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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 1550-1998

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Fecha: 23 de enero de 1998

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SERVICIOS DE SALUD DE CONCEPCION

Fuentes: D.S. Nº 155, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Concordancia con Circulares: Circular Nº 1592, de 1997, de la Superintendencia de Seguridad Social


Ese Servicio de Salud ha señalado que de acuerdo a lo informado por su asesor jurídico, los Servicios de Bienestar carecen de personalidad Jurídica, por lo que los actos que realizan deben materializarse a través del Servicio de que forman parte.
Expresa que con el presupuesto de la Dirección no se pueden financiar gastos de mantención y que es el Servicio de Bienestar el que puede efectuar aportes para la adquisición de bienes inventariables, los que en todo caso se adquieren a través del Servicio de Salud respectivo.
Lo anterior, se opondría con lo instruido por esta Superintendencia mediante la Circular Nº 1592, de 22 de agosto de 1997, en la que se señaló que tratándose de recursos provenientes de la administración de servicios dependientes, estos no pueden utilizarse en la mantención o financiamiento de dichos servicios ni tampoco al financiamiento del Servicio de Bienestar, a menos que el reglamento lo autorice.
De acuerdo a ello, la Asesoría Jurídica ha concluido que no existiendo en el Reglamento de este Servicio de Bienestar, una norma que autorice que tales recursos se utilicen en la mantención o financiamiento del servicio dependiente, no pueden destinarse a dicho fin, como tampoco al financiamiento del Bienestar, razón por la cual, esos recursos deberían pasar al Servicio de Salud, lo que se contradice con el Ordinario Nº 1171, de 1990, de la misma Superintendencia.
Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que en algunos Reglamentos Particulares de Servicios de Bienestar fiscalizados por esta Superintendencia, se encuentra establecida la facultad de que administren servicios dependientes, tales como Jardines Infantiles, Colonias de Veraneo, Casas de Reposo, Sedes Sociales, Complejos Deportivos, y otras instalaciones que sean destinadas al uso de sus beneficiarios.
Dicha administración les permite efectuar todas las acciones de dirección, planificación y organización del respectivo servicio dependiente, tendientes a lograr un funcionamiento óptimo, que ofrezca buena atención a los usuarios.
Ahora bien y tal como se señaló en el Ordinario Nº 504, de 1993 y en la Circular Nº 1592, de 1997, en conformidad a la definición del concepto "administrar" contenido en el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, la administración de los servicios dependientes no comprende la facultad de financiar a dichos servicios ni lucrarse con los excedentes que se produzcan en su administración, lo que sólo será posible si se encuentra expresamente contemplado en el respectivo Reglamento del Servicio de Bienestar.
Por ende, el Servicio de Bienestar sólo podrá otorgar aportes o contribuciones para la mantención o financiamiento del servicio dependiente, cuando su Reglamento lo permita.
Por ello, los excedentes que se produzcan en dicha administración deben ocuparse en mejorar el servicio administrado, esto es, deben destinarse a su mantención o financiamiento. Por el contrario no pueden destinarse al financiamiento del Servicio de Bienestar, a menos que su Reglamento lo faculte expresamente.
En la especie, el reglamento de ese Servicio de Bienestar, contenido en el D.S. Nº 155, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en su artículo 16, faculta para administrar colonias, refugios, casas de huéspedes, otras instalaciones que le sean asignadas para el uso de sus beneficiarios, quedando expresamente excluida de dicha facultad la de contratar personal, lo que corresponderá a la respectiva institución.
A su vez, el inciso segundo del artículo 14 del citado Reglamento faculta al Servicio de Bienestar para conceder ayudas a los jardines infantiles, colonias de vacaciones, hogares sociales, casinos del personal, clubes deportivos y, en general, otras actividades que propendan a los fines señalados en el inciso primero.
En consecuencia y de acuerdo a la normativa citada, ese Servicio de Bienestar se encuentra facultado para administrar los servicios dependientes que se señalan, como también para otorgarle ayudas para su funcionamiento.
En cambio, el Reglamento no contempla la posibilidad de que el Servicio de Bienestar se beneficie con los excedentes que se pudieran generar en la administración del Servicio dependiente, por lo que cuando los hubiere, deberán utilizarse para mejorar la mantención de éste, o abaratar el acceso a las prestaciones que otorgue el referido servicio. No obstante, esta situación podría modificarse mediante la incorporación de una norma en el mismo reglamento, que permita que los excedentes también pueden destinarse al funcionamiento del Servicio de Bienestar

