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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Dictamen 18996-2014

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Fecha: 31 de marzo de 2014

Tema: SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL

Destinatario: SUBCOMISIÓN CONCEPCIÓN - COMPIN REGIÓN DEL BÍO BÍO

Acción: Instruye

Criterio: Antiguo

Vigencia: No Alterado

Descriptores: Tipos Maternales permiso postnatal parental más de un empleador

Fuentes: Código del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud.

Concordancia con Oficios: Oficio N° 58.508, de 11 de septiembre de 2013, de esta Superintendencia.

Concordancia con Circulares: Circular N° 2.777 de esta Superintendencia.


1.- Por el Oficio N° 58.508, de 11 de septiembre de 2013, esta Superintendencia instruyó que se autorizaran las siguientes licencias médicas por pre y post natal, otorgadas a la interesada, rechazadas por falta de vínculo laboral con la segunda empresa que indica

N° 94, emitida por 42 días a contar del 1 de febrero de 2013.
N° 93, emitida por 84 días a contar del 2 de marzo de 2013.

Dicho pronunciamiento se fundamentó en que se acreditó la exigencia de vínculo laboral con el mencionado empleador. Cabe hacer presente que la interesada informó en aquella oportunidad que tiene otro empleador , por el cual recibió el pago del pre y post natal correspondientes, además de adjuntar una carta de aviso al segundo empleador , en el cual consta haber sido recepcionada el 10 de mayo de 2013, referida a que hará uso del permiso postnatal parental completo.

En esta oportunidad, la interesada ha recurrido a esta Superintendencia reclamando por el cálculo del subsidio pagado, como también afirmando que no obtuvo el pago del subsidio maternal por permiso postnatal parental.

2.- Requerida al efecto, esa Subcomisión Concepción remitió todos los antecedentes disponibles.

3.- Sobre el particular, esta Superintendencia debe expresar que procedió a revisar el cálculo del subsidio diario del prenatal y, en consecuencia, del postnatal que se pagó por el otro empleador, concluyendo que se encuentra bien calculado.

En cuanto al cálculo del subsidio diario del prenatal de la otra empresa, esto es, el segundo empleador, también se encuentra correctamente calculado, aunque cabe explicar la forma de cálculo aplicada:

a) En primer lugar, debe realizarse un cálculo conforme al inciso primero del artículo 8° del D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y dado que la licencia médica prenatal se inició el 1 de febrero de 2013, para este primer cálculo se consideraron las remuneraciones que la interesada percibió en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2012, meses más próximos al inicio de la licencia, que según las liquidaciones de sueldo remitidas, ella percibió remuneraciones imponibles de $250.000, $250.000 y $250.000, respectivamente, a partir de las cuales, se obtiene un subsidio diario de $6.810.

b) En segundo lugar, debe efectuarse un cálculo conforme al inciso segundo del artículo 8º del citado D.F.L. N° 44, el cual señala que el monto diario de los subsidios correspondientes, entre otros beneficios, a las licencias prenatal, prórroga de prenatal y postnatal, no podrá exceder del equivalente a las remuneraciones mensuales netas, subsidio o ambos, devengados por las trabajadoras dependientes en los tres meses anteriores más próximos al séptimo mes calendario que precede al del inicio de la licencia, dividido por noventa, aumentado en un 100% de la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumidor, en el período comprendido por los siete meses anteriores al mes precedente al del inicio de la licencia, e incrementado en un 10%. En aquellos casos en que no se registren remuneraciones ni subsidios dentro de los seis meses inmediatamente anteriores al séptimo mes calendario que precede al mes de inicio de la licencia médica, el monto del subsidio límite será igual a cero.

En este caso, los referidos seis meses corresponden al período de enero a junio de 2012 y aún cuando la interesada afirma haber sido contratada en junio de 2012 y además adjuntó las liquidación de sueldo del mes de junio, en el certificado de imposiciones de la AFP Habitat S.A., no registra en estos meses cotizaciones para pensiones, dentro de los seis meses previos al séptimo mes calendario que precede al mes de inicio de la licencia médica por reposo prenatal. Por tanto, el subsidio diario fue cero.

