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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 54074-2006

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Fecha: 20 de octubre de 2006

Tema: ASIGNACIÓN FAMILIAR

Destinatario: CAJAS DE COMPENSACIÓN

Fuentes: D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.728

Concordancia con Circulares: Circular N° 2204, de 2005; 2213, de 2005; 2298, de 2006, todas de la Superintendencia de Seguridad Social; Circular N° 75, de 2005, de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones


Mediante la Circular Conjunta N° 2204 y 75, de 3 de mayo de 2005, esta Superintendencia y la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones establecieron un procedimiento para el pago de las asignaciones familiares de los beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario del Seguro de Cesantía.

En virtud de dicho procedimiento las Cajas de Compensación de Asignación Familiar deben remitir al Instituto de Normalización Previsional una serie de informaciones respecto de los beneficiarios del fondo de cesantía solidario que al quedar cesantes tenían reconocidas cargas familiares pagadas conforme a los tramos a) y b). Dentro de dicha información se encuentra el valor unitario de la asignación familiar a pagar.

Por otra parte, ésta Superintendencia, mediante las Circulares N°s. 2213, de 13 de junio de 2005 y 2298, de 16 de mayo de 2006, instruyó respecto de la procedencia de actualizar el valor de las asignaciones familiares de los tramos a) y b).

En efecto, en la Circular correspondiente a este año, se instruyó en su Numerando 8, lo siguiente:

"Los trabajadores que se encuentran haciendo uso de las prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario establecido en la Ley N°19.728 y que conforme al artículo 20 de dicha Ley tienen derecho a percibir asignación familiar, tendrán derecho a recibir a contar del 1° de julio de 2006 y mientras perciban los giros mensuales conforme a la citada Ley, los nuevos valores de la asignación familiar indicados en las letras a) y b) del punto 1.- de la presente Circular, que les corresponda según la asignación que estaban percibiendo, sin necesidad de nuevas declaraciones de ingreso."

Conforme a ello, los giros que correspondan desde el mes de julio de 2006, deben ajustarse a los nuevos valores de la asignación familiar, que son de $4.126 en el caso del tramo a) y de $4.014 en el caso del tramo b).

Cabe señalar que de acuerdo a lo informado por el Instituto de Normalización Previsional y lo verificado por esta Superintendencia, solamente una Caja de Compensación ha informado el valor unitario de las asignaciones familiares de los tramos a) y b) actualizadas, a contar de julio de 2006.

En consecuencia, esta Superintendencia viene en representar dicho incumplimiento, ordenando a todas las Cajas de Compensación que den aplicación estricta a las instrucciones impartidas por esta Superintendencia mediante la Circular N° 2298, de 16 de mayo de 2006.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
04/04/2011 Circular 2728 Asignación familiar ASIGNACIÓN FAMILIAR DE LOS BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO DE LA LEY N° 19.728. DEJA SIN EFECTO LAS INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE LA CIRCULAR CONJUNTA N° 2204, DE LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL Y N° 75, DE LA EX-SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES, HOY SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES, AMBAS DE 03 DE MAYO DE 2005. CONJUNTA CON CIRCULAR N° 1761 DE LA SUPERINTENDENCIA DE PENSIONES D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19728
27/03/2011 Circular 2724 Asignación familiar ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DEL OTORGAMIENTO Y PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES Y MATERNALES A LOS TRABAJADORES BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO DE LA LEY N° 19.728 D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 54, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 173, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18987; Ley N° 19728; Ley N° 20328
15/06/2010 Circular 2650 Asignación familiar Asignaciones Familiares de los trabajadores que se encuentren con permiso para Reconstrucción de la Ley N° 20.440. Imparte instrucciones. D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 19728; Ley N° 20328; Ley N° 20440
16/05/2006 Circular 2298 Asignación familiar Asignaciones Familiar Maternal. Imparte instrucciones sobre los Nuevos Montos que regirán a contar del 1° Julio de 2006. D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 20079
13/06/2005 Circular 2213 Asignación familiar Asignaciones Familiar y Maternal. Imparte instrucciones sobre los nuevos Montos que regirán a contar del 1 °de Julio de 2005. D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 18806; Ley N° 18987; Ley N° 19073; Ley N° 19152; Ley N° 19350; Ley N° 19728; Ley N° 19985;
03/05/2005 Circular 2204 Asignación familiar PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A BENEFICIARIOS DEL FONDO DE CESANTÍA SOLIDARIO. REEMPLAZA A CIRCULAR N° 2155, DE ESTA SUPERINTENDENCIA Y 56 DE LA SUPERINTENDENCIA DE FONDOS DE PENSIONES, AMBAS DE FECHA 13 DE AGOSTO DE 2004. IMPARTE INSTRUCCIONES. D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16195; Ley N° 19728
13/08/2004 Circular 2155 Asignación familiar PAGO DE ASIGNACIONES FAMILIARES A BENEFICIARIOS DEL FONDO SOLIDARIO DEL SEGURO DE CESANTÍA. PROCEDIMIENTO TRANSITORIO. IMPARTE INSTRUCCIONES. D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3502, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18987; Ley N° 19728, artículo 20.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
09/03/2011 Dictamen 13537-2011 Asignación familiar Pago D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
11/06/2010 Dictamen 35464-2010 Asignación familiar Beneficiarios - Derecho - Muerte - Procedimiento D.F.L. N°150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
19/12/2007 Dictamen 83843-2007 Asignación familiar   D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 18.987; Ley Nº 19.152
28/04/2006 Dictamen 20551-2006 Asignación familiar   D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley Nº 18.987; Ley Nº 19.152
Título Detalle
Ley 19.728 Ley 19.728

Legislación citada

Ley 19.728

Circulares citadas

229822132204

Fiscalizados

Cajas de Compensación

Vea además:

Cajas de CompensaciónDictámenes SUSESO