Concordancia con Circulares: Circular Nº 2154, de 2004, de esta Superintendencia.
1. Usted ha recurrido ante esta Superintendencia reclamando contra la Caja de Compensación
de Asignación Familiar (C.C.A.F.) Los Héroes por el no pago de fondos (no utilizados)
correspondientes a prestaciones complementarias pactadas entre dicha entidad y su
ex empleadora.
Requerida al efecto, dicha Caja de Compensación acompañó los antecedentes del caso
e informó que, luego de su desvinculación con la empresa, con fecha 7 de julio de
2012, solicitó a la Caja la devolución de los excedentes no utilizados por usted en
las prestaciones complementarias correspondientes, monto que ascendió a $ 2.053.083
y que fue pagado por la Caja a la empresa.
2. Sobre la materia, procede manifestar que las prestaciones complementarias pactadas
entre la empleadora y la C.C.A.F. Los Héroes fueron establecidas mediante el convenio
suscrito por ambas entidades el 1º de enero de 2008, instrumento en el que se manifiesta
en su cláusula segunda que tales prestaciones serán financiadas con un fondo que será
de cargo de la empresa, el que será aportado a la Caja de Compensación para que esta
última otorgue los beneficios pertinentes a los trabajadores en caso de producirse
alguna contingencia a cubrir, tal como lo establece en tal sentido el literal c) de
la Circular Nº 2154 (citada en FTES.).
Por ello y tal como afirma la C.C.A.F., si parte de dichos fondos no son utilizados
en el otorgamiento de prestaciones complementarias, resulta procedente que ellos sean
devueltos a quien los aportó; para el caso, la empresa., conducta que la Caja correctamente
observó en este caso.
3. En consecuencia, esta Superintendencia no acoge su reclamación y aprueba lo obrado
en esta situación por la C.C.A.F. Los Héroes.
REGIMENES DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR
DEROGA Y REEMPLAZA CIRCULARES N°S 2154 Y 2877
Ley N° 18833; Ley N° 16395; Ley N° 17322; Ley N° 19539; Ley N° 20255; D.S. N° 27,
de 2011, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Reglamentos Particulares de
las C.C.A.F; Instrucciones de esta Superintendencia.
CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. REGIMEN DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS.
MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES CONTENIDAS EN LA CIRCULAR N° 2154, DE 12 DE AGOSTO
DE 2004.