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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 57677-2017

Suscripción de convenios por Servicios de Bienestar.

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Fecha: 12 de diciembre de 2017

Tema: SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO

Destinatario: MINISTROS, SUBSECRETARIOS, INTENDENTES Y JEFES DE INSTITUCIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS (SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO FISCALIZADOS POR ESTA SUPERINTENDENCIA)

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Servicios de Bienestar; Convenio

Fuentes: : Ley N°.16.395; Ley N° 19.886; artículo 16 D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

Concordancia con Oficios: : Oficio N° 44.600, de 25 de septiembre de 2017, Oficio N° 39.474 de 18 de agosto de 2005, ambos de esta Superintendencia; Dictamen N°14.347, de 20 de noviembre de 2017 y Dictamen N°28.985, de 21 de junio de 2005, ambos de la Contraloría General de la República

Concordancia con Circulares: 1348, de esta Superintendencia

1.- Atendiendo la inquietud planteada por la Red de Servicios de Bienestares fiscalizados por este Organismo, mediante el Oficio N° 44.600, de 25 de septiembre de 2017, esta Superintendencia solicitó a la Contraloría General de la República clarificar su pronunciamiento en orden a que los convenios que suscriben, a través de la autoridad superior de la cual dependen, con empresas, destinados a obtener ventas al contado o a crédito de toda clase de bienes, mercaderías o servicios para satisfacer las necesidades de sus afiliados se ajusten a lo dispuesto en el inciso primero del artículo 16, del D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

2.- Por Dictamen N°14.347, de 20 de noviembre de 2017, el Organismo Contralor precisó "... la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control ha distinguido dos supuestos en que los Servicios de Bienestar firman convenios, uno en los que se adquieren bienes o servicios para sus afiliados a través del jefe de servicio, caso en el cual deben ceñirse a la ley N° 19.886 y otro en que solo acuerdan condiciones más ventajosas para los mismos - quienes serán los que se relacionan directamente con esos proveedores -, hipótesis en que se suscriben conforme a lo establecido en el mencionado artículo 16 del decreto supremo N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, no estando afectos a la citada ley N°19.886.".

3.- En consecuencia, esta Superintendencia manifiesta que siendo vinculante para los Órganos de la Administración del Estado, procede que los Servicios de Bienestar fiscalizados por este Organismo, den pleno cumplimiento a lo dictaminado por la Contraloría General de la República.

No obstante y de acuerdo con lo precedentemente expuesto, a contar de esta fecha, esta Superintendencia deja sin efecto su Oficio N° 39.474 de 18 de agosto de 2005, que declaró la obligatoriedad de aplicar la Ley N° 19.886, a los Servicios de Bienestar del sector público, en la suscripción de los convenios de que se trata, en concordancias con el Dictamen N°28.985, de 21 de junio de 2005, de la Contraloría General de la República.

4.- Finalmente y sin perjuicio de lo anteriormente resuelto, se hace presente que por la Circular Nº1348, de 1994, esta Superintendencia impartió instrucciones acerca de la forma en que los Servicios de Bienestar deben plantear sus consultas, esto es, que los informes deben contener la opinión fundada sobre la materia y, cuando corresponda, se deberá señalar, además, la proposición que recomiende o sugiera al respecto.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
19/03/2020 Circular 3502 Servicios de Bienestar SERVICIOS DE BIENESTAR DEL SECTOR PÚBLICO. IMPARTE INSTRUCCIONES ACERCA DE LA FORMA EN QUE DEBEN PLANTEAR LAS CONSULTAS A ESTA SUPERINTENDENCIA. DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULAR 1348. Artículo 2, de la Ley Nº 16.395; D.S.Nº 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
05/07/1994 Circular 1348 Servicios de Bienestar IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS DE BIENESTAR ACERCA DE LA FORMA EN QUE DEBEN PLANTEAR SUS CONSULTAS A ESTA SUPERINTENDENCIA. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
24/05/2019 Dictamen 3977-2019 Servicios de Bienestar Administración Servicios Dependientes - Servicios de Bienestar Ley N° 16.395, artículo 24 y D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ley N°18.834; artículo 13 de la Ley N° 20.956; Ley N° 19.553; D.S. N° 722, de 1955, del Ex- Ministerio de Salud Pública y Previsión Social
17/12/2018 Dictamen 59990-2018 Servicios de Bienestar Funcionario - Aportes - Institucional Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24° y D.S. N°28, de 1994 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/04/2017 Dictamen 17461-2017 Servicios de Bienestar Presupuesto Ley N° 16.395. D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
09/01/2017 Dictamen 1278-2017 Servicios de Bienestar Elección representantes afiliados reelección representantes Ley N°16.395; D.S.N°28, de 1994 y D.S.N°156, de 1996, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
20/05/2016 Dictamen 30329-2016 Servicios de Bienestar Reembolso anticonceptivos autorecetados médicos Ley N° 16.395 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/07/2015 Dictamen 43020-2015 Servicios de Bienestar Bienestar elección reelección representantes Ley N°16.395 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
05/06/2015 Dictamen 4984-2015 Servicios de Bienestar Afiliación - Desafiliación Ley N°11.764, artículo 134; Ley N°16.395, artículo 24 y D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
09/04/2015 Dictamen 21811-2015 Servicios de Bienestar Bienestar reembolso requisitos varios Ley N°16.395; D.S. N°s. 28 y 126, de 1994 y 2009, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
03/12/2014 Dictamen 80458-2014 Servicios de Bienestar Naturaleza juridica administración D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/02/2013 Dictamen 9208-2013 Servicios de Bienestar Aportes funcionario conceptos remuneratorios incluidos Leyes N°s 11.764, artículo 134; 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
25/09/2012 Dictamen 60723-2012 Servicios de Bienestar Informe juridico forma de consultar D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
05/09/2012 Dictamen 57651-2012 Servicios de Bienestar Administrar servicios dependientes - Objeto D.S. N°s. 28 y 8, de 1994 y 1995, respectivamente, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
11/10/2011 Dictamen 62032-2011 Servicios de Bienestar Acuerdos - Afiliación - Aportes - Consejo administrativo - Contabilidad - Facultades - Pensionados - Préstamos - Presupuesto Leyes N°s. 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N°s. 28, de 1994, y 14, de 2011, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
22/12/2010 Dictamen 80192-2010 Servicios de Bienestar Aportes - Bono - Imponibilidad Ley N°11.764, artículo 134; Ley N° 16.395, artículo 24; D.S. N°28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
14/09/2010 Dictamen 58898-2010 Servicios de Bienestar Bienestar aportes permiso sin goce de remuneraciones Ley N°16.395; D.S. N°s. 28, de 1994, y 43, de 1997, ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
04/03/2010 Dictamen 11878-2010 Servicios de Bienestar Ejercicio contable - Pago - Requisitos Leyes N°s 11.764, artículo 134; 16.395, artículo 24; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
05/05/2009 Dictamen 19848-2009 Servicios de Bienestar   Ley N° 16.395; D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
20/12/2007 Dictamen 83863-2007 Servicios de Bienestar   Ley N° 11.764; Ley N° 16.395, D.S. N° 28, de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 121, de 1996, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
16/11/2007 Dictamen 75411-2007 Licencias médicas   D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
25/05/2007 Dictamen 33396-2007 Servicios de Bienestar   Ley N° 16.395; Ley Nº 17538; D.S. N° 28 de 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
21/04/2003 Dictamen 11690-2003 Servicios de Bienestar   D.S. N° 176
Título Detalle
Ley 16.395 Ley 16.395
Ley 19.886 Ley 19.886