Dictamen 53000-2009
1.- El Sr. Alcalde de la I. Municipalidad de Navidad ha planteado a esta Superintendencia
que con motivo de una fuerte campaña publicitaria para afiliar a pensionados, distintas
C.C.A.F. llegaron a esa Comuna a fines del año pasado y durante el presente año. Señala
que en su mayoría los beneficiarios de pensiones básicas solidarias firmaron su incorporación
a estas entidades sin tener siquiera claridad de lo que implicaba esta afiliación,
por lo que al hacer efectivos los descuentos del aporte se dirigieron a ese Municipio
para reclamar y solicitar la gestión ante la respectiva C.C.A.F. para que los desafiliara
del sistema, trámite que se ha tornado engorroso y de muy difícil acceso, ya que los
pensionados deben concurrir a sus oficinas ubicadas en su mayoría en Santa Cruz, San
Fernando o Rancagua, derivación regional que les corresponde, pero que dada la ubicación
geográfica de la Comuna de Navidad y la ausencia total de locomoción colectiva, además
de ser de muy difícil desplazamiento, es de un costo altísimo para personas de escasos
recursos.
Agrega que considerando que las distintas C.C.A.F. fueron con sus oficinas móviles
a esa Comuna y recorrieron localidades apartadas de las vías principales, para conseguir
la mayor cantidad de afiliaciones, se solicita que se otorguen las mismas facilidades
para que los pensionados puedan desafiliarse, esto es, que las oficinas móviles vuelvan
a presentarse en esa Comuna para los efectos señalados.
2.- Esta Superintendencia revisó los calendarios de Oficinas móviles que esas C.C.A.F.
le informaron para el mes de octubre del año en curso y en ellos no está contemplada
la Comuna de Navidad.
Por ende y a fin de dar solución al problema social planteado por el Sr. Alcalde de
la I. Municipalidad de Navidad, se solicita a esas C.C.A.F. que contemplen visitas
de sus Oficinas móviles a dicha Comuna a fin de atender las necesidades de los pensionados
que afiliaron en ella, atendida la dificultad de estos para trasladarse fuera de la
Comuna.
Para los efectos de hacer lo más eficiente posible la concurrencia de sus oficinas
móviles, se solicita a cada C.C.A.F. que comunique al Sr. Alcalde de la I. Municipalidad
de Navidad, con a lo menos 20 días de anticipación, las fechas y horarios en que sus
oficinas móviles estarán en esa Comuna
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 22/11/2007 | Circular 2415 | Cajas de Compensación | AGENCIAS MÓVILES DE LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. IMPARTE INSTRUCCIONES. | Ley N° 16395; Ley N° 18833 |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 07/10/2016 | Dictamen 56177-2016 | Cajas de Compensación | Agencias móviles | Leyes N° 16.395 y 18.833. |
| 05/12/2013 | Dictamen 76904-2013 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Pensionados | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539. |
| 06/02/2013 | Dictamen 8468-2013 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Voluntad | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. Circulares Nºs. 1669/1998, 2226/2005, 2325/2006, 2412/2007, 2415/2007 y 2754/2011, todas de esta Superintendencia. |
| 10/12/2012 | Dictamen 79264-2012 | Cajas de Compensación | Afiliación - Pensionados - Poder | Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539. |
| 19/10/2012 | Dictamen 67137-2012 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Pensionados - Plazos | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
| 04/06/2012 | Dictamen 35206-2012 | Cajas de Compensación | Afiliación - Desafiliación - Pensionados | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
| 09/09/2011 | Dictamen 54865-2011 | Cajas de Compensación | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.09-09-2011 | |
| 17/06/2011 | Dictamen 35730-2011 | Cajas de Compensación | Desafiliación voluntaria - Desafiliaiicón por vicios de la afiliación - Prestaciones complementarias prestaciones adicionales cláusula penal de la maleta de beneficios sénior (mbs) | Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. |
| 31/12/2010 | Dictamen 69270-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
| 20/10/2010 | Dictamen 66349-2010 | Cajas de Compensación | Desafiliación - Pensionados - Poder | Ley N° 16395; Ley N° 18833; Ley N° 19539. |
| 14/07/2010 | Dictamen 43802-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.539. D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
| 23/06/2010 | Dictamen 38296-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395, Ley N° 18.833; Ley N°19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. | |
| 05/05/2010 | Dictamen 26797-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
| 29/04/2010 | Dictamen 25637-2010 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social | |
| 17/03/2010 | Dictamen 14690-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Consentimiento | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978; del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 25/02/2010 | Dictamen 11127-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Engaño - Firma | Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 22/02/2010 | Dictamen 10015-2010 | Cajas de Compensación | Afiliación - Engaño | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 18/02/2010 | Dictamen 9756-2010 | Créditos sociales | Crédito social - Fraude | Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
| 25/11/2009 | Dictamen 61908-2009 | Cajas de Compensación | Oficio Ord. N° 46064, del 22 de septiembre de 2009, de la Superintendencia de Seguridad Social | |
| 03/09/2009 | Dictamen 42798-2009 | Cajas de Compensación | Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |