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Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) - Gobierno de Chile

Administran el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Su labor fundamental es la prevención de riesgos profesionales.

Las Mutuales se caracterizan por:

  • No tener fines de lucro, por lo que los excedentes que generan deben ser reinvertidos o destinarse a aumentar su patrimonio. En caso de reinvertir sus excedentes, éstos deben orientarse a mejorar su infraestructura y la calidad de las prestaciones médicas, preventivas y de rehabilitación que se le otorgan a sus empresas adherentes y a los trabajadores beneficiados por la cobertura del Seguro Social de la Ley N°16.744.
  • Establecen libertad de asociación, ya que los empleadores pueden adherirse y desasociarse de una mutualidad, cambiándose a otra de la misma naturaleza o a las entidades del sector estatal.
  • Los empleadores se adhieren afiliando a todos sus trabajadores.
  • Las mutualidades gestionan este seguro en forma integral, pues cubren la prevención, curación y rehabilitación.
  • Poseen un directorio paritario, formado tanto por trabajadores como por empleadores.
  • Las Mutualidades estarán sometidas a la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social" (inciso quinto, artículo 12 de la Ley N°16.744).

Deben cumplir con las siguientes condiciones para existir:

  • Sus miembros deben alcanzar en forma permanente la cifra, en conjunto, de 20.000 trabajadores.
  • Deben otorgar servicios médicos adecuados, propios o en común con otra mutualidad, los que deben incluir servicios especializados, incluso de rehabilitación.
  • Deben realizar actividades permanentes de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
  • No pueden ser administradas, directa ni indirectamente, por instituciones con fines de lucro.
Fecha Persona natural / jurídica Resolución inicial Sanción Infracción Estado Tipo de recurso Tipo de resolución Resolución confirma / modifica
24/06/2011 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción RES_1783_24-06-2011.pdf Censura CARGO: Incumplimiento de instrucciones. Ejecutoriada      
24/06/2011 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción RES_1782_24-06-2011.pdf Censura CARGO: Incumplimiento de instrucciones. Ejecutoriada      
08/07/2011 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción RES_1886_08-07-2011.pdf Multa de 100 UF CARGO: Incumplimiento de Dictamen. Ejecutoriada      
29/09/2011 Asociación Chilena de Seguridad Res_2662_29-09-2011.pdf Multa DE 500 uf CARGOS: 1) Incumplimiento a lo dispuesto en la letra f) del Art. 29 de la Ley 16.744; 2) Falta grave de veracidad en la Ejecutoriada      
16/05/2012 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res. 1275 16-05-2012.pdf Censura Incumplimiento a instrucciones impartidas por Oficio Ord. N° 19.998, de 26 de marzo de 2012. No pago de Subsidios. Ejecutoriada      
16/10/2012 Asociación Chilena de Seguridad Res_2577_16-10-2012.pdf Multas de 500 y 300 UF Incumplimiento de límites establecidos para determinados tipos de gastos e inversiones - D.S. N°43, de 2010, del M. del T. y P.S. Ejecutoriada      
13/12/2013 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res. 2587, 13-12-2013.pdf Multa der 300 UF Aplica sanción en conformidad al artículo 57 de la Ley 16.395. Ejecutoriada      
19/07/2013 Asociación Chilena de Seguridad Res. 890 de 19-07.pdf Censura Incumplimiento a instrucciones impartidas por Oficios Ords. N°s. 59.664, de 14-09-2012, 848, de 7 de enero de 2013 y 18.619, de 25 de marzo de 2012. Requerimiento antecedentes clínicos . Ejecutoriada      
24/11/2014 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 92 24 11 2014.pdf Multa de 200 UF Infracción: No aprobar ni remitir dentro de los plazos fijados en la Circular N° 2.985, Política de Divulgación de Hechos Relevantes. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
24/11/2014 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 92 24 11 2014.pdf Multa de 100 UF Infracción: Informar fuera de plazo establecido en la Circular N° 2.985 y en el artículo 47 de la Ley N° 16.395 el hecho relevante consistente en la renuncia de don Cristian Armas Morel, Director Suplente de la Mutual de Seguridad de la CCHC. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
24/11/2014 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 92 24 11 2014.pdf Censura Infracción: No actualizar en página web el cambio en su administración superior consistente en la renuncia de don Cristian Armas Morel al cargo de Director Suplente, dentro del plazo señalado en la Circular N° 2.981. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
24/11/2014 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 92 24 11 2014.pdf Multa de 100 UF Infracción: Informar fuera del plazo establecido en la Circular N° 2.985 y en el artículo 47 de la Ley N° 16.395, el hecho relevante consistente en la renuncia de don Rodrigo Torres Biscak, Director Suplente de la Mutual de Seguridad de la C.CH.C. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
24/11/2014 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 92 24 11 2014.pdf Censura Infracción: No actualizar en página WEB el cambio en su administración superior consistente en la renuncia de don Rodrigo Torres Biscak al cargo de Director Suplente, dentro del plazo señalado en la Circular N° 2.981 Ejecutoriada Administrativo Confirma  
27/04/2015 Mutual de Seguridad de la CCHC RES 44 - 2015.pdf Multa de 150 UF Infracción a Circular 2.985, de 2014, sobre comunicación de hechos relevantes. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
18/11/2015 Asociación Chilena de Seguridad Res Ex 153 - 2015.pdf Multa de 1.000 UF Infracción a instrucción impartida mediante Oficio Ordinario N° 84.535, de 2014, de esta Superintendencia, al no priorizar durante los meses de enero, febrero y los primeros diez días del mes de marzo, todos de 2015, a los pacientes hospitalizados protegidos por el seguro social de la Ley N° 16.744, en el acceso a habitaciones con mayor comodidad, ubicadas en el Centro del Trauma, del Hospital del Trabajdor de Santiago. No ejecutoriada Administrativo Confirma  
25/05/2015 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción RES 57 - 2015.pdf Multa de 1.200 UF Determinar incorrectamente los beneficiarios de bono de invierno del año 2014, excluyendo a pensionados con derecho al mismo, infringiendo lo dispuesto en el artículo 20, de la Ley N° 20.717 y los estrudio en la Circular 3.005, situación que fue regularizada sólo en octubre del mismo año. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
21/12/2015 Asociación Chilena de Seguridad Res Ex 203 - 2015.pdf Multa de 100 UF Incumplimiento del artículo 47 de la Ley N° 16.395 y de la Circular N° 2.985, de 31 de enero de 2014, de esta Superintendencia, en orden a informar fuera de plazo el hecho relevante consistente en la reestructuración de los Comités de Directorio de la Asociación Chilena de Seguridad. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
23/01/2015 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res 11 23 01 2015.pdf Multa de 500 UF Infracción a lo estipulado en la circular N°2801 Ejecutoriada Administrativo Confirma  
18/04/2016 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 96 - 2016.pdf Multa de 1.000 UF Otorgar una asesoría técnica preventiva deficiente para controlar el riesgo de exposición a asbesto, durante la faena de retiro de ese material ejecutada por la empresa contratista AKERON CAF Ltda. en la Central Termoeléctrica Bocamina I de la ciudad de Coronel, propiedad de ENDESA S.A., lo que no se ajusta a lo expresado en el Oficio N° 6.203, de 2005, de la Superintendencia, sobre el sentido y alcance de las actividades permanentes de prevención que las Mutualidades de Empleadores deben realizar en virtud del artículo 12 letra c) de la Ley N° 16.744, y del artículo 3° del D.S. N° 40, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res Ex 140 - 2016.pdf
