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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3781-2019 (Resolución Exenta IBS)

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Fecha: 19 de marzo de 2019

Materia: LICENCIAS MÉDICAS, SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Tema: LICENCIAS MÉDICAS, SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: COMPIN

Observación: Procede que una vez agotados los días de permiso por una contingencia grave de salud, pueda volver a hacer uso de los días de permiso por otra de las contingencias graves de salud, consdideradas en la Ley SANNA, que no han sido agotados.

Acción: Instruye

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas;

Fuentes: Ley Nº16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°21.063

Concordancia con Circulares: Circular N°3364, de 22/06/2018, de esta Superintendencia.

Visto:
La Ley Nº16.395 que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; el D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional; la Ley N°21.063, la Circular N°3364, de 22/06/2018, de esta Superintendencia y la Resolución N°1600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:
Que, mediante presentación de 04/03/2019, ha recurrido a esta Superintendencia la interesada, reclamando por el rechazo de la licencia médica SANNA, emitida en jornada parcial, por 30 días a contar del 24/09/2018.
A su vez, solicita se aclare si una vez agotados los días de permiso por contingencia trasplante, puede volver a hacer uso de los días de permiso por la contingencia cáncer, ya que según expone, no agotó sus 90 días y su hijo se encuentra aún en tratamiento.
Que, los incisos primero y segundo del artículo 14 de la Ley N°21.063, establecen que "El permiso para cada trabajador o trabajadora en caso de cáncer tendrá una duración de hasta noventa días, por cada hijo o hija afectado por esa condición grave de salud, dentro de un período de doce meses, contados desde el inicio de la primera licencia médica. El permiso podrá ser usado por hasta dos períodos continuos respecto del mismo diagnóstico.
El permiso para cada trabajador o trabajadora en caso de trasplante de órgano sólido y de progenitores hematopoyéticos tendrá una duración de hasta noventa días, por cada hijo o hija afectado por esa condición grave de salud, respecto del mismo diagnóstico, contados desde el inicio de la primera licencia médica".
Que, por su parte, el artículo 3° de la citada ley, señala que "Son beneficiarios del Seguro, el padre y la madre trabajadores de un niño o niña mayor de un año y menor de dieciocho años de edad, afectado por las contingencias cáncer, trasplante o fase o estado terminal de la vida".
Que, respecto al reclamo por el rechazo de la licencia folio S99, emitida en jornada parcial, por 30 días a contar del 24/09/2018, consta en los registros de esta Superintendencia que la interesada tramitó para un mismo empleador y respecto del mismo período, la licencia folio S93, emitida por 30 días a contar del 24/09/2018, por lo que su rechazo es procedente, por superposición del período de permiso.
Que, en cuanto a la consulta sobre si procede que una vez agotados los días de permiso por contingencia trasplante, pueda volver a hacer uso de los días de permiso por contingencia cáncer, que no fueron agotados, esta Superintendencia cumple con informar que respecto al caso planteado, es posible hacer uso de los días por contigencia cáncer que no fueron agotados, sin embargo, cabe tener presente que rige la limitante de la edad del menor causante del beneficio, por lo que una vez agotados los días otorgados en razón de la contingencia trasplante, la interesada podrá hacer uso de los días por contingencia cáncer, hasta el día 28/02/2019, anterior a aquel en que su hijo cumple los 18 años de edad.
Que, lo anterior, por cuanto corresponde tener en consideración que configura una causal de rechazo de la licencia SANNA, que el causante supere la edad límite de cobertura del Seguro, tal como se precisó en el numeral 9 del Capítulo IV de la Circular N°3364, de este Organismo.

Resuelvo:
Confírmese lo obrado por el Departamento de Coordinación Nacional de COMPIN, que rechazó la licencia médica SANNA folio S99, emitida en jornada parcial, por 30 días a contar del 24/09/2018.
Instrúyese a la Subcomisión, tramitar y autorizar los días de permiso por contingencia cáncer hasta el 28/02/2019, día anterior al cumplimiento de los 18 años de edad del causante.