Una vez efectuados los dos cálculos descritos precedentemente, debe pagarse el monto que haya resultado menor. En este caso, el monto menor resultó ser igual a cero, no obstante, como, según lo dispuesto en el artículo 17 del citado D.F.L. Nº 44, no se puede pagar por cada día de licencia un monto inferior al del subsidio diario mínimo vigente, por el período de 42 días a contar del 1° de febrero de 2013, debió pagársele un subsidio diario de $2.074,95, monto vigente a esa fecha y luego el mismo monto por los 84 días de postnatal.

En virtud de lo anteriormente indicado, el cálculo efectuado por el segundo empleador, también se encuentra correctamente efectuado.

Sin perjuicio de lo anterior, si se efectuó el pago de la cotización para el mes de junio de 2012, es posible que la interesada adjunte directamente a esa Subcomisión la correspondiente planilla y solicitar la reliquidación del subsidio, aunque siempre debe tener claro que se le va a pagar, como se dijo, el monto menor.

El subsidio maternal por permiso postnatal parental, se rige por las mismas normas de subsidio maternal, no constando entre los antecedentes si fue pagado.

Al respecto, cabe indicar que el artículo 197 bis del Código del Trabajo, incorporado por el número 3 del artículo 1° de la Ley N° 20.545, estableció el permiso postnatal parental, que corresponde al tiempo de descanso inmediatamente siguiente al período de reposo postnatal, de carácter irrenunciable, con derecho a subsidio, que la ley establece a favor de la madre, por un lapso de 12 semanas o, en caso de reincorporarse por la mitad de su jornada laboral, de 18 semanas.

Ahora bien, si una madre trabajadora recibió pago de subsidio por descanso postnatal, como ocurrió en este caso, tiene derecho al respectivo permiso postnatal parental y al subsidio derivado del mismo, considerando que el artículo 197 bis del Código del Trabajo, que establece el permiso post natal parental, constituye un beneficio otorgado a la madre o al padre, cuando corresponda, a continuación del término del período postnatal, beneficio que se encuentra contenido en el Título II del Libro II del Código del Trabajo, pasando a formar parte, por tanto, del conjunto de normas que tienen como finalidad la protección a la maternidad, como ocurre, por ejemplo, con aquellas que establecen el descanso pre y post natal, el prenatal suplementario, la prórroga del descanso pre o postnatal y el permiso por enfermedad grave del niño menor de un año.

De este modo, desde un punto de vista de su naturaleza, el permiso postnatal parental se encuentra vinculado con el descanso postnatal que le precede, es decir, con la licencia médica postnatal que lo origina, lo que supone una continuidad en el tiempo entre ambos.

En cuanto a la forma de acceder al permiso postnatal parental, cabe precisar que si éste es completo, la trabajadora no debe efectuar ningún aviso previo a su empleador como tampoco a la respectiva entidad pagadora del subsidio, puesto que la citada modalidad opera de pleno derecho, a continuación de la respectiva licencia médica postnatal. Ahora bien, en caso que la beneficiaria quisiera cumplir su permiso postnatal parental, reincorporándose por media jornada a su trabajo, debe dar aviso a su empleador, informándole de dicha modalidad, al menos 30 días antes del término de su licencia médica postnatal. Además, de dicho aviso debe remitir copia a la respectiva inspección del trabajo.

Sin embargo, como en este caso la licencia postnatal terminó el 24 de mayo de 2013, no puede considerarse como aviso el efectuado el 10 de mayo de 2013, porque la voluntad de la interesada era hacer uso del permiso completo, caso en el cual no se requiere ninguna notificación.

No altera esta situación, el hecho que la interesada tenga dos empleadores, toda vez que respecto de cada uno de ellos hará uso del permiso completo.

3.- En consecuencia y con el mérito de las consideraciones que anteceden, corresponde pagar a la recurrente el subsidio por concepto de permiso postnatal parental.

