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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 46737-2013

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Fecha: 25 de julio de 2013

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Presupuesto

Fuentes: Ley N° 16.395. Decreto Supremo N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de esta Superintendencia.

Concordancia con Circulares: Circular N° 2094, de 2003, de esta Superintendencia.


1.- Mediante Ordinario de antecedentes, ese Servicio de Salud ha solicitado a esta Superintendencia autorización para crear, si procede, en el ítem "Otros", código11080, del Balance de Comprobación y Saldos de su Servicio de Bienestar, una cuenta que represente las partidas por percibir correspondientes a descuentos aplicados a los funcionarios afiliados, por cuotas de deudas contraídas por estos con casas comerciales en convenio.

2.- Al respecto, esta Superintendencia cumple con reiterar las instrucciones sobre la materia, contempladas en su Circular N° 2094, citada en fuentes:

2.1 El ítem Otros (1180), corresponde al Balance General Clasificado requerido anualmente por esta Superintendencia y no al denominado Balance de Comprobación y Saldos, del sistema contable operado por la Entidad; este último contiene las denominadas "cuentas" empleadas por la contabilidad en el registro de sus diversas transacciones. Es así que en el referido ítem, se deberán incluir todas aquellas partidas (cuentas) que no puedan ser clasificadas en las demás definiciones del activo circulante (respecto de las cuales se debe informar en la Nota Explicativa N° 9 del mencionado Balance Clasificado).

2.2 Los Servicios de Bienestar deben actuar sólo como intermediarios en las operaciones de los afiliados con las Casas Comerciales en convenio; los créditos obtenidos por los afiliados en esas entidades, deben ser controlados por el Servicio de Bienestar en forma extracontable. De esta manera, se debe registrar en su contabilidad y en una cuenta de pasivo, el compromiso del Servicio de Bienestar con estas Entidades, sólo cuando las retenciones efectuadas por el Servicio de Salud a los afiliados son remitidas e ingresadas en el Bienestar; el saldo de esta cuenta de pasivo refleja lo que se encuentra pendiente de pago al 31 de diciembre de cada año o, en su caso, al cierre de un ejercicio contable en otra fecha.

3.- Atendido lo expuesto, no corresponde registrar en la contabilidad del Servicio de Bienestar las partidas por percibir de cuotas contraídas por los afiliados con las referidas Entidades Comerciales. Esta información debe mantenerse sólo a nivel extracontable.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
11/01/2021 Circular 3568 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO MODIFICA CIRCULAR N° 3.268 RELATIVA A FORMATO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS F.U.P.E.F. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395
14/02/2017 Circular 3279 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MATERIAS PRESUPUESTARIAS. REEMPLAZA CIRCULAR N° 2.698, DE 2010. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395
22/12/2016 Circular 3268 Servicios de Bienestar SERVICIO DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. ACTUALIZA INSTRUCCIONES SOBRE FORMATO DE PRESENTACIONES DE ESTADOS FINANCIEROS F.U.P.E.F. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395
02/04/2015 Circular 3106 Servicios de Bienestar SISTEMA CONTABLE COMPUTACIONAL PARA LOS SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. MODIFICA CIRCULARES N°S 2036, 2094, 2095 Y 2435. D.S. N° 28, de 1994, del ministerio del Trabajo y Previsión social; Ley N° 16395
23/11/2010 Circular 2698 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MATERIAS PRESUPUESTARIAS. REEMPLAZA CIRCULAR N° 2.107, DE 2004. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
04/10/2007 Circular 2400 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DEPENDIENTES, TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO Y MODIFICACIONES CIRCULARES N° 1.592 Y N° 2.094. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
27/01/2004 Circular 2107 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones sobre Materias Presupuestarias. Reemplaza Circular N° 979, de 1986. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
09/12/2003 Circular 2094 Servicios de Bienestar FORMATO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS (F.U.P.E.F.). TEXTO REFUNDIDO Y ACTUALIZADO DE INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1056, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18267; Ley N° 18382
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
24/05/2019 Dictamen 3977-2019 Servicios de Bienestar Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social
17/11/2016 Dictamen 64558-2016 Seguro laboral (Ley 16.744) Auditoría Balance Ley N° 16.395. Decreto Supremo N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094 de esta Superintendencia
07/10/2016 Dictamen 56339-2016 Servicios de Bienestar Sanción cuenta contable D.S. N° 28, de 1994, del M. del T. y P. S. Circular N° 2094, de esta Superintendencia.
03/07/2015 Dictamen 42120-2015 Servicios de Bienestar Balance partidas Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
10/06/2014 Dictamen 36086-2014 Servicios de Bienestar Castigo deuda incobrable Ley N° 16.395. D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de este Organismo Fiscalizador.
27/03/2014 Dictamen 18599-2014 Servicios de Bienestar Castigo deuda incobrable Ley N° 16.395. D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de este Organismo Fiscalizador.
06/06/2012 Dictamen 36086-2012 Servicios de Bienestar Codeudor solidario - Préstamos Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994 y D.S N° 64, de 1998, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Código del Trabajo, D.F.L. N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
11/10/2011 Dictamen 62032-2011 Servicios de Bienestar Acuerdos - Afiliación - Aportes - Consejo administrativo - Contabilidad - Facultades - Pensionados - Préstamos - Presupuesto Leyes N°s. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N°s. 28, de 1994, y 14, de 2011, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
28/12/2006 Dictamen 69256-2006 Servicios de Bienestar   Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 23, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
30/09/2005 Dictamen 47348-2005 Servicios de Bienestar   Ley Nº 16.395; D.S. Nºs 28, de 1994, y 179, de 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.