Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales
8. Remisión de los acuerdos de directorio de las sociedades u organismos filiales donde las mutualidades tengan participación directa e indirecta
LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS
TÍTULO II. Gestión Interna de los organismos administradores
C. Acuerdos de directorio y resoluciones del Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
CAPÍTULO I. Acuerdos de directorio
8. Remisión de los acuerdos de directorio de las sociedades u organismos filiales donde las mutualidades tengan participación directa e indirecta
Remisión de los acuerdos de directorio de las sociedades u organismos filiales donde las mutualidades tengan participación directa e indirecta
Las mutualidades deberán remitir, para conocimiento, los acuerdos de directorio de las sociedades u organismos en que tengan participación directa e indirecta, relativos a inversiones en infraestructura, a más tardar, el último día del mes siguiente al que fue adoptado dicho acuerdo.
Los acuerdos de directorio remitidos deberán acompañarse de un informe que contengan a lo menos, aspectos tales como: objetivo, justificación, monto de la inversión, financiamiento, etc.