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
10/09/2024 Circular 3829 Servicios de Bienestar REFUNDE, ACTUALIZA Y COMPLEMENTA LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR FISCALIZADOS POR LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL, E INCORPORA TODA LA NORMATIVA POR LA QUE SE RIGEN. Artículo 24, de la Ley Nº 16.395; D.S. Nº 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social;Artículo 23, del D.L. Nº 249, de 1974; Artículo 6, de la Ley Nº18.010; Artículo 3, de la Ley Nº 19.528; Artículo 1 Nº 3, de la Ley Nº 20.715, Artículos 2514 y 2515, del Código Civil
01/10/2015 Circular 3157 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2016 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N° 18010; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; Ley N° 20291; Ley N° 20715
29/09/2014 Circular 3043 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2015 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; Ley N° 20291; Ley N° 20715
17/09/2013 Circular 2951 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2014 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; Ley N° 20291
02/10/2012 Circular 2873 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2013 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; Ley N° 20291
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06/10/2010 Circular 2684 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar del Sector Público. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2011. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; Ley N° 20291
15/09/2009 Circular 2566 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PUBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2010 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19553
26/09/2008 Circular 2482 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2009 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N° 8, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; Ley N° 20291
05/10/2007 Circular 2401 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2008 Y DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
04/10/2007 Circular 2400 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DEPENDIENTES, TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO Y MODIFICACIONES CIRCULARES N° 1.592 Y N° 2.094. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
26/09/2006 Circular 2326 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 2007. CONSIDERACIONES EN MATERIA DE MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS. D.F.L. N° 1, de 2006, del Ministerio de Salud; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974,del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18840; Ley N° 19528; Ley N° 19553
22/09/2005 Circular 2240 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2006. Consideraciones en materia de Modificaciones Presupuestarias. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
04/12/2004 Circular 2164 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2005. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
09/12/2003 Circular 2094 Servicios de Bienestar FORMATO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS (F.U.P.E.F.). TEXTO REFUNDIDO Y ACTUALIZADO DE INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1056, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18267; Ley N° 18382
24/09/2003 Circular 2076 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES Y FIJA PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTOS DEL AÑO 2003. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda;Ley N° 19125; Ley N° 19553; Ley N° 19843
04/09/2003 Circular 2073 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2004. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
01/10/2002 Circular 2021 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones y fija plazo para la Presentación de las Modificaciones de los Presupuestos del año 2002. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N°19125; Ley N° 19553; Ley N° 19775
21/09/2002 Circular 1933 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones y fija plazo para la Presentación de las Modificaciones de los Presupuestos del año 2001. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 19125; Ley N° 19553; Ley N° 19703
30/08/2002 Circular 2015 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2003. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 18840; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
14/08/2001 Circular 1923 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2002. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
30/08/2000 Circular 1833 Servicios de Bienestar Formato Único de Presentación de Estados Financieros (F.U.P.E.F.). Imparte instrucciones a los Servicios de Bienestar. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 1056, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18382; Ley N° 18379; Ley N° 17322
11/08/2000 Circular 1829 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 2001. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 19125; Ley N° 19528; Ley N° 19553
18/08/1999 Circular 1738 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones y fija plazo para la Presentación de las Modificaciones de los Presupuestos del año 1999. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 19125; Ley N° 19595
20/10/1998 Circular 1682 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones para la Confección y Presentación de los Presupuestos para el año 1999. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 3501, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18010; Ley N° 18469; Ley N° 19125; Ley N° 19490; Ley N° 19528; Ley N° 19553
19/08/1998 Circular 1667 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones y fija Plazo para la Presentación de las Modificaciones de los Presupuestos del año 1998. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 19125; Ley N° 19533
15/10/1997 Circular 1607 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR: IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN Y PRESENTACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS PARA EL AÑO 1998. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 3501, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18010; Ley N° 19086; Ley N° 19125
29/08/1997 Circular 1595 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES Y FIJA PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS MODIFICACIONES DE LOS PRESUPUESTOS DEL AÑO 1997. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 249, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 19086; Ley N° 19125; Ley N° 19485
22/08/1997 Circular 1592 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DEPENDIENTES. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
23/10/2023 Dictamen O-01-S-01169-2023 Servicios de Bienestar Servicio de Bienestar Ley N° 16.395. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
24/05/2019 Dictamen 3977-2019 Servicios de Bienestar Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social
19/06/2014 Dictamen 38695-2014 Servicios de Bienestar Excedentes Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N°s. 28 y 34, de 1994 y 2004, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
04/11/2013 Dictamen 69115-2013 Servicios de Bienestar Administración - Servicios de Bienestar D.S. N°28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/08/2013 Dictamen 51431-2013 Servicios de Bienestar Administración - Servicios dependientes Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N°s. 28 y 164, de 1994 y 1995, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/02/2012 Dictamen 8972-2012 Servicios de Bienestar Contratación - Financiamiento - Personal Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N°s. 28 y 34, de 1994 y 2004, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
20/12/2007 Dictamen 83863-2007 Servicios de Bienestar   Ley N° 11.764; Ley N° 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 121, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
11/01/2007 Dictamen 2231-2007 Servicios de Bienestar Improcedencia para pronunciarse acerca de si los servicios de bienestar forman parte de la administración pública - Naturaleza jurídica de los bienes de los servicios de bienestar de los organismos públicos Ley N° 11.764, artículo 134; Ley N° 16.395, artículo 24; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/12/2006 Dictamen 69256-2006 Servicios de Bienestar   Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 23, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
30/09/2005 Dictamen 47348-2005 Servicios de Bienestar   Ley Nº 16.395; D.S. Nºs 28, de 1994, y 179, de 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
26/01/1998 Dictamen 1761-1998 Servicios de Bienestar   D.S. Nº 178, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
07/02/1994 Dictamen 1550-1994 Servicios de Bienestar   D.S. Nº 52, de 1973, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.; Ley Nº 18.962