27/04/2016 Asociación Chilena de Seguridad Res Ex 111 - 2016.pdf Multa de 1.000 UF Remitir información incorrecta al Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT), ingresando Denuncias Individuales de Enfermedad Profesional y Resoluciones de Calificación, durante el año 2014 y hasta abril de 2015, respecto de trabajadores sujetos a programas de vigilancia, infringiendo las Circulares N°s. 2.582, 2.717 y 2.806, situación que subsanó en septiembre de 2015. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res Ex 141 - 2016.pdf
31/03/2016 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo ResEx_66_2016_IST.pdf Multa de 100 UF No remitir al SISESAT, dentro del plazos establecidos en los numerales 3.1. y 3.7. de las circulares N°s 2.717 y 2.806, respectivamente, las resoluciones de calificación del origen de los accidentes y enfermedades Ley N° 16.744 (RECA), de los 465 casos a que se refiere el N° 14 de la resolución 1/AU08-2015-05393, de 10 de diciembre de 2015, de este Organismo, y que habrían sido disgnosticados como enfermedad profesional durante el año 2014, según lo informado por el Boletín Estadístico. Ejecutoriada Administrativo    
31/03/2016 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo ResEx_66_2016_IST.pdf Multa de 100 UF Ingresar en el SISESAT, originalmente con una DIAT en lugar de una DIEP, la mayoría de los casos informados para el Boletín Estadístico como enfermedades profesionales diagnosticadas durante el año 2014, lo que contraviene lo dispuesto en las circulares N°s 2.582, 2.717 y 2.806, todas de la Superintendencia de Seguridad Social. Ejecutoriada Administrativo    
07/01/2016 Asociación Chilena de Seguridad Res Ex 001 - 2016.pdf Multa de 1.000 UF RECURSO DE REPOSICIÓN. No acoge recurso de reposición interpuesto por la Asociación Chilena de Seguridad, en contra de la Resolución Exenta N° 153, de 2015, de esta Superintendencia, por lo que se ratifica la aplicación de una multa de 1.000 UF, por la conducta infraccional a que se refiere la resolución en comento. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
12/05/2016 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 126 - 2016.pdf Multa 100UF Haber incumplido la normativa que regula la cotización adicional de la Ley N° 16.744, al disminuir la tasa de cotización adicional, de diecisiete empresas que adhirió, durante el período comprendido entre enero y noviembre de 2014. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res Ex 154 - 2016.pdf
15/04/2016 Asociación Chilena de Seguridad Res. Exent. N° 097.pdf Multa de 100 UF Incumplimiento de normativa que regula la cotización adicional de la Ley N° 16.744, al disminuir la tasa de cotización adicional, de 22 empresas que adhirió, durante el período comprendido entre enero y noviembre del año 2014. Ejecutoriada      
20/05/2016 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo ResEx127_2016 IST_Reposic.pdf Multa de 200 UF Rechaza recurso de reposición interpuesto por el Instituto de Seguridad del Trabajo en contra de Resolución Exenta N° 66, de 23-03-2016, publicada en el presente registro, que impone dos multas de 100 UF cada una por las infracciones señaladas en el citado acto administrativo, que se estima innecesario reproducir en el presente apartado. Ejecutoriada Administrativo Confirma  
04/07/2017 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 114 - 2017.pdf Multa 100 UF Haber incumplido el plazo para dar respuesta a las instrucciones y/o requerimientos efectuados por la Superintendencia de Seguridad Social, vulnerando de esta manera los dispuesto en las letras b), c) y k) del artículo 2° de la Ley N° 16.395, así como lo establecido en la Circular N° 1917, del año 2.000 del citado Organismo. No ejecutoriada Administrativo Modifica Res Ex 272 - 2017.pdf
10/03/2017 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 49 - 2017.pdf Multa 1.000 UF Haber preparado y presentado sus estados financieros en forma incorrecta, lo que significó reflejar y divulgar excedentes y un patrimonio mayor para cada año Ejecutoriada      
04/07/2017 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res Ex 115 - 2017.pdf Multa 100 UF Haber incumplido el plazo para dar respuesta a las instrucciones y/o requerimientos efectuados por la Superintendencia de Seguridad Social, vulnerando de esta manera los dispuesto en las letras b), c) y k) del artículo 2° de la Ley N° 16.395, así como lo establecido en la Circular N° 1917, del año 2.000 del citado Organismo. No ejecutoriada Administrativo Modifica Res Ex 273 - 2017.pdf
07/03/2017 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res Ex 48 - 2017.pdf Multa 500 UF Haber preparado y presentado sus estados financieros en forma incorrecta, lo que significó reflejar y divulgar excedentes y un patrimonio mayor para cada año Ejecutoriada Administrativo Confirma Res Ex 76 - 2017.pdf
22/05/2018 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res Ex 291 - 2018.pdf Censura Incumplimiento de instrucciones impartidas respecto de los procedimientos utilizados en caso de la ocurrencia de accidentes del trabajo, como en la estricta supervisión que deben ejercer en éstos, los Organismos Administradores del Seguro de la Ley N°16.744. Ejecutoriada      
04/07/2018 Asociación Chilena de Seguridad Res. Ex 417 - 2018.pdf Multa 200 UF """No denunciar la ocurrencia de un accidente del trabajo según los términos establecidos en el artículo 76 de la Ley N°16.744."" “No aplicar la sanción que establece el artículo 80 de la Ley N°16.744 a ENAMI, por no dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 76 de la misma ley."". 13.3) ""ACHS incumple parcialmente al registro de atención instruido por esta Superintendencia mediante el Oficio Ord. 84.861, de 2007, de esta Superintendencia."" 13.4) ""ACHS incumple lo instruido mediante el punto 2. del citado Oficio N°84.861, por cuanto no da cumplimiento a su obligación de verificar que se aplique el registro en el formato instruido por esta Superintendencia y no aplica todas las medidas que corresponda cuando detecte casos de accidentes del trabajo sin DIAT."" " Ejecutoriada   Modifica  
10/01/2019 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 20 - 2019.pdf Censura No denunciar la ocurrencia de un accidente del trabajo según los términos establecidos en el artículo 76 de la Ley N°16.744 y artículo 71 del D.S. N° 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. No haber instruido a su adherente la aplicación del registro de atención instruido por esta Superintendencia mediante el punto 1 del Oficio Ord. N° 84.861, de 2007. Contenida actualmente en el Libro V, Título II, Letra B, del Compendio de Normas del Seguro Social de la Ley N° 16.744, de esta Superintendencia. No cumplir con lo instruido en el punto 2 del citado Oficio N°84.861, referido a su obligación de verificar la aplicación del registro en el formato instruido por esta Superintendencia y no adoptar todas las medidas que correspondan cuando detecte casos de accidentes del trabajo sin DIAT. No cumplir con la remisión de información del punto 3.1 de la Circular 2.582 de 2009, contenida actualmente en el Libro IX, Título I, Letra B, del Compendio de Normas del Seguro Social de la Ley N° 16.744, de esta Superintendencia. No aplicar la sanción que establece el artículo 80 de la Ley N°16.744 a su adherente, por no dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 76 de la misma ley y artículo 71 del D.S. N° 101 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Ejecutoriada      
08/08/2019 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res. Ex. 2019 N°MUSEG-La Serena.pdf Multa 200 UF Por haber accedido a la rebaja de tasa de cotización adicional, solicitada por la Iltre. Municipalidad de la Serena, para el período de evaluación de julio 2014 a junio 2017, en circunstancias en que esta entidad empleadora no da cumplimiento a lo establecido mediante el D.S N° 54, de 1969, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social”. “No recargo de la tasa de cotización adicional de la Iltre. Municipalidad de la Serena, por la existencia de condiciones inseguras de trabajo, por no ajustarse a la Ley N° 16.744 y a la normativa establecida en el D.S N° 54, en orden a no constituir la cantidad de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad que exige la ley y la composición irregular del ya existente.”. “No aplicación de la multa establecida en el artículo 80 de la Ley N° 16.744, a la Iltre. Municipalidad de la Serena, por incumplimiento de lo establecido en el artículo 66 de la misma ley”. “Otorgar una asesoría técnica preventiva errónea e insuficiente a la Iltre. Municipalidad de la Serena para dar cumplimiento a lo regulado en la Ley N° 16. 744 y el D.S N° 54, en lo relativo a la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Higiene de Seguridad, lo que no se ajusta a lo expresado en el Oficio N° 6.205, de 2005, de la Superintendencia sobre el sentido y alcance de las actividades permanentes de prevención que las Mutualidades de Empleadores deben realizar en virtud del artículo 12 letra c) de la Ley N° 16.744, artículo 23 del D.S N° 54 y del artículo 3° del D.S N° 40, ambos decretos del Ministerio del Trabajo y Previsión Social”. Que, de acuerdo con lo preceptuado en el inciso primero del referido artículo 55, se confirió a la Asociación un plazo de quince días para formular sus descargos. Ejecutoriada      
