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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 3491-2014

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Fecha: 17 de enero de 2014

Tema: CCAF

Destinatario: CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: DESAFILIACION permanencia

Fuentes: Leyes N°s. 16.395 y 18.833.

Concordancia con Oficios: Oficio Circular N°1125 de 1990, de esta Superintendencia.

Concordancia con Circulares: Circulares N°1.204, 1467, 2183, 2325 y Ords. N°s. 39.226 de 25 de junio 2010 y N°s 65313 y 65723, de 16 y 17 de octubre de 2013, de esta Superintendencia.


1.- La C.C.A.F.1 solicitó un pronunciamiento general en orden a que, para dar curso a las desafiliaciones que requiera otra Caja, deben acompañarse las actas del ministro de fe exigidas por la regulación.

Señala que no resulta justificado ni procedente que una Caja niegue el curso de la desafiliación y afiliación a otra Caja, se impida la liberación de las cargas familiares, si a su juicio el proceso adolece de algún error o le merece algún reparo, ya que para ello existen vías de reclamación e impugnación adecuadas para tal efecto, pero no corresponde impedir el proceso.

Expone como ejemplo la negativa de esa C.C.A.F.2 a cursar las desafiliaciones y afiliaciones que la C.C.A.F.1 le notificó en conformidad a la ley, tales como, Empresa de Transportes, Empresa Buses y otras empresas. Estima que todas las Cajas deberían cumplir con la última parte del Oficio Ord. N°39.226, de 25 de junio de 2010, de esta Superintendencia, que instruyó cumplir con los artículos 16 y 17 de la Ley N°18.833, esto es, que la desafiliación de una Caja de Compensación regirá desde la fecha de la correspondiente afiliación a otra, debiendo esta última comunicar a aquélla dicho traspaso, con a lo menos un mes de anticipación a la fecha en que opere la nueva afiliación.

2.- Sobre el particular, cabe señalar que los Directorios de las C.C.A.F. al pronunciarse sobre las solicitudes de afiliación de las empresas cuyos trabajadores hayan acordado desafiliarse de otra C.C.A.F., deberán verificar previamente que dicho acuerdo se ajuste a lo establecido en los artículos 11 y 13 de la Ley N°18.833 y a lo instruido por esta Superintendencia.

Debe tenerse presente que es la entidad empleadora la que se afilia o desafilia de una Caja de Compensación, previo acuerdo mayoritario de sus trabajadores adoptado en la forma dispuesta por el artículo 11 de la citada ley y, además, en dicho proceso, no deben intervenir las Cajas de Compensación.

Según el inciso segundo del artículo 16 de la Ley N°18.833, la afiliación de las entidades empleadoras a las Cajas de Compensación operará desde el día primero del mes subsiguiente al de la fecha de aprobación de la correspondiente solicitud.

El artículo 17 del cuerpo legal en comento, prescribe que la desafiliación de una Caja de Compensación regirá desde la fecha de la correspondiente afiliación a otra, debiendo esta última comunicar a aquélla dicho traspaso, con a lo menos un mes de anticipación a la fecha en que opere la nueva afiliación. Dicha comunicación, según lo instruido por el Oficio Circular N°1125, de 1990 y la Circular N°1204, debe ser por carta certificada, acompañadas de un copia de las respectivas actas del ministro de fe, en las que conste el acuerdo de los trabajadores, la que debe ser despachada, a lo menos, con un mes de anticipación a la fecha en que opere la nueva a filiación, la que conforme al artículo 16 de la Ley N°18.833, opera desde el día primero del mes subsiguiente al de la fecha de aprobación de la solicitud de afiliación.

Por tanto, en conformidad con las disposiciones citadas, debe notificarse la aprobación de la nueva afiliación en los términos antes señalados y la entidad empleadora se afilia a la nueva C.C.A.F., desde el día primero del mes subsiguiente al de la fecha de aprobación de la correspondiente solicitud, ya que el procedimiento legal de la afiliación de la entidad empleadora a otra Caja importa la desafiliación de la anterior, por lo que no es procedente que la anterior Caja obstaculice el cumplimiento de las referidas normas.

Por consiguiente, deben liberarse las cargas familiares en cumplimiento de los citados artículos 16 y 17 de la Ley N°18.833, esto es, desde el día primero del mes subsiguiente al de la fecha de aprobación de la correspondiente solicitud.