Fecha de publicación Título Temas Resumen Fuentes
27/01/2016 Circular 3199 Licencias médicas - SIL maternal PERMISO POSTNATAL PARENTAL DE FUNCIONARIAS Y FUNCIONARIOS DEL SECTOR PÚBLICO Y MUNICIPAL. IMPARTE INSTRUCCIONES RESPECTO DE LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.891 D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 16395; Ley N° 18196; Ley N° 18418; Ley N° 18834; Ley N° 18883; Ley N° 19070; Ley N° 19117; Ley N° 19378; Ley N° 20891
22/11/2012 Circular 2884 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 3° DE LA LEY N° 20.545 QUE OTORGA UN SUBSIDIO A LAS MUJERES QUE NO TENGAN UN CONTRATO DE TRABAJO VIGENTE A LA SEXTA SEMANA ANTERIOR A LA FECHA PROBABLE DE PARTO. D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 20545
10/01/2012 Circular 2800 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2.777, DE 2011. D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545
06/12/2011 Circular 2790 SIL maternal SUBSIDIOS MATERNALES. MODIFICA Y COMPLEMENTA INSTRUCCIONES IMPARTIDAS MEDIANTE CIRCULAR N° 2777 D.F.L. N° 44, de1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Decreto N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; Ley N° 18867; Ley N° 19620; Ley N° 20545
14/11/2011 Circular 2784 SIL maternal SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS SERVICIOS PÚBLICOS RESPECTO DEL PAGO DE LOS SUBSIDIOS POSTNATALES PARENTALES DE SUS FUNCIONARIOS. Ley N° 18469; Ley N° 18933; Ley N° 20545; D.F.L N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N° 1433, de 2011, del Ministerio de Hacienda; D.L. N° 2763, de 1979, del Ministerio de Salud Pública
21/10/2011 Circular 2781 SIL maternal SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL RÉGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL. MODIFICA CIRCULAR N° 2777 D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16395; Ley N° 20545
18/10/2011 Circular 2777 SIL maternal SUBSIDIOS MATERNALES. IMPARTE INSTRUCCIONES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY N° 20.545 A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL REGIMEN DE SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.F.L. N° 150, de 1982, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. N° 3500, de 1980, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Ley N° 16744; Ley N° 19620; Ley N° 20545
Fecha publicación Título Temas Descriptores Fuentes
29/01/2025 Dictamen 12459-2025 Permiso Postnatal Parental Cuidado personal - Permiso postnatal parental - Tuición Ley N° 16.395, artículo 27; Código del trabajo, artículo 197 bis y 200; Ley N° 19.260, artículo 19 y 24
10/08/2023 Dictamen 105132-2023 Licencias médicas Licencia Médica - Permiso postnatal parental Ley 16.395; ds 3, de 1984, del MINSAL, artículo 197 bis, del Código del Trabajo
28/09/2021 Dictamen 127863-2021 SIL maternal permiso postnatal parental Ley Nº 16.395; Ley Nº 20.545
21/03/2019 Dictamen 3923-2019 (Resolución Exenta IBS) SIL maternal Subsidio por incapacidad laboral - Base de cálculo - Permiso postnatal parental La Ley Nº16.395; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; Código del trabajo, artículos 197 bis y 200; Ley 19.620, artículos 24 y 19
21/08/2018 Dictamen 26550-2018 Licencias médicas Permiso post natal parental Reposo Total - Parcial Ley Nº16.395; Ley N°20.545
13/03/2018 Dictamen 12625-2018 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Traspaso permiso postnatal parental Artículo 197 bis Código del Trabajo. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
10/08/2016 Dictamen 47077-2016 Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - SIL maternal Tipos maternales permiso postnatal parental plazos procedimientos D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20.545. Código del Trabajo.
20/05/2016 Dictamen 30388-2016 Licencias médicas Maternales postnatal tuición D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545.
15/01/2016 Dictamen 3209-2016 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Postnatal parental traspaso semanas al padre Ley N° 20.545. Código del Trabajo.
28/12/2015 Dictamen 81232-2015 Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Tipos maternales postnatal permiso post natal parental padre trabajador D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo.
16/12/2015 Dictamen 79202-2015 Licencias médicas Irrenunciabilidad - Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20.545
