecha de ingreso de información estadística.

Fecha de publicación: 28 de noviembre de 2011