3.- Finalmente, cabe señalar que la Circular N°1.204, de 1991, instruyó a los Directorios de las Cajas de Compensación que al pronunciarse sobre las solicitudes de afiliación de las entidades empleadoras, cuyos trabajadores hayan acordado desafiliarse de otra C.C.A.F., verificar que dicho acuerdo se ajuste a lo establecido en los artículos 11 y 13 de la Ley N°18.833 y a las instrucciones de esta Superintendencia, de modo que aseguren la expresión de la voluntad de los trabajadores

En cuanto a la comunicación a que se refiere el artículo 17 de la Ley N°18.833, debe ser enviada por carta certificada según lo instruido por el Oficio Circular N°1125, de 1990 y la Circular N°1204, acompañada de las pertinentes copias de todas las actas de cada asamblea elaboradas por el correspondiente ministro de fe, en que conste el acuerdo de los trabajadores.

En caso que se estime impugnar el proceso de desafiliación y afiliación de una entidad empleadora, podrá reclamarse ante esta Superintendencia una vez que la solicitud de afiliación sea aprobada por una Caja de Compensación, dicho recurso no suspende el cumplimiento de los citados artículos 16 y 17 de la Ley N°18.833, esto es, la afiliación a la nueva Caja y la liberación de las cargas familiares, sin perjuicio de lo que resuelva en definitiva esta Superintendencia.

