Dictamen 59009-2012
1.- Ud. se ha dirigido a esta Superintendencia con el objeto que para efectos de la
causa, del 9º Juzgado Civil de Santiago, se le informe acerca del rol de los Organismos
Administradores del Seguro de la Ley Nº 16.744 en materia de prevención de riesgos
y seguridad. Lo anterior, para atender debidamente la causa señalada, iniciada por
algunos de los trabajadores atrapados en la mina San José el año 2010 contra el Fisco,
que demandaron indemnización de perjuicios por daño moral.
2.- Al respecto, al tenor del análisis que desarrolló este Organismo, a propósito
de la situación acontecida en la mina San José el año 2010, cabe informar lo siguiente
en relación al rol de los Organismos Administradores del Seguro de la Ley Nº16.744,
vinculado a la prevención de riesgos profesionales:
1. Desarrollar actividades permanentes de prevención de riesgos de accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales (artículo 3° del D.S. N°40, de 1969, del Ministerio
del Trabajo y Previsión Social y ORD. N° 6.203, de 2005, de esta Superintendencia).
2. Cumplir las disposiciones del D.S. N° 67, de 1999, en especial, constatar incumplimientos
de medidas de prevención, higiene y seguridad por parte de entidades empleadoras (visitas
técnicas), establecer medidas necesarias y plazos para controlar riesgos, realizar
evaluaciones ambientales (art. 15, D.S. N° 67) e investigar accidentes fatales para
establecer si se han originado por falta de prevención de parte del empleador (inciso
final del art. 5° del D.S. N° 67).
3. Prescribir a las entidades empleadoras, medidas de higiene y seguridad (art. 68,
Ley N° 16.744) y aplicar multa si procediere (art. 80, Ley N° 16.744).
4. Prescribir medidas de seguridad específicas a las empresas que le indique la Dirección
del Trabajo, en que esta última en sus fiscalizaciones hubiere detectado infracciones
o deficiencias en higiene y seguridad. En tal sentido, los Organismos Administradores
deben informar a dicha Dirección y a la Superintendencia de Seguridad Social, acerca
de las medidas prescritas para corregir tales infracciones o deficiencias (art. 184,
Código del Trabajo).
5. Informar a sus entidades empleadoras adherentes, los riesgos asociados al uso de
pesticidas, plaguicidas y productos fitosanitarios (Ley N°20.308).
6. Impartir cursos en Prevención de Riesgos (artículo 3º, Decreto N°206, de 1970,
del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
7. Proporcionar asesoría a Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (artículo 23
del D.S. N°54 de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social).
8. Realizar estudios acerca de enfermedades profesionales (art. 71, Ley N° 16.744,
letras a) y g) del artículo 72, del D.S. 101). En este punto, es menester tener presente
lo establecido por el artículo 21 del D.S. N°109, de 1968, del Ministerio del Trabajo
y Previsión Social, en orden a que el Ministerio de Salud, a través de las autoridades
correspondientes, a fin de facilitar y uniformar las actuaciones médicas y preventivas
que procedan, deberá impartir las normas mínimas de diagnóstico a cumplir por los
Organismos Administradores, así como las que sirvan para el desarrollo de programas
de vigilancia epidemiológica que sean procedentes.
9. Difundir a los empleadores las instrucciones sobre la obligación de comunicar los
accidentes graves y fatales a la Dirección del Trabajo y a la SEREMI de Salud correspondiente,
debiendo otorgar a las empresas asistencia técnica, en cuanto, éstos les sean denunciados
a ellos. (Circular N° 2.345, de 2007 y ORD. N° 15.762, de 2007, ambos de SUSESO)
10. En lo que refiere a la Ley sobre Subcontratación N° 20.123(Vigencia 14 de enero
2007) deberán realizar lo siguiente:
Prescribir medidas de seguridad a las empresas, para corregir infracciones o deficiencias
detectadas por la Dirección del Trabajo (art. 184, Código del Trabajo). En aquellos
casos en que la infracción haya sido calificada como "gravísima" por dicha Dirección,
el organismo administrador deberá prestar especial atención en verificar el cumplimiento
de las medidas prescritas, en los plazos indicados para tal efecto y cuando compruebe
que la empresa no ha dado cumplimiento a dichas medidas, deberá informar de esta situación
a esta Superintendencia, con copia a la respectiva Inspección del Trabajo, vía correo
electrónico, señalando las acciones específicas que hubiere adoptado al respecto.