14/02/2019 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 114 - 2019.pdf Multa de 150 UF Infringir la Circular N° 3.236, al incentivar la adhesión de una nueva empresa, mediante el ofrecimiento de una prestación no prevista en el seguro de la Ley N° 16.744, lo que se evidencia al hacer extensivo el servicio Doctor, al grupo familiar de- los -trabajadores, es decir, a personas no cubiertas por aquél Ejecutoriada      
21/12/2020 Asociación Chilena de Seguridad Res. Exenta N° 669 Multa 200 UF Ofrecimiento de incentivos extra Ley N°16.744. Ejecutoriada   Modifica  
12/05/2020 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 1357 - 2020.pdf Multa 120 UF Por no cumplir íntegramente, antes de 31 de diciembre de 2018, la actividad relativa a reforzar las instrucciones para el ingreso íntegro de la descripción de los reclamos presentados por los interesados y/o causantes y a generar un control mensual aleatorio del 10% de los casos generados por el Libro de Consultas y Reclamos para entregar retroalimentación a las áreas responsables, a partir de enero 2019, que fue aprobada mediante el Oficio Ord. N°57.393, de 27 de noviembre de 2018, de esta Superintendencia.”. “Por no cumplir la actividad relativa a incorporar una revisión aleatoria mensual de 5 casos, por parte de la dirección médica de cada Centro de Atención de Salud (CAS) de la MUSEG, antes del 31 de marzo de 2019, para verificar el cumplimiento de una guía clínica, que fue aprobada mediante el Oficio Ord. N°57.393, de 27 de noviembre de 2018, de esta Superintendencia.”. “Por no cumplir la actividad relativa a integrar los sistemas informáticos Genesys y CRM e incorporar un protocolo de actualización de datos, de modo que no existan campos vacíos ni RUT inexistentes en la creación de casos de consultas y reclamos, antes del 31 de marzo de 2019, que fue aprobada mediante el Oficio Ord. N°57.393, de 27 de noviembre de 2018, de esta Superintendencia.”. “Por no cumplir íntegramente la actividad relativa a definir un plan de mejora y actualizar la matriz de riesgo, de manera de fortalecer las medidas de control, antes del 31 de diciembre de 2018, que fue aprobada mediante el Oficio Ord. N°57.393, de 27 de noviembre de 2018, de esta Superintendencia.”. No ejecutoriada     Res. Exenta N° 431
05/06/2020 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res Ex 431 - 2020.pdf Multa 60 UF Rebaja multa fijada por Resolución N° 1.357 Ejecutoriada      
12/01/2021 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res.Exenta Nº6 IST Multa 20 UF Incumplimiento de plan de trabajo (Res. Exentas N°s. 6 y 7, de 12 de enero de 2021) Ejecutoriada     Res.Exenta Nº170 IST
12/01/2021 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res.Exenta Nº 7 IST Multa 20 UF Incumplimiento de plan de trabajo (Res. Exentas N°s. 6 y 7, de 12 de enero de 2021) Ejecutoriada     Res.Exenta Nº170 IST
28/04/2022 Asociación Chilena de Seguridad Res.Exenta Nº 184 ACHS Multa 350 UF Ofrecer prestaciones que no dicen relación con aquéllas contempladas en el Seguro Social de la Ley No 16.744. Ejecutoriada     Res.Exenta Nº 264 ACHS
28/04/2022 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res.Exenta Nº 183 MUSEG Multa 300 UF Haber infringido lo establecido en la “Política de Regulación de Incentivos a Entidades Adherentes”, por cuanto habría instalado tres salas de primeros auxilios, siendo que los holdings no daban cumplimiento a los requisitos. Ejecutoriada     Res.Exenta Nº 263 MUSEG
29/09/2022 Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción Res.Exenta Nº 473 MUSEG Multa 300 UF a) “Contravenir la letra D. del Título II, del Libro VII, del Compendio de Normas del Seguro de la Ley 16.744, al permitir ofertar como incentivo para la adhesión, el otorgamiento de pagos en dinero, especies o en servicios o donaciones de cualquier tipo, que no digan relación con las prestaciones contempladas en la Ley N°16.744.” b) “No realizar una adecuada gestión de los riesgos asociados al proceso de adhesión de empresas.”. c) No aplicar las medidas de control suficientes para que la situación de contravención a la normativa respecto a los incentivos para la adhesión o mantención de entidades empleadoras y trabajadores independientes, no ocurra. d) Incentivar la adhesión de una nueva empresa, mediante el ofrecimiento de una prestación no prevista en el Seguro de la Ley N° 16.744, lo que se evidencia al ofertar un servicio telefónico de orientación no laboral, a los trabajadores de la potencial empresa adherente. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res.Exenta N° 529 MUSEG
17/11/2022 IST Organismo de Seguridad y Salud del Trabajo Res. Ex. Nº 5 Multa 150 UF a) Primer cargo formulado: “El Instituto de Seguridad del Trabajo incumplió las instrucciones específicas del Título V de la Circular Nº3.364, de 22 de junio de 2018, de la Superintendencia de Seguridad Social, mediante la cual imparte instrucciones a las instituciones pagadoras del subsidio de la Ley N°21.063, estableciendo el mecanismo y base cálculo del beneficio, según tipo de trabajador”. b) Segundo cargo formulado: “El Instituto de Seguridad del Trabajo incumplió el oficio N°3.973, de 24 de mayo de 2019, de esta Superintendencia, mediante el cual se puso en conocimiento de las entidades pagadoras las observaciones derivadas de la revisión, relativas a procedimientos de cálculo del subsidio y de las cotizaciones previsionales, las que evidenciaban distintos errores. Además, a través del dictamen aludido, se solicitó a las Mutualidades de Empleadores, la reliquidación de estos subsidios, situación que fue realizada por las mencionadas entidades, con excepción del IST, quien incumplió las instrucciones emitidas por esta Superintendencia”. c) Tercer cargo formulado: “El Instituto de Seguridad del Trabajo incumplió el oficio N°6.353, de 9 de octubre de 2019, de esta Superintendencia, dirigido al IST, en que se reiteraron observaciones efectuadas con anterioridad mediante oficio N°3.973, de 24 de mayo de 2019, de esta Superintendencia”. Ejecutoriada      
01/03/2023 Asociación Chilena de Seguridad Res.Exenta Nº 223 ACHS Multa 900 UF a) No iniciar un procedimiento de cobranza judicial contra la I. Municipalidad de Quillón, por una deuda que registraba de cotizaciones de la Ley N° 16.744, siendo que la normativa la compelía a realizarlo. b) Ofreció prestaciones que no dicen relación con las contempladas en la Ley N°16.744 a las Municipalidades de Quillón y San Carlos y a las empresas Luxottica, Valko y Greenvic. c) Realizó y presentó una publicidad a la empresa Brinks que no da cumplimiento a lo instruido mediante el Oficio Ord. N° 3.780, de 16 de mayo de 2019, de la Superintendencia de Seguridad Social. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res.Exenta Nº 252 ACHS