ANÓTESE, NOTIFÍQUESE, REGÍSTRESE Y ARCHÍVESE
POR ORDEN DEL SUPERINTENDENTE

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
23/07/2024 Circular 3818 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LOS NUEVOS INCISOS QUINTO Y SEXTO DEL ARTÍCULO 15 DE LA LEY N°21.063 ley N° 21.063; Ley N° 21.614
20/10/2023 Circular 3785 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). ACTUALIZA INSTRUCCIONES. REEMPLAZA Y DEROGA CIRCULAR N°3.364, DE 2018 Y CIRCULAR N°3.407, DE 2019, AMBAS DE ESTA SUPERINTENDENCIA ley N° 21.063; Ley N° 21.614
28/09/2023 Circular 3768 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LA CONTINGENCIA “ENFERMEDAD GRAVE QUE REQUIERA HOSPITALIZACIÓN EN UNA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS O DE TRATAMIENTOS INTERMEDIOS”, ESTABLECIDA EN LA LETRA E) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063 ley N° 21.063; Ley N° 21.614
28/09/2023 Circular 3767 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS POR LAS CIRCULARES N°s 3.363 Y 3.364, MODIFICADA ESTA ÚLTIMA POR LA CIRCULAR N°3.407 Leyes N°s 21.063 y 21.614
28/12/2021 Circular 3646 Licencias médicas - Varios IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAUSALES DE RECHAZO DE ORDEN JURÍDICO DE LA LICENCIA MÉDICA Ley Nª 16.394; D.S. Nª 3, de 1984, del MINSAL
25/01/2021 Circular 3575 Licencias médicas APLICACIÓN DE LAS MODIFICACIONES QUE SE INDICAN, AL D.S. N°3, DE 1984, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE AUTORIZACIÓN DE LICENCIAS MÉDICAS POR LAS COMISIONES DE MEDICINA PREVENTIVA E INVALIDEZ Y LAS INSTITUCIONES DE SALUD PREVISIONAL, INTRODUCIDAS POR EL DECRETO N°46 de 2019, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES Ley N° 16.395. D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
24/11/2020 Circular 3559 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA “ACCIDENTE GRAVE CON RIESGO DE MUERTE O DE SECUELA FUNCIONAL GRAVE Y PERMANENTE”, ESTABLECIDA EN LA LETRA D) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063 Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744
07/09/2020 Circular 3533 Ley Sanna INFORMA SOBRE EL “SISTEMA DE INFORMACIÓN TECNOLÓGICO DEL SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS” (SIT-SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES Ley Nº 16.395; Artículo 21, 42 Ley Nº 21.063; Ley Nº 16.744
13/12/2019 Circular 3479 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE CONTINGENCIA ESTADO O FASE TERMINAL DE LA VIDA, ESTABLECIDA EN LA LETRA C) DEL ARTÍCULO 7° DE LA LEY N°21.063. Ley N°16.395; Artículo 2, 6, 7, 10, 12, 13, 14, 42 de la Ley N°21.063; Ley N°20.585; Artículo 1° del decreto con fuerza de ley N°1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; Artículo 42 número 2 de la Ley de Impuesto a la Renta]; inciso primero del artículo 89 del D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N°19.966; Artículo 21 del Decreto N°69, de enero de 2019; Ley N°16.744
13/03/2019 Circular 3407 Ley Sanna SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). COMPLEMENTA Y MODIFICA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS EN LA CIRCULAR N° 3.364, A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO Ley N° 21.133; Ley N° 16.395; Ley N° 21.063
22/06/2018 Circular 3364 Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR N° 3346, IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES E INSTITUCIONES QUE PARTICIPAN EN LA GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DEL SEGURO DE LA LEY N°21.063, PARA EL OTORGAMIENTO DEL BENEFICIO. Ley N° 21.063.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