29/10/2015 Dictamen 68875-2015 Licencias médicas Protección de la maternidad D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Leyes N°s 19620, 16.618 y 20545.
14/10/2015 Dictamen 64643-2015 Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Tipos maternales postnatal procedencia parto normal parto prematuro parto múltiple D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
29/09/2015 Dictamen 60511-2015 SIL maternal Madre del menor - Derecho del padre - Fallecimiento - Permiso postnatal - Permiso postnatal parental Código Civil. Código del Trabajo. D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
14/09/2015 Dictamen 58116-2015 Licencias médicas Tipos maternales postnatal permiso post natal parental licencis médica continuada enfermedad grave del niño menor de un año D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo.
12/06/2015 Dictamen 37143-2015 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Cambio de jurisprudencia - Derecho del padre Código del Trabajo; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
08/01/2015 Dictamen 1753-2015 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Tipos maternales postnatal tuición adopción permiso postnatal parental Código del Trabajo; Ley N° 20.545.
13/11/2014 Dictamen 75850-2014 Licencias médicas Tipos maternales permiso postnatal parental irrenunciabilidad D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud.
06/08/2014 Dictamen 50766-2014 Licencias médicas Tipos maternales permiso postnatal parental incompatibilidad D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo
14/05/2014 Dictamen 30083-2014 Licencias médicas Tipos maternales permiso postnatal parental plazos D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545. Código del Trabajo.
07/11/2013 Dictamen 70602-2013 Licencias médicas Condonación - Indebidamente percibido D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545
18/06/2013 Dictamen 37954-2013 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Enfermedad grave del niño menor de un año - Período de reposo - Tipos Leyes N°s. 16395 y 20545, Código del Trabajo, D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
12/04/2013 Dictamen 22857-2013 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Permiso postnatal parental traspaso al padre cálculo beneficio Ley N° 20545.
05/04/2013 Dictamen 21346-2013 Licencias médicas Padre madre licencia común - Permiso post natal parental D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo
28/03/2013 Dictamen 19609-2013 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Enfermedad común - Irrenunciabilidad - Maternales - Muerte del menor - Permiso postnatal parental - Tipos Ley N°20.545; Código del Trabajo; D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud.
20/02/2013 Dictamen 11747-2013 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Adopción - Maternales - Postnatal parental - Tipos Código del Trabajo y Ley N°20.545.
07/02/2013 Dictamen 8985-2013 Licencias médicas - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Adopción - Maternales - Postanatal parental - Tipos Ley N° 20.545.
06/02/2013 Dictamen 8605-2013 Licencias médicas Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
08/01/2013 Dictamen 1354-2013 Licencias médicas Duración - Maternal - Parto prematuro - Peso - Post natal D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545; Circular N°2.777, de 18 de octubre de 2011, de esta Superintendencia.
27/12/2012 Dictamen 83560-2012 Licencias médicas Maternales - Permiso postnatal parental - Tipos D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código el Trabajo; Ley N° 20545.
27/12/2012 Dictamen 83650-2012 Licencias médicas Adopción - Maternales - Postnatal - Tipos - Tuición D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N° 20545.
13/11/2012 Dictamen 72789-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Base de cálculo - Común - Incompatibilidad - Laboral - Maternal - Subsidio Código del Trabajo y Ley N° 20.545.
06/11/2012 Dictamen 70862-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Base de cálculo - Prenatal, prórroga y postnatal - Subsidio maternal - Trabajadores dependientes Leyes N°s. 16.395 y 20.545.
10/10/2012 Dictamen 65253-2012 Licencias médicas Permiso postnatal parental tuición o cuidado personal - Tipos D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley Nº 20545.
21/09/2012 Dictamen 60340-2012 Licencias médicas Honorarios - Trabajadores independientes D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