25/11/2024 Asociación Chilena de Seguridad Res.Exenta 107 ACHS Multa 1600 UF Infracción: 1) La ausencia de la supervisión y del adecuado seguimiento de la ACHS en el tratamiento de salud del Sr. xxx (dato personal y sensible). En este aspecto, considerar que el Compendio de Normas del Seguro de la Ley Nº 16.744 establece que, las prestaciones médicas, corresponden a la ejecución de acciones de salud y persiguen como resultado final no sólo confirmar un diagnóstico y efectuar un tratamiento, sino que, además realizar el adecuado seguimiento y control posterior. Su tipificación se encuentra establecida en el Libro V Prestaciones médicas. Título I, Letra B. del Compendio de Normas del Seguro de la Ley N°16.744; revisten también, una contravención a la oportunidad y calidad de las prestaciones, infringiendo lo establecido en el artículo 3° de la Ley Nº16.395. En efecto, el tratamiento del Sr. xxx (datos personal y sensible), se vio interrumpido en dos oportunidades, esto es, en fecha 20 de abril de 2016 y en fecha 4 de diciembre de 2018 y no se pudo verificar, la existencia de registros que avalen la citación a 23 controles posteriores o seguimiento del tratamiento por parte de la ACHS. En septiembre de 2018, el trabajador, vuelve a ser atendido en esta entidad, presentando un último control en fecha 4 de diciembre de 2018, no habiendo, según lo fiscalizado, un registro de nuevos controles médicos, pese a la necesidad de atención sobre todo en la dimensión de salud mental. De los hechos ya mencionados, se evidencia además que no existió adecuado seguimiento de contención de especialidad en salud mental del trabajador, pues conforme al informe de fiscalización existió solo una sesión con médico especialista y previo requerimiento de derivación de neurólogo. 2) Infracción a la ejecución de acciones de rehabilitación del trabajador en los términos tipificados en el Libro V. Prestaciones médicas. Título II. E. Rehabilitación del Compendio de Normas del Seguro de la Ley Nº16.744. En efecto, dicha regulación establece como debe concretarse el proceso de rehabilitación integral por parte de las mutualidad, señalando que este debe permitir un proceso en que las personas con incapacidad temporal o permanente, alcancen y mantengan un nivel óptimo de desempeño físico, sensorial, intelectual, psicológico y social, brindando entre otros, atención médica, fisioterapia, kinesiterapia, terapia ocupacional, terapia del lenguaje, tratamiento psiquiátrico y terapia psicológica, confección de prótesis y de aparatos ortopédicos y su reparación, prescrito por profesional médico que debe señalar la duración y fechas de control y supervigilar al paciente y su contravención afectó la oportunidad y calidad de las prestaciones que la ACHS otorgó al trabajador, infringiendo lo dispuesto en el artículo 3° de la Ley Nº16.395 Ejecutoriada Administrativo   Res.Exenta 123 ACHS
22/04/2026 Asociación Chilena de Seguridad Resolucion con Min Fe N° 19 de 22.4.2026 Multa 200 UF “Haber calificado de común enfermedades de origen laboral, en infracción a lo dispuesto en la Letra B, el Título III, del Libro III del Compendio de Normas del Seguro de la ley N° 16.744 que establece cómo deben evaluarse y ponderarse los factores de riesgos para enfermedades profesionales musculoesqueléticas ya que, conforme al informe de fiscalización y sus antecedentes como los informes médicos suscritos por los médicos fiscalizadores, que deben entenderse totalmente reproducidos y forman parte integrante de estos cargos, se concluyó que la ponderación de los factores de riesgos y asignación de los puntajes no se ajustaron a los criterios de calificación normados por esta Superintendencia en a lo menos 2 casos que se ejemplifican: En el CUN 8191979, el informe del médico fiscalizador señala, entre otros aspectos, que atendida la actividad que tiene el trabajador y su diagnóstico, debían ponderarse los factores de riesgo: abducción de hombro, rotación interna y/o externa de hombro, postura mantenida, repetitividad y fuerza, respecto de la tarea 1 signada en los antecedentes que se da por reproducida, estimando un nivel de riesgo, de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el Anexo N°36 del Compendio del Seguro de la Ley 16.744 y, de acuerdo con el cálculo del indicador RMac, su enfermedad resultaba ser de origen profesional y no común; además, que la patología Tendinosis insercional del supraespinoso derecho presenta un origen indubitablemente profesional, según el árbol decisional de macrolabor, por Io que no corresponde calificar mediante criterio de experto del comité de calificación. Por su parte, respecto del CUN: 7981911, el informe del médico fiscalizador señala, entre otros aspectos que, atendida la actividad que tiene el trabajador y su diagnóstico debían ponderarse los factores de riesgo: abducción de hombro, rotación interna y/o externa de hombro, postura mantenida, repetitividad y fuerza, respecto de la tarea 1, tarea 2, tarea 3 y tarea 4, signadas en los antecedentes que se dan los reproducidas, estimando un nivel de riesgo para cada una de ellas, de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el Anexo N°36 del Compendio del Seguro de la Ley 16.744 y, de acuerdo con el indicador RMic, atendida la contravención en la ponderación de esos factores, provocó que la enfermedad fuera calificada cono de origen común por el organismo administrador, debiendo haber sido calificada en concepto de los fiscalizadores como laboral. Luego de analizado y corregido el informe de EPT, bajo la aplicación de los criterios de calificación, los médicos fiscalizadores firmantes concluyeron que la patología Síndrome del Manguito Rotador Derecho presenta un origen profesional. Esto se debe a que el trabajador realiza dos tareas con riesgo severo para el segmento hombro durante un tiempo que supera ampliamente dos horas en la jornada laboral, lo que corresponde calificar indubitablemente como enfermedad profesional, según la aplicación del árbol decisional de Microlabor, sin que proceda la aplicación de juicio de experto del comité de calificación. Siendo por lo tanto el actuar y omisiones del organismo administrador en este proceso de calificación consistente en una ausencia de ponderación y aplicación de los criterios de calificación, una contravención a las instrucciones ya citadas del Compendio de normas del seguro social de la Ley N° 16.744 de esta Superintendencia, lo que les resultan obligatorias de conformidad a lo establecido en el art. 2 letra b y 48 de la ley N° 16.395. En particular, la contravención vendría radicada en que se constató por los funcionarios fiscalizadores que, el Comité de calificación del organismo administrador cometió infracción a la citada letra B. del CAPÍTULO II. Normas especiales del proceso de calificación de las patologías musculoesqueléticas omitiendo su aplicación y aplicación al tenor de lo que establece en su numeral 4 lo siguiente dicho Compendio ya citado Ejecutoriada Administrativo    
06/02/2026 Asociación Chilena de Seguridad Res.Exenta 3 ACHS Multa 950 UF Infracción Por haber otorgado alta prematura a 5 casos de trabajadores, Códigos únicos nacionales de registros de los expedientes asociados a sus eventos (CUN) en el sistema de la ley N° 16.744, individualizados en el numeral 10 de la Resolución Exenta N° 3 Por tanto, las prestaciones médicas como las pecuniarias derivadas del reposo laboral, no le fueron entregadas a los trabajadores afectados antes aludidos, de manera adecuada, por ende, tampoco fueron oportunas ni de calidad en los términos que exige la ley (artículo 3 de la ley N° 16.395) y además el número 2, de la Letra C, del Título IV, del Libro V, del Compendio de Normas del Seguro Social de la Ley N° 16.744 que establece: “Corresponde a la certificación del respectivo organismo administrador de que el trabajador está capacitado para reintegrarse a su jornada de trabajo y labor habitual, en las condiciones prescritas por el médico tratante. La fecha del alta laboral corresponde al día siguiente a la fecha de término de la última licencia médica u orden de reposo extendida al trabajador. Lo anterior, es sin perjuicio que efectivamente este día sea o no un día laboral. La circunstancia de que el trabajador esté capacitado para reintegrarse a su trabajo, supone evaluar la condición de salud física y/o mental del trabajador, según corresponda, considerando las características y exigencias específicas de las actividades laborales que desarrolla. Por ejemplo, para el reintegro laboral de un trabajador accidentado con lesiones físicas, deben ponderarse las diferencias entre las actividades laborales que no requieren de esfuerzo físico y aquéllas que sí lo requieren, como ocurre con los deportistas profesionales, los peonetas, entre otros”. Ejecutoriada Administrativo Confirma Res.Exenta 8 ACHS