(Circular N° 2.399, de 2007, de SUSESO).
Proporcionar asistencia técnica a entidades empleadoras de menos de 50 trabajadores
en programas de asistencia al cumplimiento (art. 506 ter., Código del Trabajo).
Proporcionar asesoría técnica a la empresa principal que no cuente con Departamento
de Prevención de Riesgos, para implementar sistema de Gestión de la Seguridad y Salud
en el Trabajo a que se refiere el art. 66 bis de la Ley N° 16.744 (artículo 8, D.S.
76, de 2006, del MINTRAB).
11. En cuanto a los accidente fatales: Deberá dar cumplimiento de instrucciones impartidas
por Circulares N°s. 2607 y 2611, ambas de 2010, en especial:
Notificación provisoria inmediata de un accidente fatal a la Superintendencia de Seguridad
Social (SUSESO).
Investigación del accidente y resolución de calificación del origen.
Notificar a empleador medidas correctivas.
Difusión del caso y de las medidas correctivas a entidades empleadoras adheridas o
afiliadas que realicen trabajos de similares características a aquellas en que se
generó el accidente.
Verificar cumplimiento de medidas correctivas por parte de la empresa.
Informar incumplimiento de medidas a Seremi de Salud e Inspección del Trabajo, aplicar
sanciones (art. 80 Ley N° 16.744) y recargos establecidos en los artículos 5° y 15
del D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
12. Colaborar con las entidades empleadoras, asesorándolas acerca de la información
a proporcionar a sus trabajadores y usuarios (Ley N° 19.419, del Tabaco, modificada
por la Ley N° 20.105. (Art. 14), Circular N° 2317, de 3 de agosto de 2007, SUSESO).
13. Prestar colaboración a las entidades empleadoras en la formación e instrucción
de los trabajadores sobre los métodos correctos para manejar cargas y en la ejecución
del trabajo específico (LEY N° 20.001, de carga máxima, Art.8° del D.S.N°63, de 2005).
14. Financiar proyectos de Investigación e Innovación tecnológica en prevención de
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (D.S. 72, de 2006, Circular 2369
de 2007, de SUSESO).
Se debe tener presente que no están incluidas en el presente informe todas las instrucciones
impartidas a los Organismos Administradores y que además, se debe tener en cuenta
lo que les instruyen al respecto las Secretarias Regionales Ministeriales -SEREMI-
de Salud (artículo 68 de la Ley Nº 16.744).
3.- Por último y teniendo presente lo informado, se estiman respondidas las consultas
formuladas por Ud., haciendo presente que el abogado de la Fiscalía de este Servicio
encargado de los asuntos litigiosos es la persona que indica.
| Fecha de publicación | Título | Temas | Resumen | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 31/10/2017 | Circular 3335 | Seguro laboral (Ley 16.744) | ADMINISTRACIÓN DELEGADA DE LA LEY N° 16.744. ACCIDENTES FATALES Y GRAVES. DEROGA Y REEMPLAZA LAS CIRCULARES N°s, 2.345 Y 2.378, DE 2007; 2.607 Y 2.611 DE 2010, Y EL N°5 DEL TÍTULO II DE LA CIRCULAR N°2.893, DE 2012. | Artículos 2° y 30 de la Ley N°16.395; artículo 76 de la Ley N°16.744; D.S. N°101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 30/12/2016 | Circular 3270 | Seguro laboral (Ley 16.744) | CRITERIOS PERMANENTES EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. DEROGA Y REEMPLAZA TITULO I Y II DE CIRCULAR N° 3193, DE 2015. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; Ley N° 20422; Ley N° 20584; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 47, de 2016, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 110, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 285, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 07/10/2016 | Circular 3249 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744, RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL ARTÍCULO 184, DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. DEROGA Y REEMPLAZA LA CIRCULAR 2399, DE 2007. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículo 184, del Código del Trabajo. |
| 04/03/2016 | Circular 3211 | Seguro laboral (Ley 16.744) | BASES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EN PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. DEJA SIN EFECTO CIRCULARES N° 2369 DE 2007 Y 3123 DE 2015. | Ley N° 16744; Ley N° 16395 |
| 16/06/2015 | Circular 3123 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES DE LA LEY N° 16.744 RESPECTO A LAS BASES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACION TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN PRIMARIA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES, FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO ESTABLECIDO EN EL D.S. N° 43, DE 2014, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 20120; Ley N° 20584; D.S. N° 43, de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 27/03/2015 | Circular 3097 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES RESPECTO DEL D.S. N° 43, DE 2014, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; Ley N° 19578; D.S. N° 43, de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; |
