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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

ley 19.345, artículo 3

Texto

    Artículo 3°.- La adhesión de las entidades
empleadoras de los trabajadores a que se refiere el inciso
primero del artículo 1° de esta ley, a las Mutualidades de
la ley N° 16.744, requerirá autorización previa del
Ministerio respectivo. La afiliación podrá efectuarse en
forma separada por cada entidad empleadora o conjuntamente
por dos o más de ellas.
    En todo caso, para efectuar la adhesión a que se
refiere el inciso anterior, será obligatorio que la entidad
empleadora consulte previamente a las respectivas
Asociaciones de Funcionarios a nivel regional.
    En caso que la adhesión se efectúe en forma conjunta
por dos o más entidades empleadoras, ella requerirá,
además de la autorización previa indicada en el inciso
primero, acuerdo de los respectivos Jefes Superiores. Si no
se produjere acuerdo, resolverá sobre la materia el o los
Ministros de los cuales dependen o a través de los cuales
se relacionen con el Ejecutivo.
    Las citadas entidades empleadoras, en sus respectivas
regiones deberán afiliar a la totalidad de sus trabajadores
a una misma mutualidad, incluidos aquellos que con
anterioridad a la vigencia de este cuerpo legal se
encontraban afectos a la ley N° 16.744.
    En el evento que la adhesión se efectúe en conjunto
por dos o más Organos, Servicios o entidades Empleadoras,
ellos serán considerados como un solo empleador para los
efectos de la aplicación de la cotización adicional
diferenciada.
    No se requerirá la autorización a que se refiere el
inciso primero de este artículo para la adhesión a las
Mutualidades, respecto de las siguientes entidades:
    a) Congreso Nacional, para lo cual bastará el acuerdo
de los Presidentes de ambas Cámaras del Congreso.
    b) Poder Judicial, en que la resolución corresponderá
a la Corte Suprema.
    c) Municipalidades, en que la resolución del Alcalde
requerirá el acuerdo del Concejo respectivo.
    d) Las empresas públicas creadas por ley, que se
relacionen con el Gobierno a través del Ministerio de
Defensa Nacional, en que la resolución corresponderá a la
dirección de la empresa.

Dictámenes relacionados (20)

Fecha publicación Título Temas Descriptores Legislación citada
04/05/2018 Dictamen 22474-2018 Seguro laboral (Ley 16.744) Adhesión de MunicipalidadesConsulta a Asociación de Funcionarios Ley 16.395Ley 16.744, artículo 12Ley 19.345, artículo 1ley 19.345, artículo 2ley 19.345, artículo 3
16/06/2014 Dictamen 37618-2014 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores privados mutuales adhesión Ley 16.744ley 18.918ley 18.918, artículo 2Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
01/08/2013 Dictamen 48592-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores mutuales adhesión acto formal sector publico asociación de funcionarios Ley 16.744ley 19.296, artículo 3Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
27/02/2013 Dictamen 13137-2013 Seguro laboral (Ley 16.744) Afiliación entidad empleadora sector públicoAsociación de funcionarios ley 19.345, artículo 3
12/09/2012 Dictamen 59215-2012 Seguro laboral (Ley 16.744) Adhesión a mutualidadMutualesOrganismos administradoresPrivados Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
24/05/2012 Dictamen 32983-2012 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores privados mutuales adhesión asociación de funcionarios sector público Ley 16.744Ley 19.296Ley 19.345ley 19.345, artículo 3Ley 20.529
30/01/2012 Dictamen 6716-2012 Seguro laboral (Ley 16.744) Organismos administradores privados mutuales adhesión a mutualidad Ley 16.744ley 19.345, artículo 3
29/08/2011 Dictamen 51991-2011 Seguro laboral (Ley 16.744) AfiliaciónDesafiliaciónSector público financiamiento cotización adicional diferenciada período de evaluación renuncia Ley 16.744ley 19.345, artículo 3
26/03/2010 Dictamen 17108-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Adhesión /renuncia a organismos administradores/mutualidadesMutualesOrganismos administradores Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
26/03/2010 Dictamen 17458-2010 Seguro laboral (Ley 16.744) Adhesión /renuncia a organismos administradores/mutualidadesMutualesOrganismos administradores Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
16/11/2009 Dictamen 59331-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) Adhesión /renuncia a organismos administradoresMutualesOrganismos administradores ley 19.345, artículo 3
22/10/2009 Dictamen 52905-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) MutualesOrganismos administradoresPrivadosRenunciaRequisitos Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
21/09/2009 Dictamen 45920-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) AfiliaciónDesafiliación Ley 16.744ley 19.345, artículo 3
09/09/2009 Dictamen 44036-2009 Seguro laboral (Ley 16.744) MutualesOrganismos administradoresPrivadosRenunciaRequisitos Ley 16.774Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
29/05/2008 Dictamen 36052-2008 Seguro laboral (Ley 16.744) MutualesOrganismos administradoresPrivadosRenunciaRequisitos Ley 16.744ley 19.345, artículo 3
04/08/2005 Dictamen 37176-2005 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley 16.744ley 18.956, artículo 14ley 19.345, artículo 3
11/08/1997 Dictamen 12970-1997 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley 16.744Ley 18.883Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
19/02/1996 Dictamen 2245-1996 Seguro laboral (Ley 16.744)   ley 10.336, artículo 6Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3ley 19.345, artículo 8
06/06/1995 Dictamen 6035-1995 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley 16.744Ley 19.345ley 19.345, artículo 3
08/03/1995 Dictamen 2423-1995 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley 16.744ley 19.296, artículo 2Ley 19.345ley 19.345, artículo 3