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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

79.En el caso del Postnatal Parental a tiempo completo correspondiente a las personas trabajadoras que al momento de la publicación de la ley ya habían terminado su descanso postnatal ¿deben igualmente mandar aviso a la entidad empleadora?¿no opera de pleno derecho?

Ya sea que hayan optado por el Postnatal Parental completo o por el Postnatal parental parcial, la persona trabajadora deberá dar aviso a su entidad empleadora. Para mayor información, ver respuesta a pregunta N° 78.

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