| 27/05/2014 | Circular 3016 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES RESPECTO DEL D.S. N° 21, DE 2013, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; Ley N° 19578; D.S. N° 21, de 2014, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 04/07/2013 | Circular 2939 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LOS ACCIDENTES LABORALES FATALES Y GRAVES. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 01/04/2013 | Circular 2921 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES, RESPECTO DEL D.S. N° 29, DE 2012, DEL MINISTERIO DE PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; D.S. N° 29, de 2012, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19578 |
| 18/12/2012 | Circular 2893 | Seguro laboral (Ley 16.744) | PLAN DE PREVENCION DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2013. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20123 |
| 07/03/2012 | Circular 2816 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES RESPECTO DEL D.S. N° 31, DE 2011, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; Ley N° 19578; D.S. N° 31, de 2011. del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 30/05/2011 | Circular 2739 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES RESPECTO DEL D.S. N° 43, DE 2010, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; Ley N° 19578; D.S. N° 43, de 2010, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 28/02/2011 | Circular 2717 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). COMPLEMENTA CIRCULAR N° 2582, DE 18 DE NOVIEMBRE DE 2009 E IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE REMISIÓN DE INFORMACIÓN ASOCIADA A LA RESOLUCIÓN DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE LOS ACCIDENTES Y ENFERMEDADES (RECA). | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 06/04/2010 | Circular 2631 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY Nº 16.744. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS MUTUALIDADES DE EMPLEADORES RESPECTO DEL D.S. Nº 51,DE 2009, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. | Ley N° 16744; D.S. N° 51, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 19578 |
| 12/02/2010 | Circular 2611 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Notificación de Accidentes Laborales fatales de Trabajadores de Entidades Empleadoras adheridas a las Mutualidades de empleadores. Imparte instrucciones y deja sin efecto las Circulares N°s 2.285 Y 2.295, ambas de 2006. | Ley N° 16744 |
| 26/01/2010 | Circular 2607 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Notificación de accidentes Laborales fatales de trabajadores de Entidades Empleadoras Afiliadas al Instituto de Seguridad Laboral. Imparte Instrucciones. | Ley N° 16744; Ley N° 16395, Ley N° 20123; D.S. N° 1 de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 18/11/2009 | Circular 2582 | Seguro laboral (Ley 16.744) | SISTEMA DE INFORMACIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744.( SIATEP) Y NUEVOS FORMULARIOS DE DENUNCIA INDIVIDUAL DE ACCIDENTE DEL TRABAJO (DIAT) Y DENUNCIA INDIVIDUAL DE ENFERMEDAD PROFESIONAL (DIEP). IMPARTE INSTRUCCIONES. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19628; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 81, de 2004, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979; del Ministerio de Salud Pública; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud. |
| 28/09/2007 | Circular 2399 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744. RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR EL ARTÍCULO 184 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO. DEJA SIN EFECTO CIRCULAR N° 2.356 Y MODIFICA PARTE 1° DE CIRCULAR N° 2.346, AMBAS DE 2007. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 30/05/2007 | Circular 2378 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Complementa instrucciones impartidas mediante Circular N° 2.345, de 10 de Enero de 2007,respecto de las obligaciones impuestas a las Empresas por los incisos Cuarto y Quinto del Artículo 76 de la Ley N°16.744. En virtud de lo establecido en la Ley N° 20.123. | Ley N° 16744, artículo N° 76; Ley N° 20123. |
| 17/04/2007 | Circular 2369 | Seguro laboral (Ley 16.744) | BASES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA EN PREVENCIÓN PRIMARIA DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES LEY N° 16.744. | Ley N° 16744; D.S. N°72, de 2006, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 02/02/2007 | Circular 2356 | Varios | Complementa Circular N° 2.346, de 12 Enero de 2007, en relación a envío de archivos de infracciones o deficiencias y las medidas prescritas, vía internet. | Ley N° 16395; Ley N° 16744; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20123 |
