Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materias
LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS
TÍTULO III. Estudios de investigación e innovación
D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materias
Instrucciones sobre registro del gasto y otras materias
- Las mutualidades deberán registrar el gasto incurrido y/o provisionado en estos proyectos en los ítems 21110 "Provisiones" y 42050 "Prestaciones preventivas de riesgos" del FUPEF-IFRS contenido en el Capítulo II, Letra A, Título IV, del Libro VIII, según corresponda, y mostrar dicho gasto de la forma requerida en la Notas explicativas respectivas, es decir, en las NOTA 33 "PROVISIONES, RETENCIONES, OBLIGACIONES PREVISIONALES E IMPUESTOS" y en la NOTA 49 "PRESTACIONES PREVENTIVAS DE RIESGOS", ambas del Capítulo III, Letra A.,Título IV del Libro VIII;
- El Instituto de Seguridad Laboral deberá registrar el gasto incurrido en estos proyectos en el ítem 42050 'Prestaciones Preventivas de Riesgos' de los Reportes de Estado de Situación Financiera Clasificado y de Estado de Resultados por Función contenidos en el Capítulo II, Letra C, Título IV, del Libro VIII, según corresponda, y mostrar dicho gasto de la forma requerida en la Nota explicativa NOTA 49 "PRESTACIONES PREVENTIVAS DE RIESGOS", del Capítulo III, Letra A, Título IV del Libro VIII;
- En relación a la provisión del Ítem 21110 "Provisiones", la diferencia que se genere entre el monto asignado en el respectivo decreto de presupuesto anual y el monto total de los proyectos asignados por el Comité de Evaluación, señalado en la Letra B de este Título III, deberá traspasarse para la convocatoria del año siguiente. Asimismo, deberá incluirse en dicha provisión toda diferencia que se produzca por diferentes motivos, en el proceso de asignación y ejecución de los proyectos contemplados en el respectivo año;
- Los documentos a los que se hace referencia, así como la documentación escrita y digital que se genere en el desarrollo de los proyectos, deben estar disponibles para ser auditados en cualquier momento por la Superintendencia de Seguridad Social;
- La Superintendencia de Seguridad Social publicará los informes finales de los proyectos en su sitio web, www.suseso.cl, específicamente en la Biblioteca de Recursos Digitales, a medida que estos estén disponibles. Las opiniones, análisis y conclusiones expresadas en los proyectos de investigación e innovación son de exclusiva responsabilidad de sus autores y no representan necesariamente la posición ni la opinión de la Superintendencia de Seguridad Social;
- Anualmente se invitará a las personas adjudicatarias y encargadas de los proyectos a presentar los resultados de los proyectos realizados, en un seminario de alcance nacional, que financiarán los organismos administradores, y
- Se deberá dar la mayor difusión a las presentes instrucciones y las personas encargadas de cumplirlas deberán conocer el texto íntegro de las mismas.
6 notas
Esta(e) Letra fue modificado(a) por la Circular 3918 del 24 de julio de 2026.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasNota personalizada, Actualización 112, Circular 3918, Libro IV, Titulo III, Letra C; 24-07-2026Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Letra fue modificado(a) por la Circular 3870 del 21 de julio de 2025.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasNota personalizada, Actualización 103, Circular 3870, Libro IV, Titulo III, Letra D; 21-07-2025Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Letra fue modificado(a) por la Circular 3815 del 26 de junio de 2024.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasActualización 90, Circular 3815, Libro IV, Título III Letra D; 26-06-2024Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Letra fue modificado(a) por la Circular 3736 del 06 de abril de 2023.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasNota personalizada, Actualización 78, Circular 3736, Libro IV, Título III, Letra E; 06-04-2023Modificación vigente a partir de la misma.
Esta(e) Letra fue modificado(a) por la Circular 3668 del 17 de mayo de 2022.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasNota personalizada, Actualización 66 - Circular 3668 - Libro IV, Título III, Letra E; 17-05-2022Modificación vigente a partir de la misma fecha.
Esta(e) Letra fue incorporado(a) por la Circular 3414 del 12 de abril de 2019.D. Instrucciones sobre registro del gasto y otras materiasNota personalizada, Libro IV, Título III, Letra E, Circular N°3414 del 12-04-2019Modificación vigente a partir de la misma fecha.