21/09/2012 Dictamen 60333-2012 Licencias médicas Aviso al empleador - Permiso postnatal parental - Plazos D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
14/09/2012 Dictamen 59846-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Permiso postnatal parental permiso postnatal parental - Plazos Leyes N°s.16.395 y 20.545;
14/09/2012 Dictamen 59730-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Base de cálculo - Derecho a remuneración - Funcionaria pública - Permiso postnatal parental Ley N°20.545. Código del Trabajo.Decreto Nº 1.433, del 12 de noviembre de 2011, del Ministerio de Hacienda. D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
13/09/2012 Dictamen 59434-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Gestión útil - Permiso postnatal parental - Prescripción - Regimen transitorio Ley N° 20545.
04/09/2012 Dictamen 57272-2012 Licencias médicas Enfermedad grave niño menor de un año - Irrenunciabilidad - Postnatal parental D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
23/08/2012 Dictamen 54472-2012 Licencias médicas Permiso post natal parental D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo; Ley N°20545.
25/06/2012 Dictamen 40116-2012 Licencias médicas Inicio - Permiso post natal parental D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545.
14/06/2012 Dictamen 37989-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Permiso post natal parental Leyes N°s. 16.395 y 20545.
08/05/2012 Dictamen 29333-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Funcionario público - Permiso post natal parental - Remuneración ocasional Ley N°20.545; Decreto N°1.433, de 18 de octubre de 2011, del Ministerio de Hacienda.
29/03/2012 Dictamen 21009-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Fallecimiento - Muerte - Permiso post natal parental Ley N°20.545; Código del Trabajo.
02/03/2012 Dictamen 15200-2012 Licencias médicas Adopción - Beneficiarios - Madre trabajadora - Maternales - Postnatal - Tipos D.S. N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N°20545
28/02/2012 Dictamen 14109-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Aviso - Funcionaria pública - Permiso post natal parental Ley N°20.545; D.S. N°1.433, de 2011, del Ministerio de Hacienda, suscrito por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
24/02/2012 Dictamen 13492-2012 Licencias médicas Alza de cotización de salud durante período de permiso postnatal parental D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
24/01/2012 Dictamen 5410-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Aviso - Pago - Plazos - Postnatal parental Ley Nº 20545. Circulares Nºs 2777 y 2790, del 18 de octubre y 6 de diciembre de 2011, respectivamente, ambas de esta Superintendencia.
24/01/2012 Dictamen 5400-2012 Licencias médicas - Rechazo del pago del subsidio - Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) - SIL maternal Beneficiarios - Licencias maternales - Madre trabajadora - Padre trabajador - Parcial - Permiso postnatal parental - Pre y postnatal - Reposo - Total Código del Trabajo; Ley N° 20.545; D.F.L. N° 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.F.L. N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud.
20/01/2012 Dictamen 4554-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Permiso post natal parental Leyes N°s.20.545 y 10.662.
18/01/2012 Dictamen 4047-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Periodo transitorio - Permiso postnatal parental Ley Nº 20545.
12/01/2012 Dictamen 2374-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Post natal - Prenatal Ley N° 20.545
10/01/2012 Dictamen 1963-2012 Licencias médicas Post natal - Prenatal D.S N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud; Ley N° 20545
06/01/2012 Dictamen 1241-2012 Subsidio Incapacidad Laboral (SIL) Aviso - Pago - Parental - Permiso postnatal - Plazos Ley N°20.545
24/11/2011 Dictamen 72316-2011 Licencias médicas   D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud; Código del Trabajo, Ley N° 20545
28/04/1987 Dictamen 2412-1987 Asignación familiar   D.F.L. Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
19/12/1986 Dictamen 9645-1986 Asignación familiar   D.F.L Nº 150, de 1981, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social
12/08/1981 Dictamen 1990-1981 Asignación familiar   D.S. Nº 75, de 1974, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; D.L. Nº 307, de 1974
Título Detalle
Artículo 1 Ley 20.545, artículo 1