Resumen movimientos de fondos SANNA

Tema: Ley SANNA

Régimen Seguro SANNA

[ 2026 / Septiembre ]

Número de asignaciones familiares pagadas según instituciones y mes

Tema: Asignación Familiar y Maternal

Régimen de Prestaciones Familiares - Régimen Servicios sociales de las Cajas de Compensación

[ 2026 / Septiembre ]

Informe anual Atención Psicológica Temprana, (Ley N° 21.643). Primer año de implementación

A un año de la vigencia de la Ley N.º 21.643 (“Ley Karin”), la Atención Psicológica Temprana (APT) se establece como un mecanismo que garantiza apoyo psicológico inmediato a trabajadores que denuncian acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo, con el fin de contener el impacto en su salud mental y prevenir su deterioro. Este informe analiza las APT reportadas a la SUSESO por los organismos administradores, aportando evidencia inicial sobre las personas afectadas y las medidas implementadas.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2025 / Diciembre ]

Informe sobre gestión económica financiera en 2023 de las mutualidades del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

El informe entrega información sobre la estructura de activos y pasivos, la posición patrimonial, la constitución y respaldo de reservas legales, el estado de resultados y excedentes del ejercicio 2022 y algunos indicadores de gestión financiera relevante.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2025 / Octubre ]

Informe sobre gestión económica financiera en 2024 de las mutualidades del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

El informe entrega información sobre la estructura de activos y pasivos, la posición patrimonial, la constitución y respaldo de reservas legales, el estado de resultados y excedentes del ejercicio 2022 y algunos indicadores de gestión financiera relevante.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2025 / Octubre ]

Informe sobre gestión económica financiera en 2022 de las mutualidades del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

El informe entrega información sobre la estructura de activos y pasivos, la posición patrimonial, la constitución y respaldo de reservas legales, el estado de resultados y excedentes del ejercicio 2022 y algunos indicadores de gestión financiera relevante.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2023 / Junio ]

Informe sobre gestión económica financiera en 2021 de las mutualidades del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

El informe entrega datos sobre la estructura de activos y pasivos, la posición patrimonial, la constitución y respaldo de reservas legales, el estado de resultados y excedentes del ejercicio 2021 y algunos indicadores de gestión financiera relevante. Además, muestra el gasto y su composición en prestaciones relacionadas a COVID-19.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2022 / Junio ]

Informe sobre gestión económica financiera en 2020 de las mutualidades del seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

El informe entrega datos sobre la estructura de activos y pasivos, la posición patrimonial, la constitución y respaldo de reservas legales, el estado de resultados y excedentes del ejercicio 2020 y algunos indicadores de gestión financiera relevante. Además, muestra el gasto y su composición en prestaciones relacionadas a COVID-19.

