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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 36086-2014

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Fecha: 10 de junio de 2014

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR

Destinatario: MINISTERIO SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Castigo Deuda incobrable

Fuentes: Ley N° 16.395. D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de este Organismo Fiscalizador.

Concordancia con Circulares: Circular N° 2094, de la SUSESO



1.- Mediante Oficio de antecedentes, ese Servicio de Bienestar ha solicitado a esta Superintendencia un pronunciamiento sobre cómo proceder para el reconocimiento de partidas que incluye el balance de ese Servicio de Bienestar y que se arrastran desde el año 2009 a la fecha. Agrega que se han realizado todas las gestiones tanto de cobro como de cancelación con proveedores y afiliados; sin embargo, hasta la fecha, estas partidas aún se mantienen afectando el balance de ese Servicio de Bienestar.


Para efectos de precisar esta solicitud, usted en comunicación telefónica manifestó que lo que solicita es recibir instrucciones sobre cómo proceder con el saldo de $ 3.231.384, presentado en los estados financieros al 31 de diciembre de 2013 en el ítem 12020 Deudas de Dudosa Recuperación.

2.- Sobre el particular, este Organismo señala que conforme a las instrucciones impartidas sobre la materia en la Circular N° 2094, en el ítem 12020 Deudas de Dudosa Recuperación, el Servicio de Bienestar después de identificar plenamente a quienes corresponden los saldos deudores y de haber agotado prudencialmente los medios de cobro tendientes a su recuperación, podrá proceder al castigo contable de esas deudas, el cual se encuentra regulado por el artículo 19 de la Ley N° 18.382. Dicha norma legal es aplicable a la deudas que se estiman incobrables relacionadas con las oficinas de bienestar, y establece que su castigo requiere de la previa autorización del Ministro del ramo correspondiente, en este caso del Ministro Secretario General de Gobierno y luego del Ministro de Hacienda. Aprobado por ambos Ministerios, se puede contabilizar el castigo.












3.- En consecuencia, se considera atendida la consulta formulada por el Servicio de Bienestar del Ministerio Secretaría General de Gobierno.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
11/01/2021 Circular 3568 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO MODIFICA CIRCULAR N° 3.268 RELATIVA A FORMATO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS F.U.P.E.F. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395
14/02/2017 Circular 3279 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MATERIAS PRESUPUESTARIAS. REEMPLAZA CIRCULAR N° 2.698, DE 2010. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395
22/12/2016 Circular 3268 Servicios de Bienestar SERVICIO DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. ACTUALIZA INSTRUCCIONES SOBRE FORMATO DE PRESENTACIONES DE ESTADOS FINANCIEROS F.U.P.E.F. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395
02/04/2015 Circular 3106 Servicios de Bienestar SISTEMA CONTABLE COMPUTACIONAL PARA LOS SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. MODIFICA CIRCULARES N°S 2036, 2094, 2095 Y 2435. D.S. N° 28, de 1994, del ministerio del Trabajo y Previsión social; Ley N° 16395
23/11/2010 Circular 2698 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE MATERIAS PRESUPUESTARIAS. REEMPLAZA CIRCULAR N° 2.107, DE 2004. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
04/10/2007 Circular 2400 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR. ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DEPENDIENTES, TRATAMIENTO PRESUPUESTARIO Y MODIFICACIONES CIRCULARES N° 1.592 Y N° 2.094. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
27/01/2004 Circular 2107 Servicios de Bienestar Servicios de Bienestar. Imparte instrucciones sobre Materias Presupuestarias. Reemplaza Circular N° 979, de 1986. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
09/12/2003 Circular 2094 Servicios de Bienestar FORMATO ÚNICO DE PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS (F.U.P.E.F.). TEXTO REFUNDIDO Y ACTUALIZADO DE INSTRUCCIONES IMPARTIDAS A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 670, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 824, de 1974, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 1056, de 1975, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 18267; Ley N° 18382
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
24/05/2019 Dictamen 3977-2019 Servicios de Bienestar Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social
17/11/2016 Dictamen 64558-2016 Seguro laboral (Ley 16.744) Auditoría Balance Ley N° 16.395. Decreto Supremo N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094 de esta Superintendencia
07/10/2016 Dictamen 56339-2016 Servicios de Bienestar Sanción cuenta contable D.S. N° 28, de 1994, del M. del T. y P. S. Circular N° 2094, de esta Superintendencia.
03/07/2015 Dictamen 42120-2015 Servicios de Bienestar Balance partidas Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
27/03/2014 Dictamen 18599-2014 Servicios de Bienestar Castigo deuda incobrable Ley N° 16.395. D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de este Organismo Fiscalizador.
25/07/2013 Dictamen 46737-2013 Servicios de Bienestar Presupuesto Ley N° 16.395. Decreto Supremo N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Circular N° 2094, de 2003, de esta Superintendencia.
06/06/2012 Dictamen 36086-2012 Servicios de Bienestar Codeudor solidario - Préstamos Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994 y D.S N° 64, de 1998, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Código del Trabajo, D.F.L. N° 5, de 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
11/10/2011 Dictamen 62032-2011 Servicios de Bienestar Acuerdos - Afiliación - Aportes - Consejo administrativo - Contabilidad - Facultades - Pensionados - Préstamos - Presupuesto Leyes N°s. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N°s. 28, de 1994, y 14, de 2011, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
14/06/2010 Dictamen 36086-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Dependientes - Personas protegidas Ley N°19.170; D.S. N°3, de 1984 del Ministerio de Salud; Decreto Supremo N°2259, de 1931 del ex-Ministerio de Fomento.
28/12/2006 Dictamen 69256-2006 Servicios de Bienestar   Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. Nº 23, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
30/09/2005 Dictamen 47348-2005 Servicios de Bienestar   Ley Nº 16.395; D.S. Nºs 28, de 1994, y 179, de 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Título Detalle
Artículo 19 Ley 18.382, artículo 19