31/08/2023 Dictamen O-01-S-00857-2023 Ley Sanna Ley SANNA Leyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud.
25/10/2022 Dictamen 4327-2022 Ley Sanna Ley SANNA - Base de cálculo Leyes N°s 16.395 y 21.063
30/06/2022 Dictamen 2589-2022 Ley Sanna Ley SANNA Leyes N°s. 16.395 y 21.063 y, Decreto N°4, de 2020, del Ministerio de Salud.
17/11/2021 Dictamen 4297-2021 Asignación familiar - Ley Sanna - Licencias médicas - Seguro laboral (Ley 16.744) - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Trabajadores independientes Trabajadores independientes Leyes N°s. 16.395 y 21.133
04/05/2021 Dictamen 54652-2021 Ley Sanna Ley SANNA - Base de cálculo Ley Nº 16.395; Ley Nº 21.063
04/02/2021 Dictamen 468-2021 Ley Sanna Ley Sanna Leyes N°s 16.395 y 21.063, y Decretos N°4 y 1, de 2020 y 2021, respectivamente, ambos del Ministerio de Salud
13/01/2021 Dictamen 3306-2021 Ley Sanna Ley SANNA  
17/06/2020 Dictamen 2018-2020 Ley Sanna Ley SANNA Leyes N°s 16.395 y 21.063 y Decretos N°4, de 5 de enero de 2020, del Ministerio de Salud y N°104, de 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, prorrogado por el decreto N°269, de 12 de junio de 2020, del citado Ministerio.
13/11/2019 Dictamen 6807-2019 Ley Sanna Seguro para el acompañamiento de niños y niñas Leyes N°s.16.395; Artículo 1, 2°, letra b) de la Ley N°21.063; Ley N°16.744; Ley N°21.010; D.L. N°3.500, 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
09/08/2019 Dictamen 5363-2019 Ley Sanna Ley Sanna  
10/07/2019 Dictamen 4960-2019 Ley Sanna Ley Sanna - Licencias médicas : Artículos 12, 13, 14 de la Ley N°21.063, Decreto 69, de 2019, del Ministerio del Trabajo y Previsión
25/06/2019 Dictamen 4647-2019 Ley Sanna Licencias médicas - Ley Sanna Ley N°21.063
24/05/2019 Dictamen 3975-2019 Ley Sanna Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - Licencia médica Ley SANNA Leyes N°s 16.395 y 21.063
24/04/2019 Dictamen 3435-2019 Ley Sanna Ley SANNA Ley N°21.063; decreto con fuerza de ley N° 1, de 1968, del Ministerio de Defensa Nacional,
11/04/2019 Dictamen 4620-2019 (Resolución Exenta IBS) Ley Sanna Seguro para el acompañamiento de niños y niñas Ley Nº16.395; artículo 9° inciso final, de la Ley N°21.063; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud
09/04/2019 Dictamen 05961-2019 Ley Sanna Resolución - Licencias Médicas SANNA - Causales - De orden jurídico administrativo - Incumplimiento del reposo - Rechazo Ley N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063
03/04/2019 Dictamen 05106-2019 Ley Sanna Traspaso - Licencias Médicas SANNA - Tramitación Ley N°16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; artículo 7, 15, 21 Ley N°21.063
05/02/2019 Dictamen 00701-2019 Ley Sanna Licencias Médicas SANNA - Resolución - Causales - De orden jurídico administrativo - Rechazo Ley N° 16.395; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 21.063
13/11/2018 Dictamen 55415-2018 Ley Sanna - Licencias médicas Seguro para el acompañamiento de niños y niñas Ley N°21.063.
13/11/2018 Dictamen 55417-2018 Ley Sanna - Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Seguro para el acompañamiento de niños y niñas Ley N°21.063.
06/11/2018 Dictamen 54147-2018 Ley Sanna - Licencias médicas Seguro para el acompañamiento de niños y niñas D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N°3.500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, que establece el Nuevo Sistema de Pensiones y Leyes N°s. 17.322, 21.010 y 21.063.
Título Detalle
Ley 16.395 Ley 16.395
Decreto 3 de 1984 del Ministerio de Salud DS 3 de 1984 Minsal