Destinatario: SERVICIO DE SALUD CONCEPCION, ARAUCO
Fuentes: Ley Nº 18.418
Concordancia con Oficios: Oficios Ords. Nºs 13710, de 1985; 13711, de 1985, todos
de la Superintendencia de Seguridad Social
Concordancia con Circulares: Circulares Nºs 926, de 1985; 934, de 1985, todas de la
Superintendencia de Seguridad Social
Ese Servicio de Salud ha remitido a esta Superintendencia la información financiera
correspondiente a los subsidios por reposo maternal y permiso por enfermedad del hijo
menor de un año, pagadas por él, en los meses de Agosto y Septiembre del presente
año.
Las citadas informaciones no se ajustan a las instrucciones impartidas por Circular
Nº 934, de esta Superintendencia, por cuanto ellas corresponden al total pagado por
subsidios por reposo maternal y permiso por enfermedad del hijo menor de un año, y
no se diferenció entre los otorgados con posterioridad al 1 de agosto que continuaban
siendo de cargo del Fondo por Incapacidad Laboral y los concedidos a partir de dicha
fecha o con posterioridad que son los que se financian con cargo del Fondo Único de
Prestaciones Familiares y Subsidios de Cesantía. Por tal razón, esta Superintendencia
no había autorizado hasta la fecha las provisiones no había autorizado hasta la fecha
las provisiones de los meses de octubre y noviembre, ya que no se disponía de la información
necesaria para hacer el ajuste de lo efectivamente gastado en agosto y septiembre
de 1985
IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL RESPECTO A FORMA DE
REMITIR LA INFORMACIÓN FINANCIERA A CONTAR DEL MES DE AGOSTO DE 1985 DE LOS SUBSIDIOS
POR REPOSO MATERNAL.
D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18418
D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº
150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 18.418
D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº 3, de 1981, del Ministerio
de Salud; Ley Nº 18418; D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión
Social; D.L. Nº 3500; D.F.L. Nº 44, de 1978
D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 18418; Ley Nº 18482; D.F.L. Nº
44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 3, de 1981,
Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. 3500, de 1980
D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16395; Ley Nº 18418; D.S. Nº 1,
de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. Nº 150, de 1981, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social