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2021 / Junio ]

Gastos e Ingresos de las Mutualidades de Empleadores año 2015

Autor: SUSESO

Régimen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales

[2016 / Agosto ]

Documento 07: Evaluar la efectividad de las carteras de inversión para dar cobertura a los Fondos de Reservas de las Mutualidades de empleadores de la Ley N° 16.744 y determine un modelo de cálculo de premio por riesgo de liquidez en el mercado nacional

Informe de la propuesta que evalúa y hace recomendaciones sobre las carteras de inversión que actualmente son permitidas por la Ley y sobre las posibles modificaciones que se puedan hacer en términos de reformular los criterios de inversión y cobertura con el fin que puedan alcanzar mayor efectividad, para que las instituciones puedan optimizar su relación riesgo-retorno según sea la naturaleza de las actividades en que éstas se desenvuelven y según sea la naturaleza propia que tienen los fondos de reserva constituidos (compromisos de corto o de largo plazo), permitiéndoles equilibrar de mejor forma los riesgos de sus activos y pasivos (Asset Liability Management).

Autor: SUSESO/PKF Chile

[2013 / Diciembre ]

Circulares SUSESO

Circular 3829

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL, SEXUAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO EN CENTROS EDUCATIVOS, ASPECTOS SOBRE LA CALIFICACIÓN DE ORIGEN DE PATOLOGÍAS DE SALUD MENTAL Y OTRAS MATERIAS MODIFICA LOS TÍTULOS II Y III DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES; LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TÍTULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN, TODOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

08/10/2026

Circular 3924

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

GUÍA TÉCNICA PARA LA APLICACIÓN DEL ESTUDIO DE PUESTO DE TRABAJO EN PATOLOGÍAS MUSCULOESQUELÉTICAS EN PERSONAS TRABAJADORAS - MAQUINISTAS - DEL SECTOR FERROVIARIO. MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744.

28/08/2026

Circular 3920

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA DE GESTIÓN DE LOS RIESGOS LABORALES ASOCIADOS A LA ACTIVIDAD DE RECOLECCIÓN DE RESIDUOS DOMICILIARIOS, CONFORME A LO ESTABLECIDO EN LA LEY N°21.776 IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES DEL SEGURO DE LA LEY N°16.744 Y MODIFICA EL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

11/08/2026

Circular 3918

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

PROYECTOS DE ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN. MODIFICA EL TÍTULO III. ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

24/07/2026

Circular 3916

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

PROTOCOLO DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE PATOLOGÍAS DE COLUMNA LUMBAR MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

20/07/2026

Circular 3915

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

IMPARTE INSTRUCCIONES EN RELACIÓN CON EL DECRETO SUPREMO N°72, DE 2025, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, QUE ESTABLECE EL PRESUPUESTO PARA LA APLICACIÓN DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744, PARA EL AÑO 2026

02/04/2026

Circular 3914

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA COORDINACIÓN Y COOPERACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA DE ENTIDADES EMPLEADORAS QUE COMPARTEN UN MISMO LUGAR DE TRABAJO

20/03/2026

Circular 3908

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE LOS PROTOCOLOS DE VIGILANCIA NO MINISTERIALES Y SU REGISTRO EN EL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT). MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TÍTULO I. SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SISESAT) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

26/12/2025

Circular 3907

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

MODIFICA EL TÍTULO II, DEL LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES; EL TITULO IV, DEL LIBRO III. DENUNCIAS, CALIFICACIÓN Y EVALUACIONES DE INCAPACIDADES PERMANENTES; LOS TÍTULOS I Y II, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS; EL TÍTULO I, DEL LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS; EL TÍTULO III, DEL LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS; EL TÍTULO II, DEL LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS; EL TÍTULO IV, DEL LIBRO VIII. ASPECTOS FINANCIEROS CONTABLES Y EL TÍTULO II, DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

26/12/2025

Circular 3904

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DE FORMA DE LOS LIBROS I, II, III y IV TODOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

26/11/2025

Circular 3902

Tema: Ley Sanna

SISTEMA DE CONSULTA DE DÍAS DEL SEGURO PARA EL ACOMPAÑAMIENTO DE NIÑOS Y NIÑAS (SANNA). MODIFICA EL TÍTULO III DEL LIBRO V, DEL COMPENDIO DE NORMAS SOBRE LICENCIAS MÉDICAS, SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL Y SEGURO SANNA.

25/11/2025

Circular 3900

Tema: Prestaciones preventivas

PLAN ANUAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES AÑO 2026. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y A LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS DEL SEGURO DE LA LEY N°16.744

20/11/2025

Circular 3892

Tema: Asignación familiar

RÉGIMEN DE PRESTACIONES FAMILIARES. IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL INGRESO PROMEDIO DE LOS BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS.

13/11/2025

Circular 3886

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO RESPECTO DE EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES Y EMBARCACIONES MENORES PRESTADORAS DE SERVICIO A LA ACUICULTURA, CON TRIPULACIÓN DE MÁS DE 10 PERSONAS MODIFICA LA LETRA D DEL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

27/10/2025

Circular 3884

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

INSTRUYE LA UTILIZACIÓN DE LA ESCALA DE BORG DE ACUERDO A LA GUÍA DEL INSTITUTO DE SALUD PÚBLICA, EN LA CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE PATOLOGÍAS MUSCULOESQUELÉTICAS. MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

24/10/2025

Circular 3883

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

COTIZACIÓN DE CARGO DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y ADMINISTRADORES DELEGADOS DURANTE LOS PERÍODOS DE INCAPACIDAD LABORAL, INCISO SEGUNDO ARTÍCULO 4° DE LA LEY N°21.735 MODIFICA EL TÍTULO II. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD TEMPORAL. SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL DEL LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EL TÍTULO II. GESTIÓN DE REPORTES E INFORMACIÓN PARA LA SUPERVISIÓN (GRIS) DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

03/10/2025

Circular 3881

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

INCUMPLIMIENTO DE REPOSO MÉDICO OTORGADO EN ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES Y OTRAS MATERIAS RELACIONADAS. IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA EL TÍTULO II. PRESTACIÓN ECONÓMICA POR INCAPACIDAD TEMPORAL DEL LIBRO VI. PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EL TÍTULO IV DEL LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744.

