ley 18.490
Articulos citados
Encabezado
ESTABLECE SEGURO OBLIGATORIO DE ACCIDENTES PERSONALES
CAUSADOS POR CIRCULACION DE VEHICULOS MOTORIZADOS
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado
su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Promulgación
JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea Miembro de la Junta de gobierno.- RODOLFO STANGE OELCKERS, General Director de Carabineros, Miembro de la Junta de Gobierno.- JULIO CANESSA ROBERT, Teniente General de Ejército, Miembro de la Junta de Gobierno. Por cuanto he tenido a bien aprobar la precedente ley, la sanciono y la firmo en señal de promulgación. Llévese a efecto como ley de la República. Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación de dicha Contraloría. Santiago, 2 de Enero de 1986.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hernán Büchi Buc, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a ud.- Manuel Concha Martínez, Coronel de Ejército, Subsecretario de Hacienda.
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Abril
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