En consecuencia, procede que esa Caja 2 desafilie a la Empresa de Transportes y libere sus cargas familiares, dando cuenta de ello a este Organismo de Control dentro de cinco días hábiles contados desde la fecha de este oficio.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
27/09/2022 Circular 3695 Cajas de Compensación CAJAS DE COMPENSACION DE ASIGNACIÓN FAMILIAR REFUNDE Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS Y DEROGA CIRCULARES QUE INDICA Ley N°16.395 en sus artículos 1°, 2° letra b), 3°, 23 y 38; artículos 1°, 3°, 11, 13 a 18 de la Ley N°18.833,
03/07/2014 Circular 3024 Cajas de Compensación CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR IMPARTE INSTRUCCIONES RELATIVAS AL PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN DE ENTIDADES EMPLEADORAS. Ley N° 18833
19/12/2007 Circular 2424 Cajas de Compensación INCORPORACIÓN DE TRABAJADORES DEL SECTOR PUBLICO A C.C.A.F. Y MODIFICACIÓN DE NORMAS DE PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN A DICHAS ENTIDADES. IMPARTE INSTRUCCIONES. Ley N° 18833; Ley N° 19070; Ley N° 20233; D.F.L. N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación
26/09/2006 Circular 2325 Cajas de Compensación Cajas de Compensación de Asignación Familiar. Imparte instrucciones a lo relativo a la Práctica de establecer Incentivos para promover la Afiliación y la mantención de Entidades Empleadoras y Pensionados. Ley N° 18833
13/01/2005 Circular 2183 Cajas de Compensación PROCEDIMIENTO DE DESAFILIACION Y AFILIACIÓN A LAS C.C.A.F. DETERMINACIÓN DEL TOTAL DE LOS TRABAJADORES DE LA ENTIDAD EMPLEADORA. Ley N° 18833; Ley N° 16395
31/01/1996 Circular 1467 Cajas de Compensación PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACIÓN A C.C.A.F. AMPLIA INSTRUCCIONES. Ley N° 18833; Ley N° 16395
22/03/1991 Circular 1204 Cajas de Compensación PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN Y DESAFILIACION. IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR. Ley N° 18833
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
28/04/2020 Dictamen 1506-2020 Afiliación CCAF - Afiliación Artículo 23 de la Ley Nº 16.395; Artículos 11 y 15 de la Ley Nº 18.833
29/08/2017 Dictamen 40708-2017 Cajas de Compensación Prestaciones adicionales beneficios Ley N° 18.833.
07/06/2017 Dictamen 26765-2017 Cajas de Compensación Conductas y prácticas corporativas Leyes N°s 16.395 y 18.833.
25/03/2014 Dictamen 17773-2014 Cajas de Compensación Ministro de fe Ley N°18.833. Circular N°1467.
05/12/2013 Dictamen 76904-2013 Cajas de Compensación Afiliación - Desafiliación - Pensionados Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539.
25/04/2013 Dictamen 26207-2013 Cajas de Compensación Desafiliacion asamblea mayoría nueva asamblea Leyes N°s. 16.395 y 18.833.
26/03/2013 Dictamen 18925-2013 Cajas de Compensación   Ley Nº18.833; Circular Nº 2183, de 2005, de esta Superintendencia.
18/02/2013 Dictamen 10801-2013 Cajas de Compensación Afiliación - Votación Ley Nº18.833.
06/02/2013 Dictamen 8468-2013 Cajas de Compensación Desafiliación - Voluntad Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539. Circulares Nºs. 1669/1998, 2226/2005, 2325/2006, 2412/2007, 2415/2007 y 2754/2011, todas de esta Superintendencia.
10/12/2012 Dictamen 79264-2012 Cajas de Compensación Afiliación - Pensionados - Poder Leyes N°s. 16.395, 18.833 y 19.539.
19/10/2012 Dictamen 67137-2012 Cajas de Compensación Desafiliación - Pensionados - Plazos Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.
29/06/2012 Dictamen 41543-2012 Cajas de Compensación Afiliación y desafiliación de empresa Ley N°18.833.
04/06/2012 Dictamen 35206-2012 Cajas de Compensación Afiliación - Desafiliación - Pensionados Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.
09/09/2011 Dictamen 54865-2011 Cajas de Compensación   Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.09-09-2011
17/06/2011 Dictamen 35730-2011 Cajas de Compensación Desafiliación voluntaria - Desafiliaiicón por vicios de la afiliación - Prestaciones complementarias prestaciones adicionales cláusula penal de la maleta de beneficios sénior (mbs) Leyes Nºs. 16.395, 18.833 y 19.539.
31/12/2010 Dictamen 69270-2010 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
20/10/2010 Dictamen 66349-2010 Cajas de Compensación Desafiliación - Pensionados - Poder Ley N° 16395; Ley N° 18833; Ley N° 19539.
14/07/2010 Dictamen 43802-2010 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N°18.833; Ley N°19.539. D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
23/06/2010 Dictamen 38296-2010 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395, Ley N° 18.833; Ley N°19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
05/05/2010 Dictamen 26797-2010 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
29/04/2010 Dictamen 25637-2010 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
17/03/2010 Dictamen 14690-2010 Cajas de Compensación Afiliación - Consentimiento Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978; del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25/02/2010 Dictamen 11127-2010 Cajas de Compensación Afiliación - Engaño - Firma Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
22/02/2010 Dictamen 10015-2010 Cajas de Compensación Afiliación - Engaño Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
18/02/2010 Dictamen 9756-2010 Créditos sociales Crédito social - Fraude Ley N° 16.395; Ley Nº 18.833; Ley Nº 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
02/02/2010 Dictamen 6322-2010 Cajas de Compensación Afiliación - Desafiliación - Educación - Salud - Sector municipal - Sector público Leyes Nºs 16.395 y 18.833.
02/02/2010 Dictamen 6690-2010 Cajas de Compensación Desafiliación - Votación Ley Nº 18.833
25/11/2009 Dictamen 61908-2009 Cajas de Compensación   Oficio Ord. N° 46064, del 22 de septiembre de 2009, de la Superintendencia de Seguridad Social
03/09/2009 Dictamen 42798-2009 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
25/08/2009 Dictamen 40962-2009 Cajas de Compensación Afiliación consentimiento entidad empleadora votación asamblea voluntad licencias médicas permisos Leyes Nºs 16.395 y 18.833.
10/07/2007 Dictamen 43881-2007 Cajas de Compensación   Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19/02/2007 Dictamen 10334-2007 Cajas de Compensación   Ley N° 16.395; Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19/02/2007 Dictamen 10336-2007 Cajas de Compensación   Ley N° 18.833; Ley N° 19.539; D.S. N° 94, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19/06/2006 Dictamen 29386-2006 Cajas de Compensación   Leyes N°s. 16.395 y 18.833
06/06/2006 Dictamen 27085-2006 Cajas de Compensación   Ley N° 18.833
27/01/2005 Dictamen 3337-2005 Cajas de Compensación   Ley Nº 18.833
13/03/2001 Dictamen 8429-2001 Créditos sociales Crédito social - Desafiliación - Dirección del trabajo - Procedimientos - Procedimientos especiales Ley N°18. 833.
12/11/1998 Dictamen 22667-1998 Cajas de Compensación   Ley Nº 18.833
25/03/1996 Dictamen 3491-1996 Licencias médicas   D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 16744; Ley Nº 16395; D.L. Nº 3500, de 1980;
06/12/1982 Dictamen 3491-1982 Seguro laboral (Ley 16.744)   Ley Nº 18.167; D.F.L. Nº 150, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
Título Detalle
Artículo 11 Ley 18.833, artículo 11
Artículo 13 Ley 18.833, artículo 13
Artículo 16 Ley 18.833, artículo 16
Artículo 17 Ley 18.833, artículo 17