25/09/2025

Circular 3879

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DEL ORIGEN DE TRASTORNOS MENTALES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, DEL LIBRO III DENUNCIA, CALIFICACION Y EVALUACION DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

08/09/2025

Circular 3878

Tema: Licencias médicas

IMPARTE INSTRUCCIONES A LAS ENTIDADES PAGADORAS DEL SUBSIDIO POR INCAPACIDAD LABORAL RESPECTO A LA LEY N°21.735. MODIFICA LOS LIBRO III, IV Y V DEL COMPENDIO NORMATIVO SOBRE LICENCIAS MÉDICAS, SUBSIDIOS POR INCAPACIDAD LABORAL Y SEGURO SANNA

30/08/2025

Circular 3876

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL, SEXUAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO - INCORPORA Y PRECISA INSTRUCCIONES REFERIDAS A LA NO DISCRIMINACIÓN DE PERSONAS TRABAJADORAS PERTENECIENTES A LAS COMUNIDADES DE DIVERSIDADES SEXOGENÉRICAS. MODIFICA EL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TÍTULO I DEL LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

25/08/2025

Circular 3873

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

ASISTENCIA TÉCNICA PARA CONTRIBUIR A DISMINUIR EL RIESGO DE SUICIDIO EN EL LUGAR DE TRABAJO. MODIFICA EL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

06/08/2025

Circular 3872

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

MEJORAS EN EL RELACIONAMIENTO ENTRE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y LAS ENTIDADES EMPLEADORAS, TRABAJADOR INDEPENDIENTE Y PERSONAS TRABAJADORAS (AFILIACIÓN Y ENTREGA DE SERVICIOS) MODIFICA EL TÍTULO I. AFILIACIÓN Y CAMBIO DE ORGANISMO ADMINISTRADOR DEL LIBRO II. AFILIACIÓN Y COTIZACIONES Y TÍTULO III. DIFUSIÓN Y TRANSPARENCIA DEL LIBRO VII. ASPECTOS OPERACIONALES Y ADMINISTRATIVOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

04/08/2025

Circular 3870

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

PROYECTOS DE ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN. MODIFICA EL TÍTULO III. ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN. LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

21/07/2025

Circular 3869

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

FLUJO Y REPORTE DE INFORMACIÓN DEL PROCESO DE ATENCIÓN DE TRABAJADORES/AS EN SITUACIONES DE IMPACTO EN LA SALUD MENTAL MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES, DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES Y EL TÍTULO I. GENERALIDADES, DEL LIBRO V. PRESTACIONES MÉDICAS, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N° 16.744

09/07/2025

Circular 3866

Tema: Prestaciones preventivas

ACTUALIZA LOS FORMATOS SOBRE LA AUTOEVALUACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ASPECTOS LEGALES Y DE RIESGOS LABORALES MODIFICA DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

30/05/2025

Circular 3864

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

ASISTENCIA TÉCNICA EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DIRIGIDA A LAS ENTIDADES EMPLEADORAS DEL SECTOR PÚBLICO MODIFICA EL TÍTULO II. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y DE LOS ADMINISTRADORES DELEGADOS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

28/05/2025

Circular 3861

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

IMPARTE INSTRUCCIONES CON RELACIÓN AL DECRETO SUPREMO N°47, DE 2024, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, QUE ESTABLECE EL PRESUPUESTO PARA LA APLICACIÓN DEL SEGURO SOCIAL CONTRA RIESGOS DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744, PARA EL AÑO 2025

11/04/2025

Circular 3860

Tema: Calificación de enfermedad

GUÍA PARA LA APLICACIÓN DEL ESTUDIO DE PUESTO DE TRABAJO PARA ENFERMEDADES MUSCULOESQUELÉTICAS (EPT-ME) EN PERSONAS MANIPULADORAS DE ALIMENTOS DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR (PAE) Y PARVULARIA (PAP) MODIFICA EL TÍTULO III. CALIFICACIÓN DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEL LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

31/03/2025

Circular 3858

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

MODIFICA INSTRUCCIONES SOBRE COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO. MODIFICA EL CAPÍTULO I. COMITÉS PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL SECTOR PÚBLICO, DE LA LETRA C Y LA LETRA F, AMBAS DEL TÍTULO I. OBLIGACIONES DE LAS ENTIDADES EMPLEADORAS, DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744.

07/02/2025

Circular 3855

Tema: Prestaciones preventivas

IMPARTE INSTRUCCIONES SOBRE LAS CAPACITACIONES QUE DEBEN REALIZAR LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y SOBRE EL REGISTRO DE LA INFORMACIÓN DE LA GESTIÓN DE RIESGOS Y DE LOS INCIDENTES PELIGROSOS, EN EL MARCO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL D.S. N°44, DE 2023, DEL MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MODIFICA EL TÍTULO II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS, Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744.

27/01/2025

Circular 3854

Tema: Seguro laboral (Ley 16.744)

REPORTE Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DE LAS DENUNCIAS POR ACOSO SEXUAL, LABORAL Y VIOLENCIA EN EL TRABAJO Y DE LAS ACCIONES Y/O MEDIDAS ADOPTADAS POR EL EMPLEADOR IMPARTE INSTRUCCIONES A LOS ORGANISMOS ADMINISTRADORES Y EMPRESAS CON ADMINISTRACIÓN DELEGADA Y MODIFICA LOS TÍTULOS I Y II DEL LIBRO IV. PRESTACIONES PREVENTIVAS Y EL TITULO II DEL LIBRO IX. SISTEMAS DE INFORMACIÓN. INFORMES Y REPORTES, AMBOS DEL COMPENDIO DE NORMAS DEL SEGURO SOCIAL DE ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA LEY N°16.744

22/01/2025

Dictámenes SUSESO

Dictamen O-01-S-02728-2026

Tema: Asignación familiar

Descriptores: Asignación familiar / Determinación tramo

Régimen de Prestaciones Familiares. Informa nuevos tramos de los valores de asignación familiar y maternal, a contar del 1° de mayo de 2026.