| 12/01/2007 | Circular 2346 | Seguro laboral (Ley 16.744) | IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N° 16.744 RESPECTO DE LAS OBLIGACIONES IMPUESTAS POR LOS ARTÍCULOS 184 Y 477 DEL CODIGO DEL TRABAJO, EN VIRTUD DE LO ESTABLECIDO EN LA LEY N° 20.123 | Ley N° 16744; Ley N° 16395, artículos N° 2 y N° 30; Ley N° 20123; D.S N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; artículos N° 184 y N° 477 del Código del Trabajo, |
| 10/01/2007 | Circular 2345 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Imparte instrucciones de las obligaciones impuestas a las empresas por los incisos Cuarto y Quinto del Artículo 76 de la Ley N° 16.744, en virtud de lo establecido en la Ley N° 20.123. | Ley N° 16744, artículo N° 76; D.S. N° 1, de 1972, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 20123 |
| 03/08/2006 | Circular 2317 | Seguro laboral (Ley 16.744) | TABACO. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DE LA LEY N°16.744 SOBRE EL ARTICULO 14 DE LA LEY N°19.419, MODIFICADA POR LA LEY N°20.105 | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19419, artículo N° 14; Ley N° 20105; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 101, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| 10/03/2006 | Circular 2283 | Seguro laboral (Ley 16.744) | D.S. N° 101 Y D.S. N° 109, AMBOS DE 1968, DEL MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR EL D.S. N° 73, DE 2005, DEL MISMO MINISTERIO. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE DICHAS NORMAS. | Ley N° 16744; Ley N° 19578 ;Ley N° 19937; Ley N° 19969; D.S. N° 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 73, de 2005, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 101, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.S.N° 109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública;D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. |
| 21/04/2005 | Circular 2202 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Imparte instrucciones a las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 respecto de la notificación de Accidentes Laborales Fatales que se indican. | Ley N° 16744; Ley N° 16395; Ley N° 19937; D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
| Fecha publicación | Título | Temas | Descriptores | Fuentes |
|---|---|---|---|---|
| 31/07/2024 | Dictamen O-02-S-01130-2024 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 16.744 - Accidentes graves o fatales | Leyes N°s. 16.395 y 16.744 |
| 20/01/2015 | Dictamen 4835-2015 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Proyectos de investigación - Accidentes del trabajo - Prevención - Enfermedades profesionales - Listado temas prioritarios | Leyes N°s 16.395 y 16.744. Circular N° 2.369, de 2007, de la Superintendencia de Seguridad Social |
| 12/01/2015 | Dictamen 2256-2015 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales procedimiento | Leyes N°s. 16.395 y 16.744. |
| 19/02/2014 | Dictamen 11156-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales inspección del trabajo seremi de salud competencia | Leyes N°s. 16.395 y 16.744; Código del Trabajo. |
| 06/02/2014 | Dictamen 8323-2014 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente grave o fatal | Leyes N° 16.395, N° 16.744 y N° 20.123. |
| 16/12/2013 | Dictamen 79362-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales procedimiento notificación | Leyes N°s. 16.744 y 16.395. |
| 26/11/2013 | Dictamen 74287-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales procedimiento notificación | Ley Nº 16.744. |
| 22/02/2013 | Dictamen 12215-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales definición carácter operacional | Leyes N°s. 16.744 y 20.123. |
| 14/01/2013 | Dictamen 2673-2013 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente grave o fatal - Estudiantes - Personas protegidas - Práctica profesional | Ley N° 16.744. |
| 08/08/2012 | Dictamen 50345-2012 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales definición carácter operacional | Ley N° 16.744. |
| 18/07/2012 | Dictamen 45221-2012 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales maniobras de rescate | Leyes N°s. 16.744 y 20.123 |
| 07/02/2011 | Dictamen 8160-2011 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 20.123 | |
| 20/08/2010 | Dictamen 52849-2010 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente grave o fatal | Ley N°16.744; Ley N° 20.123. |
| 14/02/2008 | Dictamen 11707-2008 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales - Procedimiento | Leyes N°s. 16.744 y 20.123. |
| 22/11/2007 | Dictamen 76828-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidente grave o fatal - Reanudación de faenas - Sernageomin | Ley N° 16.744; Ley N° 16395 |
| 14/03/2007 | Dictamen 15762-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Accidentes graves o fatales procedimiento | Leyes N°s 16.744 y 20.123. |
| 09/02/2007 | Dictamen 8606-2007 | Seguro laboral (Ley 16.744) | Ley N° 20.123; Ley N° 16.744 |
| Título | Detalle |
|---|---|
| Artículo 21 | DS 109 1968 Mintrab, artículo 21 |
| Ley 16.744 | Ley 16.744 |
| Artículo 72 | DS 101 de 1968 Mintrab, artículo 72 |