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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 20764-2013

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Fecha: 03 de abril de 2013

Tema: CCAF

Destinatario: PARTICULAR

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: PRESTACION COMPLEMENTARIA- requisitos

Fuentes: Ley N°18.833.

Concordancia con Circulares: Circulares N°2154 y 2877, de esta Superintendencia.



1.- Usted ha recurrido a esta Superintendencia reclamando en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar De Los Andes, por no haber atendido oportuna y debidamente la solicitud de convenio de prestaciones complementarias, requerido por la empresa que indica.

Señala que la suscripción de tal convenio daría la opción a los trabajadores de la empresa a depositar su bono anual, lo cual trae beneficios tributarios.

2.- Requerida al efecto dicha Caja, ha informado que el 27 de febrero de 2013, usted se contactó con esa Corporación, con la finalidad de solicitar una reunión, en la cual, se informara de los beneficios y productos de la Caja, como prestaciones adicionales y complementarias. El 28 de ese mes se realizó la mencionada reunión en las dependencia de la empresa, con la asistencia suya, del Contador General y del Subgerente de esa empresa, proporcionándole toda la información requerida. No obstante lo anterior, puede usted consultar con el funcionario que se indica.

3.- Sobre el particular, cabe señalar que la Ley N°18.833, en su artículo 23 inciso segundo, dispone: que las Cajas de Compensación podrán establecer regímenes de prestaciones complementarias que no estén contemplados en los otros regímenes que administren. Estos regímenes complementarios serán de adscripción voluntaria y se establecerán por medio de convenios con los empleadores afiliados, con los sindicatos a que pertenezcan los trabajadores afiliados o con éstos en forma directa.

Las prestaciones complementarias deberán cumplir con los siguientes requisitos:

- Estar destinadas a cubrir total o parcialmente estados de necesidad de los afiliados, derivados de contingencias sociales, tales como: nacimiento, matrimonio, muerte, salud, estudios, catástrofe u otras de análoga naturaleza.
- Beneficiar de manera uniforme a todos los afiliados adscritos al régimen de prestaciones complementarias, establecido en el respectivo convenio. Es decir, estableciendo un mismo porcentaje de bonificación sobre el valor de la prestación que sea de cargo del beneficiario (trabajador o pensionado) y fijando, además, un tope económico del beneficio (en pesos o en Unidades de Fomento) aplicable a todos los afiliados al convenio, por igual.
- Deben permitir la incorporación a todos los trabajadores, al menos, el 50% del total de trabajadores de la respectiva entidad empleadora afiliada.

En mérito de lo informado, se estima atendida su presentación.


Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
09/01/2017 Circular 3272 Cajas de Compensación REGIMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULARES N°S 2154 Y 2877 Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27, de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Reglamentos Particulares de las C.C.A.F; Instrucciones de esta Superintendencia.
18/10/2012 Circular 2877 Cajas de Compensación CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. REGIMEN DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2154, DE 12 DE AGOSTO DE 2004. Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 20608
12/08/2004 Circular 2154 Cajas de Compensación REGÍMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19123; Ley N° 19234; Ley N° 19539
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
12/04/2018 Dictamen 18150-2018 Cajas de Compensación Aporte pensionados - Devolución - Prestaciones complementarias Leyes N°s. 16.395 y 18.833
25/01/2016 Dictamen 4597-2016 Cajas de Compensación Aporte pensionados - Desafiliación Ley 16.395 y 18.833.
15/10/2015 Dictamen 64862-2015 Cajas de Compensación Prestacion complementaria convenio Ley N°18.833.
03/08/2015 Dictamen 48257-2015 Seguro laboral (Ley 16.744) Afiliación pensionados descuento devolución Leyes N°s 16.395 y 18.833.
09/07/2015 Dictamen 43108-2015 Cajas de Compensación Prestacion complementaria convenio Ley N° 18.833.
08/07/2015 Dictamen 42722-2015 Cajas de Compensación Prestacion complementaria convenio Ley N° 18.833.
20/01/2015 Dictamen 5060-2015 Cajas de Compensación Cajas de compensación - Devolución de excedentes - Convenios de prestaciones complementarias - Emite pronunciamiento solicitado - Naturaleza jurídica - Entidades empleadoras afiliadas Ley 18.833; Circulares N°s 2154, de 2004 y 2877, de 2012 de esta Superintendencia.
15/07/2014 Dictamen 45101-2014 Cajas de Compensación Prestaciones complementarias Leyes N°s 16.395 y 18.833.
10/06/2014 Dictamen 36013-2014 Cajas de Compensación Afiliación pensionados poder descuento devolución Ley N°18.833; Art. 16 Ley N° 19.539.
11/03/2014 Dictamen 15201-2014 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley N° 18.833; Circulares N°s. 2.154 de 12 de agosto de 2004 y 2.877 de 18 de octubre de 2012, ambas de esta Superintendencia.
30/12/2013 Dictamen 81992-2013 Cajas de Compensación Prestaciones complementarias Ley N°18.833
18/11/2013 Dictamen 72455-2013 Cajas de Compensación Prestaciones complementarias Ley N°18.833.
10/05/2013 Dictamen 29487-2013 Cajas de Compensación Complementaria - Convenio - Empleador - Financiamiento - Prestacion Ley Nº 18.833;
Título Detalle
Artículo 23 Ley 18.833, artículo 23

Descriptores

Prestacion complementariaRequisitos

Legislación citada

Ley 18.833, artículo 23

Circulares citadas

21542877

Vea además:

Dictámenes SUSESO