26/06/2026

Dictamen 58596-2026

Tema: Varios

Descriptores: Ley N° 16.744

27/04/2026

Dictamen O-01-S-04473-2025

Tema: Asignación familiar

Descriptores: Asignación familiar / Determinación tramo

Régimen de Prestaciones Familiares. Informa nuevos tramos de los valores de asignación familiar y maternal, a contar del 1° de enero de 2026

19/12/2025

Dictamen O-01-S-03585-2025

Tema: Ley Sanna

Descriptores: Ley SANNA

28/10/2025

Dictamen O-01-S-01954-2025

Tema: Asignación familiar

Descriptores: Asignación familiar / Determinación tramo

Régimen de Prestaciones Familiares. Informa nuevos tramos de los valores de asignación familiar y maternal, a contar del 1° de mayo de 2025.

01/07/2025

Dictamen O-01-S-00547-2025

Tema: Asignación familiar

Descriptores: Asignación familiar / Determinación tramo

Régimen de Prestaciones Familiares. Informa nuevos tramos de los valores de asignación familiar y maternal, a contar del 1° de enero de 2025.

07/02/2025

Sistemas de información SUSESO

SILMSIL

El Sistema de Información de Licencias Médicas y Subsidios por Incapacidad Laboral (SILMSIL), busca consolidar la información de todas las licencias médicas, con la finalidad de atender requerimientos de control interno, fiscalización y análisis estadísticos, que apoyen la formulación y perfeccionamiento de políticas públicas sobre la materia.

SVCI

Permite automatizar el trabajo de valorizacion y control de las carteras de inversiones financieras y de los bienes raices que poseen las Mutualidades de Empleadores. Asimismo, constituye una herramienta que facilita el control de la normativa al respecto, emitida por la Superintendencia de Seguridad Social.

SISESAT

El Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT) es una plataforma electrónica que permite rescatar, almacenar y gestionar información relevante relativa al Seguro contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

GRIS Mutuales

Es un sistema de información encargado de proporcionar una plataforma tecnológica capaz de entregar apoyo en las labores de supervisión y monitoreo de la normativa vigente respecto de la caracterización que se posee del régimen Ley 16.744 y a complementar el universo de información que es administrado por otros sistemas de información (SISESAT; SVCI).

Trámites y servicios

Cotización Adicional Requisitos para acceder a la rebaja o exención Proceso 2025

El 1° de julio de 2025 se dará inicio a un nuevo proceso de evaluación de su siniestralidad efectiva para la determinación de la tasa de cotización adicional para el Seguro de la Ley N°16.744, que usted deberá pagar a contar del año 2026. Este proceso de evaluación comprenderá el período que se extiende desde el 1° de julio de 2022 al 30 de junio de 2025. La tasa de cotización total que usted deberá pagar a partir del próximo año, corresponderá a la suma de la cotización básica del 0,9%, y la cotización adicional que se le fije, ambas calculadas sobre la remuneración imponible de sus trabajadores.

Cotización Adicional: Requisitos para acceder a la rebaja o exención

Con el objetivo de determinar la tasa de cotización adicional para el Seguro de la Ley N°16.744, el 1° de julio de 2023 se dio inicio a un nuevo proceso de evaluación de su siniestralidad efectiva, el que comprenderá el período que se extiende desde el 1° de julio de 2020 al 30 de junio de 2023.

Sitios relacionados

Descubra a qué mutual está adherida su empresa

Esta herramienta le permitirá saber a qué mutualidad (ACHS, IST, ISL, MUSEG) está adherida la empresa para la cual trabaja.

Cuestionario de evaluación del ambiente laboral - Salud Mental

Cuestionario de evaluación del ambiente laboral - Salud Mental

Nuevo Cuestionario de Evaluación de Ambientes Laborales en Salud Mental (CEAL-SM) de la Superintendencia de Seguridad Social, que reemplaza al instrumento SUSESO ISTAS 21, que entra en vigencia desde el 1 de enero de 2023.

Prestaciones preventivas

Prestaciones preventivas

Son todas las medidas, gestiones, procedimientos o instrucciones que los organismos administradores deben realizar en relación con la naturaleza y magnitud del riesgo asociado a la actividad productiva de sus trabajadores independientes y entidades empleadoras afiliadas.

Indemnización por incapacidad permanente no invalidante

Indemnización por incapacidad permanente parcial

Compensación en dinero que se otorga al trabajador cuando producto de un accidente del trabajo o enfermedad profesional sufre una disminución de su capacidad de ganancia, presumiblemente permanente igual o superior a un 15% e inferior a un 40%.

Prestaciones médicas

Prestaciones médicas

Se refiere a todas las acciones de salud, a que tiene derecho el (la) trabajador(a) en caso de que sufra un accidente o enfermedad laboral con el fin de confirmar un diagnóstico, efectuar un tratamiento y/o realizar el seguimiento de un determinado problema de salud.

Subsidio por incapacidad laboral temporal

Subsidio por incapacidad laboral temporal

Beneficio económico que tiene por finalidad reemplazar las remuneraciones o rentas de actividad del trabajador/a, durante los periodos en que este se encuentra transitoriamente incapacitado de realizar su trabajo por un accidente del trabajo o por una enfermedad profesional.

Pensión de sobrevivencia por causa de muerte

Pensión de sobrevivencia por causa de muerte

Es la cantidad de dinero que reciben los parientes directos y la madre de hijos/as de filiación no matrimonial de un(a) trabajador(a) fallecido(a) como consecuencia de un accidente o enfermedad laboral, o de un inválido(a) pensionado(a) de invalidez de la Ley N°16.744 que fallezca.

Pensión por invalidez

Pensión por invalidez

Es la cantidad de dinero que se paga mensualmente a un trabajador cuando producto de un accidente del trabajo o de una enfermedad profesional sufre una disminución de su capacidad de ganancia, presumiblemente permanente igual o superior a un 40%. Existen dos tipos de pensiones, la de invalidez parcial y la de invalidez total, dependiendo del grado de incapacidad que genere el accidente del trabajo o la enfermedad profesional.

Todo sobre los accidentes de trayecto

Son los accidentes que ocurren en el trayecto directo de ida o regreso entre la habitación y el lugar de trabajo y aquellos que ocurren en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo correspondientes a distintos empleadores.

Todo sobre los accidentes del trabajo

Constituye un accidente del trabajo toda lesión que una persona trabajadora sufra a causa o con ocasión de su trabajo y que le produzca una incapacidad (temporal o permanente) o la muerte.

Todo sobre las enfermedades profesionales

Es la enfermedad ocasionada de una manera directa por el ejercicio del trabajo o profesión que ejerce la persona trabajadora y que le provoca incapacidad (temporal, permanente) o muerte.

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¿Qué hacen las Mutualidades de empleadores?

Las mutualidades de empleadores son corporaciones de derecho privado, sin fines de lucro, que administran el Seguro de la Ley N°16.744, respecto de las personas trabajadoras dependientes de sus entidades empleadoras adheridas y de las personas trabajadoras independientes afiliadas, y otorgan las prestaciones preventivas, médicas y económicas que dicha Ley y sus reglamentos, establecen.